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PÆg. 280164 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 2004 Artículo 4º.- La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 20412 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 307-2004-OS/CD Mediante Oficio Nº 12-2004-OSINERG-AAD el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publi-que Fe de Erratas de la Resolución Nº 307-2004-OS/CD,publicada en nuestra edición del 11 de noviembre de 2004. En el cuarto considerando de la resolución;DICE:“… La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806 …” DEBE DECIR:“… El Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM …” En el sexto párrafo de la exposición de motivos de la resolución; DICE:“…la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806…” DEBE DECIR:“… el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM …” 20404 SUNAT Designan Agentes de Percepción del RØgimen de Percepciones del IGV apli-cable a la adquisición de combustibles SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 278-2004/SUNAT Lima, 11 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el numeral 2 del inciso c) del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a lasVentas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado porDecreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias,dispone que mediante Resolución de Superintendencia sepodrá designar, entre otros, a las personas naturales, lassociedades u otras personas jurídicas, instituciones y enti-dades públicas o privadas como agentes de percepcióndel impuesto que causarán los adquirentes de bienes enlas operaciones posteriores; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 128- 2002/SUNAT y normas modificatorias se aprobó el Régi-men de Percepciones del Impuesto General a las Ventasaplicable a la adquisición de combustibles y se designóagentes de percepción; Que adicionalmente a los nombrados, es necesario de- signar nuevos agentes de percepción del mencionadoRégimen; En uso de las facultades conferidas por numeral 2 del inciso c) del artículo 10º del Texto Único Ordenado de laLey del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selec-tivo al Consumo, de conformidad con los artículos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19ºdel Reglamento de Organización y Funciones de la SU-NAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- DESIGNACIÓN DE AGENTES DE PER- CEPCIÓN Adicionalmente a los nombrados, desígnase como agen- tes de percepción del Régimen de Percepciones del Im-puesto General a las Ventas aplicable a la adquisición decombustibles, aprobado por Resolución de Superintenden-cia Nº 128-2002/SUNAT y normas modificatorias, a los si-guientes contribuyentes, los mismos que actuarán comotales a partir del 1 de diciembre de 2004: CONTRIBUYENTE NÚMERO DE RUC PETRÓLEOS DE AMÉRICA S.A. 20332711157 COAST MECHANICAL SALES DEL PERÚ S.A.C. 20424666468 ARBOIL S.A.C. 20386258024 Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 20408 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Demandan al Congreso de la Repœbli- ca aprobación del proyecto de ley queda por concluido la delimitación terri-torial entre las provincias de Caæete y Chincha ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 036-2004-CR/GRL Huacho, 3 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de noviem-bre del 2004, con el voto mayoritario de sus integrantesy en uso de las facultades conferidas por el Artículo 15ºde la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales-, concordado con el Artículo 39º del mismo cuerpolegal; ACUERDA:1. DEMANDAR al Congreso de la República la urgente aprobación del Proyecto de Ley mediante el cual la Presi-dencia del Consejo de Ministros da por concluido el proce-so legal seguido para la delimitación territorial de las pro-vincias de Cañete y Chincha conforme al ordenamientolegal correspondiente. 2. RECHAZAR la decisión de la Comisión de Descen- tralización del Congreso de la República al devolver el Pro-yecto de Ley sobre dicha delimitación territorial a la Presi-dencia del Consejo de Ministros, decisión que vulnera elprocedimiento legal estrictamente cumplido por el Gobier-no Regional de Lima. 3. SALUDAR la unidad indoblegable del pueblo de la provincia de Cañete en la defensa de su histórico derechoterritorial que conjuntamente con sus autoridades regiona-les, locales, religiosas, medios de comunicación y sociedadcivil, vienen conduciendo en forma alturada sus justasdemandas. 4. AGRADECER a las autoridades que con su apoyo a los Centros Poblados de "Nuevo Ayacucho" y "Nuevo Cañe-te" han mejorado las condiciones de vida de sus morado-res, reconociendo su justa aspiración para adquirir delGobierno Regional de Lima las tierras que ocupan, asícomo también respetar los territorios reservados para el