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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G39/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de noviembre de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G41/G72/G2D /G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G22/G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G66/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G73/G20/G79 /G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G22 RESOLUCIÓN SBS Nº 1823-2004 Lima, 5 de noviembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas– ASBA, con el fin de participar en el Curso “Supervisión enfocada en Riesgos y Evaluación del Riesgo”, organiza- do por la citada entidad en coordinación con el BancoCentral de la República Argentina, el mismo que se lleva-rá a cabo del 8 al 12 de noviembre de 2004 en la ciudadde Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento está dirigido especial- mente a los representantes de las autoridades super-visoras y reguladoras de las instituciones financieras ytiene por finalidad ampliar el conocimiento técnico de los supervisores financieros de la región sobre aspectos relacionados con la identificación y análisis de los dife-rentes tipos de riesgos, así como sobre las herramien-tas necesarias para desarrollar y evaluar técnicas desupervisión que aseguren un buen cumplimiento regula-torio por parte de las instituciones supervisadas; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado unaserie de Medidas de Austeridad en el Gasto para elEjercicio 2004, estableciéndose en el Numeral 6.1. queno se encuentran comprendidas en las restricciones dela citada Directiva, las actividades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2004; Que, por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad,al señor Agustín Javier Escriba Cano, Supervisor Prin-cipal de Banca del Departamento de Evaluación del Sis-tema Financiero “C” de la Superintendencia Adjunta de Banca, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesariopara el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas-tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos seráncubiertos con cargo al Convenio de Préstamo de Co- operación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 18794-2004 y comunicación deno objeción del Banco Interamericano de Desarrollo,remitida por la Unidad de Coordinación de PréstamosSectoriales – MEF, debiendo asumir esta Superinten-dencia, únicamente, los gastos por concepto de im- puestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridaden el Gasto para el ejercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Agus- tín Javier Escriba Cano, Supervisor Principal de Bancadel Departamento de Evaluación del Sistema Financiero “C” de la Superintendencia Adjunta de Banca, a la ciudadde Buenos Aires, República Argentina del 7 al 13 denoviembre de 2004, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincor- poración, deberá presentar ante el Superintendente deBanca y Seguros un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa- sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo alConvenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, únicamen-te, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa COR-PAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejer- cicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 117,75 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor delfuncionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 20068 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G63/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G22/G4D/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G42/G61/G73/G69/G6C/G65/G61/G20/G49/G49/G22 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G2D /G74/GED/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1824 -2004 San Isidro, 5 de noviembre del 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTO:El Informe Técnico Nº 008-2004-CEB de fecha 7 de octubre del 2004 emitido por el Comité Especial de Basi- lea II; y, CONSIDERANDO: El Comité Especial de Basilea II mediante su Informe Técnico 008-2004-CEB, requiere la contratación de unexpositor para el dictado del curso "Medición del Riesgo en el Marco de Basilea II" a efectos que el grupo de profesionales que viene realizando las labores de evalua-ción de la implementación del Nuevo Acuerdo de Capitalen el marco de Basilea II, reciba una capacitación avan-zada sobre los modelos internos de riesgo de créditopara poder continuar satisfactoriamente con sus labo- res de evaluación de la implementación de dichos mode- los al sistema financiero peruano; Que el servicio a contratarse debe ser prestado por un profesional especialista en la propuestas formuladasen el marco del denominado Acuerdo de Capital "BasileaII", con experiencia en la prestación de servicios simila- res y que cuente con reconocimiento en el medio, seña- lándose asimismo que el conocimiento de la lengua es-pañola constituirá una ventaja adicional que facilitará eldictado del curso; Que, por los requerimientos antes mencionados se considera que las características antes descritas consti- tuyen cualidades inherentes a la persona que califican estos servicios como personalísimos;