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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (12/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 280158 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 2004 Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión de Instituciones de Seguros "A", median-te Informe Nº 183-2004-ISA; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y modificatorias, y en la Circular Nº S-609-2004; y, en virtud de la facultad delegada por ResoluciónSBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LATINA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., la apertura de una Agencia ubica-da en el jirón Mariano Núñez Nº 233, Oficina Nº 07,ciudad de Juliaca, provincia de San Román, depar-tamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 20283 Autorizan al Banco Internacional del Perœ - Interbank, la apertura de agen-cias en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1840-2004 Lima, 8 de noviembre del 2004EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú -Interbank- para que se le autorice la apertura de lasAgencias que se detallan en la parte resolutiva; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D", mediante Informe Nº127-OT-2004-DESF"D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, con la Circular Nº 2134-2004 y con laResolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú -Interbank- la apertura de las Agencias ubicadas en: Dirección Distrito Provincia Departamento Centro Comercial Aurora, Tienda A-B, Miraflores Lima Lima Av. Arias Schereiber Nº 202, Urb. Aurora Av. Dos de Mayo Nºs. 1030-1032 San Isidro Lima Lima Centro Comercial San Isidro, local B-35, San Isidro Lima Lima Av. Paseo de la República Nº 3440 Jr. Iquique Nºs. 380-382 Breña Lima Lima Instalaciones de Hipermercado Metro, San Miguel Lima Lima Av. La Marina Cdra. 25 Av. Javier Prado Este Nº 4921, Tienda 5, La Molina Lima Lima Urb. Camacho Av. Elías Aparicio Nº 695, La Planicie La Molina Lima Lima Pasaje Danmert Nº 105 Miraflores Lima Lima Av. Próceres de la Independencia San Juan de Lima Lima Nºs. 1629-1631 Lurigancho Av. Nicolás Arriola Nºs. 569-571 La Victoria Lima Lima Av. Benavides Nº 1241 Miraflores Lima Lima Av. La Marina Nº 2355, local D San Miguel Lima Lima Av. Huaylas Nº 523 Chorrillos Lima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca 20333UNIVERSIDADES Autorizan contratación de oficinas en el distrito de La Molina para la Uni- versidad Nacional de Ingeniería, me- diante proceso de adjudicación de me-nor cuantía UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0845 Lima, 2 de noviembre de 2004 Visto el Oficio Nº 624-2004-OCL-ABAST de fecha 22 de octubre del 2004, del Jefe de la Oficina Central deLogística, por el que solicita la Exoneración del Proceso deAdjudicación Directa Selectiva para el arrendamiento debien inmueble a favor de la Facultad de Arquitectura, Urba-nismo y Artes, mediante un proceso de Adjudicación deMenor Cuantía; CONSIDERANDO: Que mediante documento de fecha 28 de setiembre del 2004, el Decano de la Facultad de Arquitectura, Urba-nismo y Artes solicita la exoneración del Proceso de Selec-ción para el arrendamiento de bien inmueble ubicado en elCentro Comercial La Fontana en el distrito de La Molina,cuyas características y detalles técnicos sustentan en uninforme técnico adjunto; Que en el citado Informe Técnico se aprecia que la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes a través de suCentro de Cómputo dicta cursos de capacitación en com-putación relacionados con la profesión de arquitecto y laconstrucción, y plantea como objetivo expandir sus localesde capacitación para poder satisfacer la demanda de unmayor público, que no es cubierta por estar ubicado en elCono Norte de la Ciudad; expresando la necesidad dealquilar un local externo a la Universidad Nacional de Inge-niería, dirigido a la atención de alumnos de diversas uni-versidades comprendidas dentro de la jurisdicción del dis-trito de La Molina, cuyas Facultades de Arquitectura de-mandan que los cursos del Centro de Cómputo estén cer-ca de sus centros de estudios; que después de haberefectuado el respectivo estudio de mercado considera queresulta conveniente contratar por alquiler, por un año, dosoficinas en el tercer piso del Centro Comercial La Fontanaen el distrito de La Molina, ubicadas en la avenida JavierPrado Este Nº 5250 oficinas 307 y 308, por un monto totalreferencial de US$. 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 DólaresAmericanos); Que mediante Informe Legal Nº 169-OCAL, la Oficina Central de Asesoría Legal, ha cumplido con emitir el Infor-me Legal de acuerdo a lo establecido en los artículos 20ºy 113º Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 “Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado” y en su Regla-mento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectivamente; Que el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, establece que se encuentran exonerados de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, a los procesos de selección para la contrata-ción de bienes y servicios que no admiten sustitutos, con-forme lo dispuesto por el artículo 20º de dicho texto, con-cordante con el artículo 113º de su Reglamento, medianteuna Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo aprobarsetales exoneraciones a través de resolución del Titular delPliego; Que los artículos 105º y 116º del referido Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establecen los procedimientos aque deben ceñirse las contrataciones de menor cuantía,con la indicación de que la autoridad competente que aprue-ba la exoneración, deberá indicar el órgano o dependenciaque se encargará de llevar a cabo la Adquisición requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, su Reglamento, y el artículo 33º, Inc. b), de laLey Universitaria Nº 23733, concordante con el artículo52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional deIngeniería;