Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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nera apropiada para realizar las nuevas funciones asignadas no MORDAZA de la MORDAZA quincena del mes de enero de 2005, por lo cual se debe declarar la Situacion de Urgencia para poder adquirir equipos informaticos y el software necesario para los locadores de servicios que se estan incorporando asi como para renovar los programas antivirus MORDAZA de la primera semana del mes de diciembre de 2004; e) El desarrollo de las nuevas actividades de la UIF-Peru corren peligro de no cumplirse, ya que se necesita la inmediata adquisicion de equipos informaticos y el software necesario para los locadores de servicios que se estan incorporando asi como para renovar los programas antivirus, puesto que su ausencia comprometeria gravemente el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas en el MORDAZA de la Ley Nº 28306, las cuales tienen la caracteristica de esenciales; f) Se deben adquirir equipos informaticos y el software necesario para los locadores de servicios que se estan incorporando al Area Legal y al Area de Prevencion y Analisis, a fin de crearse y poner en funcionamiento las labores de supervision y analisis sectorial; y g) La Direccion Nacional de Presupuesto Publico (DNPP) ha dispuesto una asignacion presupuestal con cargo a Recursos Ordinarios ascendente a S/. 5.1 millones para el ano 2005, la cual no contempla el financiamiento para gastos de capital, pero si se cuenta con financiamiento para gastos de capital para el ano 2004, y con el MORDAZA normal se corre el riesgo de no culminar el MORDAZA pertinente en el ano 2004; Que, de lo senalado anteriormente se encuentra la existencia de dos elementos importantes que permiten configurar la situacion de urgencia, a saber: i) que se compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales y de las operaciones productivas de la UIF-Peru, lo que podria conllevar la interrupcion de las nuevas actividades de la UIF-Peru; y ii) la presencia de hechos imprevisibles y extraordinarios que originan tal interrupcion; Que, segun lo estipulado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la UIF-Peru tiene la ausencia extraordinaria e imprevisible de lo indispensable como son los equipos y software informatico, que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que la UIF-Peru tiene a su cargo de acuerdo a su Ley de creacion Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306 y el cumplimiento de sus nuevas funciones asignadas; por lo que se deben tomar acciones inmediatas a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, toda vez que el personal de la Unidad necesita para el cabal desempeno de sus funciones los equipos y software informaticos pertinentes, los mismos que por la naturaleza de la labor que realiza la UIF-Peru son indispensables; Que, es urgente y necesario para los intereses nacionales que la UIF-Peru se encuentre en plena operacion para la consecucion de los fines para los cuales fue creada y para el cumplimiento de todas las nuevas funciones que le han sido asignadas en el breve plazo y es de entenderse que una entidad no pueda funcionar ni operar sin contar con lo indispensable como son los equipos y software informatico necesario, no pudiendose perder tiempo invaluable en la consecucion de los objetivos tanto de la Institucion como del Gobierno en la lucha contra la criminalidad grave, la corrupcion, el narcotrafico y otros delitos graves; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º del referido cuerpo reglamentario; Que, es de mencionar que la normativa vigente en materia de contrataciones gubernamentales precisa cuales son los procesos de seleccion, por lo que en tanto se realizan los procesos de seleccion correspondientes a cada uno de los bienes y/o servicios submateria, es indispensable realizar el MORDAZA de menor cuantia como la accion rapida requerida para contratar los bienes y/o servicios por el periodo necesario, lo cual

debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado de una declaratoria de urgencia, como una medida temporal ante un hecho de excepcion; Que, la Direccion del Area Legal mediante Informe Legal Nº 033-2004-UIF-DAL, opina sobre la procedencia de la exoneracion de acuerdo a lo senalado por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el articulo 108º de su Reglamento, toda vez que se cumplen con los requisitos para la aplicacion de la causal de exoneracion por situacion de urgencia; Que, habiendose revisado y encontrado conforme el Informe Tecnico Nº 010-2004-UIF-DAF, y el Informe Legal Nº 033-2004-UIF-DAL, se concluye que es procedente declarar en situacion de urgencia por un plazo de 60 dias calendario, la adquisicion de los equipos y software informatico necesarios para el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas y las metas de la UIF-Peru; Que, en su informe Nº 010-2004-UIF-DAF, la Direccion del Area de Administracion, senala la disponibilidad presupuestaria, con cargo a los recursos ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con los articulos 105º, 108º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009 y por Ley Nº 28306, y el Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, Reglamento de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia por un plazo de 60 dias calendario, la adquisicion de los equipos y software informatico necesarios para el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas a la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, conforme al detalle del Anexo A Informe Tecnico Nº 010-2004-UIFDAF de la Direccion del Area de Administracion, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El valor referencial de los bienes senalados en el articulo anterior, por el periodo referido, asciende a la suma de S/.356,267.00 (Trescientos cincuenta y seis mil doscientos sesenta y siete y 00/100 nuevos soles); debidamente desagregados segun lo detallado en el Anexo A del Informe Tecnico Nº 0102004-UIF-DAF de la Direccion del Area de Administracion; fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- Las Adquisiciones a que se refiere el articulo primero, se realizaran a traves de procesos de seleccion de adjudicacion de menor cuantia, los mismos que se encontraran a cargo de la Direccion del Area de Administracion de la UIF-Peru. Articulo Cuarto.- Los Contratos que se celebren como consecuencia del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia a que se refiere el articulo tercero de la presente Resolucion, deberan observar las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Quinto.- Disponer que la Direccion del Area de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion y los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 20065

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