Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2004 (07/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 7 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Humano a traves de la Division de Registros Civiles y de la Division de Sanidad, a la Gerencia de Administracion a traves de la Unidad de Abastecimiento y Servicios y de la Unidad de Personal, en cuanto les compete. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 20028

b) A quienes se acojan al fraccionamiento de deudas conforme a la Ordenanza Nº 42 (El Peruano, 1 de agosto del 2003) a mas tardar el 15 de diciembre del 2004, se les rebajara el cuarenta por ciento (40%) de los intereses generados hasta la fecha de pago de la cuota inicial del fraccionamiento. Articulo 2º.- El beneficio a que se refiere el articulo anterior no alcanza a quienes tengan obligaciones en MORDAZA de ejecucion coactiva ni a quienes hayan celebrado con la Municipalidad convenios de fraccionamiento de obligaciones tributarias, por aquellos adeudos comprendidos en los respectivos procesos o convenios. Articulo 3º.- La Gerencia Municipal y la Jefatura de Administracion Tributaria quedan encargadas del cumplimiento de esta ordenanza, debiendo dar cuenta al MORDAZA de los resultados de la MORDAZA excepcional de recaudacion de tributos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ABUGATTAS NAZAL MORDAZA 19998

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 088-MSI Mediante Oficio Nº 861-2004-SG/MSI, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 088-MSI, publicada en la edicion del 31 de octubre de 2004. DICE: "ORDENANZA Nº 088-MSI" DEBE DECIR: "ORDENANZA Nº 090-MSI" 19945

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Crean beneficio tributario a favor de los trabajadores autonomos ambulantes por uso de la via publica
ORDENANZA Nº 127/MDS Surquillo, 5 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Otorgan beneficio de reduccion de intereses tributarios a contribuyentes que adeuden el pago de tributos vencidos en octubre de 2004
ORDENANZA Nº 59 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 2 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria del 28 de octubre del 2004, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA REDUCCION DE INTERESES TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES QUE PAGUEN SUS OBLIGACIONES MORDAZA DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2004 Articulo 1º.- Se concede el beneficio de reduccion de intereses tributarios a los contribuyentes del distrito que adeuden el pago de tributos (impuestos, arbitrios y otras tasas) vencidos al 30 de octubre del 2004, en la siguiente forma: a) A quienes paguen la totalidad de las deudas a mas tardar el 15 de diciembre del 2004, se les rebajara el sesenta por ciento (60%) de los intereses generados hasta la fecha de pago.

El Concejo Distrital de Surquillo, en la Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus miembros ha dado la siguiente Ordenanza: CREA BENEFICIO TRIBUTARIO A FAVOR DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS AMBULANTES POR EL USO DE LA VIA PUBLICA Articulo Primero.- Crease el beneficio tributario a favor de los trabajadores autonomos ambulantes que desarrollan sus actividades haciendo uso de la via publica de la jurisdiccion del distrito de Surquillo. Articulo Segundo.- Es objeto del beneficio tributario las deudas generadas por falta de pago del derecho de ocupacion o uso de la via publica correspondiente al ano 2003 y 2004, cuando ya no hayan estado sujetas a convenios para pagos de tributos en especies, conforme al articulo 5º de la Ordenanza Nº 053/MDS, o cuando habiendose incorporado convenios, existan saldos pendientes de pago mensual. Quedan condonados al 100% los interess moratorios y multas tributarias generados por la ocupacion o uso de la via publica durante los periodos 2002, 2003 y 2004. Articulo Tercero.- Concedase una reduccion del 25% de la deuda resultante del periodo 2003, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º, la que podra ser fraccionada en 2 cuotas, hasta el 31 de diciembre de 2004. Concedase una reduccion del 30% de la deuda resultante del periodo 2004, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º, la que podra ser fraccionada hasta en 12 cuotas mensuales iguales pagando una cuota inicial de 30%. En ningun caso, se aplicaran los intereses que puedan corresponder por fraccionamiento de deuda. Sin embargo, la cuota que no sea cancelada dentro del plazo establecido devengara, a partir del vencimiento de la

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