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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G39/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de noviembre de 2004 te a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Ins- pección Técnica de Aeronaves), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Di-rección General de Aeronáutica Civil, efectuar las ins- pecciones técnicas por renovación de Constancia de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matrícu-las N-473TA, N-475TA, N477TA, N-486TA y N-488TA,en las instalaciones de AEROMAN de la ciudad deSan Salvador, durante los días 8 al 15 de noviembrede 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 21846, 21848, 21850, 21852 y 21854,la solicitante ha cumplido con el pago del derecho detramitación correspondiente al Procedimiento a quese refiere el considerando anterior, ante la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 1548-2004-MTC/12.04-SDA y 1549-2004-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Fi-liberto Cárdenas Chávez y Guillermo Enrique PastorAlbarracín, respectivamente, para realizar las inspec-ciones técnicas por renovación de Constancia de Con- formidad a las aeronaves Airbus 320 de matrículas N- 473TA, N475TA, N-477TA, N-486TA y N-488TA, de laempresa Taca Perú S.A., en la ciudad de San Salvador,República de El Salvador, durante los días 8 al 15 denoviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimientode las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, puedan realizar las inspecciones técni-cas a que se contraen las Órdenes de InspecciónNºs. 1548-2004-MTC/12.04-SDA y 1549-2004-MTC/ 12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Filiber- to Cárdenas Chávez y Guillermo Enrique Pastor Alba-rracín, Inspectores de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de San Salvador, República de El Salva-dor, durante los días 8 al 15 de noviembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramentecubierto por la empresa Taca Perú S.A. a través delos Recibos de Acotación Nºs. 21846, 21848, 21850, 21852 y 21854, abonados a la Dirección de Tesore- ría del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos (por dos inspectores) US$ 3,200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto(por dos inspectores) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losInspectores mencionados en el artículo 1º de la presen- te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a laOficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via- je autorizado.Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18847 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G6D/G6F/G20/G41/G6E/G63/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G48/G75/G61/G63/G68/G6F/G20/G2D/G20/G50/G61/G74/G69/G76/G69/G6C/G63/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 821-2004-MTC/01 Lima, 4 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, con fecha 15 de enero de 2003, se suscribió el Contrato d_eConcesión para la Construcción y Explota- ción del Tramo, Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte y sus Cláusulas Adicionales, entreel Estado Peruano, representado por el Ministerio deTransportes y Comunicaciones y la sociedad concesiona-ria Norvial S.A.; Que, mediante comunicaciones del 21 de noviembre de 2003, 12 y 20 de enero, 13 de abril y 10 de mayo del 2004 la mencionada sociedad concesionaria solicitó laintroducción de modificaciones al Contrato de Conce-sión, las que han sido materia del Informe Nº 003-04-GRE-GAL-OSITRAN, aprobado con excepciones me-diante los Acuerdos Nºs. 484-143-04-CD-OSITRAN y 485-143-04-CD-OSITRAN, adoptados por el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión enInfraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN,en la Sesión Nº 143-2004-CD de fecha 10 de junio del2004; Que, asimismo, a través de la comunicación de fe- cha 13 de agosto del 2004, este Ministerio solicita la opinión de OSITRAN, sobre algunas propuestas de mo-dificación adicionales, a mérito de lo cual el OrganismoSupervisor emitió el Informe Nº 008-04-GREGAL-OSI-TRAN aprobado por el Acuerdo Nº 518-148-04-CD-OSI-TRAN, adoptado por el Consejo Directivo de OSITRAN en la Sesión Nº 148-2004-CD de fecha 24 de agosto del 2004; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en los mencionados informes técnicos, el Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en calidad de conceden-te, y Norvial SA en su calidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Addenda No 1 al referido Con- trato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 1 al Contrato de Concesión para la Construcción y Explota-ción del Tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la CarreteraPanamericana Norte, que: A) Modifica las siguientes cláusulas 1.5, 3.3k, 4.2,5.1,5.2,5.14,5.18,6.1,6.2,6.7, 6.19, 8.17, 8.18, 8.20,8.24, 9.5, 9.6, 9.7, 10.2, 10.5, 12.4, 14.2, 14.3, 14.4,14.5, 14.6, 14.7,14.9,14.12,14.13,14.14,14.15,15.2,15.12,15.13, 15.14, 17.1, 17.2 Y el Anexo IV del Contrato; y, B) Incluye la cláusula 14.16, la Sección XVIII y el Anexo VI al Contrato. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transpor- tes, para que en representación del Ministerio de Trans-