Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

Pag. 279924

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

en vigencia el 30 de MORDAZA de 2004, teniendo la UIF-Peru que cumplir con sus metas y con lo establecido en la Ley referida respecto a sus nuevas funciones; por lo cual la UIF-Peru se avoco a la preparacion cuidadosa de los requerimientos, a fin de establecer las necesidades de la Unidad para los efectos, lo cual tomo el tiempo que ha transcurrido, habiendose actuado de manera diligente y en el menor tiempo posible, no pudiendo ser menor MORDAZA todas las nuevas funciones asignadas a la UIF-Peru y todo lo que ello implica; Que, La Direccion Nacional de Presupuesto Publico (DNPP) ha dispuesto una asignacion presupuestal con cargo a Recursos Ordinarios ascendente a S/.5.1 millones para el ano 2005, la cual no contempla el financiamiento para gastos de capital, pero si se cuenta con financiamiento para gastos de capital para el ano 2004, y con el MORDAZA normal se corre el riesgo de no culminar el MORDAZA pertinente en el ano 2004; Que, la preparacion de los requerimientos ha sido cuidadosa y tomo cerca de dos meses de reuniones constantes y envio y recepcion de memoranda a fin de estructurar en forma definitiva el listado de bienes y servicios (incluyendo las especificaciones tecnicas) a adquirir a fin que la UIF-Peru pueda desempenar las nuevas funciones asignadas. En ese sentido, es MORDAZA que las diversas direcciones de la Unidad actuaron en forma diligente y coordinada para poder disenar, determinar, estructurar y cuantificar en forma integral y en un plazo adecuado las necesidades de personal, de infraestructura fisica y de equipamiento de hardware y software necesario; Que, la Ley Nº 28306 se publico el 29 de MORDAZA de 2004; entrando en vigencia a partir del 30 de MORDAZA de 2004; adoptandose las siguientes acciones: a) Revision de los alcances de la Ley y su reglamentacion, a efectos de precisar los alcances de las nuevas facultades otorgadas a la UIFPeru, MORDAZA que continua, pero que permitio llegar a una primera version tentativa del mismo, donde se establecia en forma mas MORDAZA las nuevas funciones a ejecutarse y por ende, las necesidades de personal, infraestructura, equipos, entre otros. Lo que tomo poco mas de 2 meses, por cuanto hubo que reunirse internamente y con otras instituciones para discutir los alcances de las nuevas funciones: i) SBS, CONASEV y MINCETUR en lo que se refiere a supervision coordinada, en el caso de la SBS, esto motivo que con fecha 2 de septiembre de 2004 enviaramos un proyecto de adendum al convenio vigente entre ellos y la UIF-Peru, que esta pendiente de que nos lo remitan aprobado o con sus observaciones; en el caso de las otras dos instituciones, las reuniones tuvieron por objeto definir e iniciar el trabajo conjunto; ii) Ministerio Publico en lo que se refiere a las investigaciones conjuntas y asistencia tecnica, que origino que con fecha 28 de septiembre de 2004 enviaramos un proyecto de adendum al convenio vigente entre ellos y la UIF-Peru, que esta pendiente de que nos lo remitan aprobado o con sus observaciones. Para lo cual, se experimento previamente con un primer pedido de investigacion conjunta y asistencia tecnica que nos fuera formulado por el Ministerio Publico con fecha 7 de septiembre de 2004; mismo que nos permitio tener un primer acercamiento a las implicancias de esta nueva funcion; iii) UIF´s de otros paises respecto de las investigaciones conjuntas internacionales, para lo cual se experimento un primer caso de investigacion conjunta realizado entre Peru, MORDAZA y Bolivia; iv) SUNAT respecto de la implementacion del registro de ingreso y/o salida en efectivo y titulos negociables al portador, por mas de diez mil dolares o su equivalente en cualquier otra moneda; entre otros. b) Determinacion de la disponibilidad presupuestal para el proximo ejercicio y repriorizacion de la ejecucion presupuestal en el presente ejercicio fiscal 2004, frente al recorte del presupuesto solicitado para el ano 2005, por parte del MEF, luego de agotar las gestiones para tratar de incrementar dicho presupuesto y frente a los resultados negativos hasta la fecha, que determinaron el repriorizar gastos al presente ejercicio, que nos sirvan para cumplir con nuestras nuevas funciones. c) Estimacion inicial por parte de las areas involucradas en el cumplimiento de las nuevas funciones asignadas por la Ley Nº 28306, de los recursos humanos, materiales, infraestructura, entre otros; necesarios para dichos efectos; en funcion del presupuesto solicitado y las metas

originalmente planteadas para el ejercicio 2005, que se basaban en el presupuesto originalmente solicitado para el 2005 y el saldo de presupuesto a agosto 2004. Reestimacion de esas metas y recursos involucrados para el resto del ejercicio 2004 y el ejercicio 2005 en funcion del ajuste de nuestro presupuesto al minimo indispensable para cumplir al menos parcialmente nuestras nuevas funciones, dado el recorte del presupuesto solicitado para el ejercicio 2005, en funcion de un MORDAZA presupuesto modificado que sigue tratando de obtenerse y que es inferior al presupuesto originalmente solicitado en aproximadamente S/. 3´000,000.00 y superior al que nos ha sido otorgado por el MEF para el 2005, en aproximadamente S/. 2´000,000.00. Ademas de otras acciones adoptadas; Que, las adquisiciones y contrataciones se deben celebrar previo MORDAZA de seleccion y segun las etapas establecidas en el articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo sancion de nulidad. Sin embargo, en las actividades de la administracion publica se producen determinadas adquisiciones o contrataciones que por sus caracteristicas no cumplen con las exigencias a otras similares, denominandose adquisiciones o contrataciones exoneradas de procesos de seleccion; Que, en tal sentido, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada conforme a ley; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, establecen procedimientos de duracion significativa, que de seguirse imposibilitarian la implementacion operativa de las nuevas funciones de la UIF-Peru en el breve plazo, lo que impediria la consecucion de sus objetivos institucionales; Que, el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º inciso 2 del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que dicha situacion extraordinaria e imprevisible en el caso de la UIF-Peru se sustentan basicamente en: a) La UIF-Peru se creo mediante Ley Nº 27693, modificada por las Leyes Nºs. 28009 y 28306; b) La Ley Nº 28306, que modifica articulos de la Ley Nº 27693, publicada el 29 de MORDAZA de 2004, amplio las competencias y funciones de la UIF-Peru; c) A fin de poder implantar el desempeno de las nuevas funciones asignadas en el MORDAZA MORDAZA legal de la UIF-Peru, se necesita adquirir equipos informaticos y el software necesario para los locadores de servicios que se estan incorporando asi como para renovar los programas antivirus; d) A fin de lograr su continuidad operativa, la UIF-Peru necesita urgentemente adquirir equipos informaticos y el software necesario para los locadores de servicios que se estan incorporando asi como para renovar los programas antivirus, que de seguir el MORDAZA de seleccion correspondiente, la UIF-Peru estaria en condiciones de funcionar de ma-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.