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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (07/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G39/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de noviembre de 2004 portes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refiere el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20058 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G55/G63/G72/G61/G6E/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 825-2004-MTC/02 Lima, 5 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro- guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califica- ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza- ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener unprograma anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones téc-nicas a los explotadores aéreos en el país, basado enlas disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Star Up S.A., con Carta STAR UP GO-160/04, del 13 de octubre de 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evalua-ción de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos téc- nicos en simulador de vuelo del equipo Antonov 24/26,en el Ukranian State Training Certification Center ofCivil Aviation de la ciudad de Kiev, a su personal aero-náutico propuesto, durante los días 7 al 16 de noviem- bre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 13190, 13191, 23614 y 23615, la so-licitante ha cumplido con el pago del derecho de tra- mitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo via- je de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuer- to; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1717-2004-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Gino Humberto Defilippi Brigneti, para reali- zar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Antonov 24/26, al personal aeronáutico propues-to por la empresa Star Up S.A., en la ciudad de Kiev, República de Ucrania, durante los días 7 al 16 de no- viembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos aque se contrae la Orden de Inspección Nº 1717-2004- MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gino Hum- berto Defilippi Brigneti, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, a la ciudad de Kiev, República de Ucra- nia, durante los días 7 al 16 de noviembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramentecubierto por la empresa Star Up S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 13190, 13191, 23614 y 23615, abonados a la Dirección de Tesorería del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, incluyen- do las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente deta-lle: Viáticos US$ 2,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec- tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofici- na General de Administración del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20055