Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

te a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas por renovacion de MORDAZA de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matriculas N-473TA, N-475TA, N477TA, N-486TA y N-488TA, en las instalaciones de AEROMAN de la MORDAZA de San MORDAZA, durante los dias 8 al 15 de noviembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 21846, 21848, 21850, 21852 y 21854, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1548-2004-MTC/12.04-SDA y 15492004-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas por renovacion de MORDAZA de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matriculas N473TA, N475TA, N-477TA, N-486TA y N-488TA, de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 8 al 15 de noviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1548-2004-MTC/12.04-SDA y 1549-2004-MTC/ 12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, durante los dias 8 al 15 de noviembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Taca Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 21846, 21848, 21850, 21852 y 21854, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos inspectores) US$ 3,200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos inspectores) US$ 56.48 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18847

Aprueban addenda a contrato de concesion para construccion y explotacion del tramo Ancon - MORDAZA - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 821-2004-MTC/01 MORDAZA, 4 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de enero de 2003, se suscribio el Contrato d_eConcesion para la Construccion y Explotacion del Tramo, Ancon-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte y sus Clausulas Adicionales, entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la sociedad concesionaria Norvial S.A.; Que, mediante comunicaciones del 21 de noviembre de 2003, 12 y 20 de enero, 13 de MORDAZA y 10 de MORDAZA del 2004 la mencionada sociedad concesionaria solicito la introduccion de modificaciones al Contrato de Concesion, las que han sido materia del Informe Nº 003-04GRE-GAL-OSITRAN, aprobado con excepciones mediante los Acuerdos Nºs. 484-143-04-CD-OSITRAN y 485-143-04-CD-OSITRAN, adoptados por el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, en la Sesion Nº 143-2004-CD de fecha 10 de junio del 2004; Que, asimismo, a traves de la comunicacion de fecha 13 de agosto del 2004, este Ministerio solicita la opinion de OSITRAN, sobre algunas propuestas de modificacion adicionales, a merito de lo cual el Organismo Supervisor emitio el Informe Nº 008-04-GREGAL-OSITRAN aprobado por el Acuerdo Nº 518-148-04-CD-OSITRAN, adoptado por el Consejo Directivo de OSITRAN en la Sesion Nº 148-2004-CD de fecha 24 de agosto del 2004; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en los mencionados informes tecnicos, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de concedente, y Norvial SA en su calidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Addenda No 1 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 1 al Contrato de Concesion para la Construccion y Explotacion del Tramo Ancon-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, que: A) Modifica las siguientes clausulas 1.5, 3.3k, 4.2,5.1,5.2,5.14,5.18,6.1,6.2,6.7, 6.19, 8.17, 8.18, 8.20, 8.24, 9.5, 9.6, 9.7, 10.2, 10.5, 12.4, 14.2, 14.3, 14.4, 14.5, 14.6, 14.7,14.9,14.12,14.13,14.14,14.15,15.2,15.12, 15.13, 15.14, 17.1, 17.2 Y el Anexo IV del Contrato; y, B) Incluye la clausula 14.16, la Seccion XVIII y el Anexo VI al Contrato. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Trans-

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