Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2004 (12/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2004

Peru, se ha previsto la transferencia de todo equipo o material tecnico en condiciones que convengan a las Organizaciones y al Gobierno, por lo que en consecuencia, es necesario aceptar la Transferencia de Bienes y Equipos, previa visacion del Area de Saneamiento Fisico Legal y Control Patrimonial, de la Subgerencia de Logistica, de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General; y, De conformidad a las facultades conferidas en el articulo 76º inciso 4) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la Transferencia de los Bienes y Equipos adquiridos en el MORDAZA del Proyecto PER/02/ M01 "Fortalecimiento del Poder Judicial en su Rol Impulsador del Acuerdo Nacional por la Justicia" a traves del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, cuya relacion se detalla en el Acta de Transferencia Nº 041-2003 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La transferencia contable se efectuara con los valores fijados en las respectivas facturas de adquisicion. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, remita MORDAZA de la presente Resolucion Administrativa al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, Gerencia General, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Logistica y al Area de Saneamiento Fisico Legal y Control Patrimonial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 20378

Visto, el Informe Especial Nº 191-2004-CG/ZC, resultante del Examen Especial efectuado a la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. - EPS EMAPICA S.A., periodo enero - diciembre 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Locales, este Ente Tecnico Rector del Sistema Nacional de Control, dispuso una accion de control en la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. - EPS EMAPICA S.A., cuyo objetivo fue evaluar la gestion de la prestacion de servicios y de ingresos por facturacion de los servicios de agua potable y alcantarillado, el desempeno del organo de control institucional y la veracidad de las denuncias presentadas contra la administracion de la empresa; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que los funcionarios participes aprobaron el otorgamiento de viaticos, en los que incluyeron irregularmente el concepto de Costo de MORDAZA, que no es analogo con el objetivo de los viaticos, incumpliendo de esta manera las normas presupuestales vigentes y ocasionando un perjuicio economico a la EPS EMAPICA S.A. por la suma de S/. 42 123,83; asimismo, por autorizar el pago de viaticos por encima del tope permitido en las normas de austeridad establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 de 20.JUN.2002, por el monto de S/ . 850,50, que sumados al importe anterior, dan un perjuicio economico total de S/. 42 974,33 en contra de la entidad citada; constituyendo los hechos expuestos indicios de la comision del Delito de PECULADO, previsto y penado por el Articulo 387º del Codigo Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 20320

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 362-2004-P-CSJL/PJ Mediante Oficio Nº 1439-2004-RA-P-CSJL(ZMP), la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 362-2004-PCSJL/PJ, publicada en nuestra edicion del dia 6 de noviembre de 2004. DICE: Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del ... DEBE DECIR: Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria de Sala Titular, como Juez Provisional del ... 20401

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la EPS EMAPICA S.A. y al ex CTAR Callao
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 441-2004-CG
MORDAZA, 9 de noviembre de 2004

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 442-2004-CG
MORDAZA, 10 de noviembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 193-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Consejo Transitorio de Administracion Regional del Callao, periodo enero a diciembre de 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del ano 2003 de la Gerencia de Gobiernos Regionales, la

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