Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2004 (12/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2004

QUEZ MORDAZA se presento ante el registro en el ano 1998 y obtuvo su Inscripcion PAR Nº80500434, registrando haber nacido el 26 de setiembre de 1972, presentando como sustento Declaracion Jurada de dos testigos calificados; Que, posteriormente, dicha ciudadana solicita tramite de rectificacion de prenombre y fecha de nacimiento, para lo cual se identifica como MORDAZA MERCEUS MORDAZA MORDAZA nacida el 26 de setiembre de 1979, adjuntando como sustento el Acta de Nacimiento Nº 707 emitida por la Municipalidad Distrital del MORDAZA - Lima; Que, la Municipalidad Distrital del MORDAZA remite MORDAZA certificada de la Partida de Nacimiento Nº 707 inscrita en el libro del ano 1969 a nombre de MORDAZA MERCEUS MORDAZA SOTO; desprendiendose que la Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana en su tramite de rectificacion, ha sido adulterada con respecto al ano de nacimiento; Que, por Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 126-2004-GP/SGDAC-RENIEC, se dispone la exclusion definitiva en el Registro de la Inscripcion Nº 80500434; Que, de los hechos MORDAZA expuestos, se colige que el comportamiento realizado por la ciudadana precitada, al haber insertado datos falsos ante el Registro, declarando informacion inexacta a fin de obtener una inscripcion provisional, asimismo, al haber hecho uso de una partida de nacimiento adulterada, con el objeto de realizar tramite de rectificacion de fecha de nacimiento; constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica en su modalidad de Falsificacion de Documento (Falsedad Impropia o Falsedad de Uso) y Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MERCEUS MORDAZA SOTO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MERCEUS MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19565

CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, entre otros, de emitir los documentos que acreditan su identidad; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 012-2004-JEF/ RENIEC, se aprobo la "Campana de Tramitacion y Expedicion del DNI en forma gratuita para menores de edad en situacion de pobreza o abandono", estableciendose que los beneficiarios serian cuarenta mil (40,000) ninas, ninos y adolescentes de MORDAZA y sesenta mil (60,000) de otros departamentos Que, conforme lo dispuesto por el Art. 2º de la Resolucion referida, modificado por la Resolucion Jefatural Nº 032-2004-JEF/RENIEC, la MORDAZA referida viene desarrollandose mediante desplazamientos a las zonas en las que habitan los menores de edad en condicion de pobreza o abandono, en coordinacion con instituciones publicas o privadas, colegios estatales, interesados en apoyar la MORDAZA, la individualizacion y el MORDAZA de certificacion de la condicion de pobreza o abandono; Que, segun el Informe Nº 024-2004-GRIAS/RENIEC, emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, encargada de la coordinacion de la MORDAZA acotada, a la fecha se ha beneficiado a mas de setenta y cinco mil (75,000) ninas, ninos y adolescentes, habiendose incrementado la demanda de los DNI para menores de edad en situacion de pobreza y/o abandono, por lo cual se recomendo la ampliacion de la meta de la MORDAZA de tramitacion y expedicion del DNI en forma gratuita, para favorecer adicionalmente a treinta mil (30,000) ninas, ninos y adolescentes; Que, mediante Informe Nº 034-2004-GRIAS/RENIEC, la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social preciso que la ampliacion propuesta debe beneficiar a treinta mil (30,000) ninas, ninos y adolescentes residentes en el interior del MORDAZA, dado el incremento de atenciones en esos sectores, ampliacion que cuenta con la cobertura presupuestal respectiva, segun lo expresado por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves de los Oficios Nºs. 1257 y 1335-2004-GPP/RENIEC; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo IX del Titulo Preliminar del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado por la Ley Nº 27337, en toda medida adoptada por el Estado debe considerarse el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente, asi como el respeto de sus derechos, en cuya virtud resulta viable aprobar la ampliacion propuesta por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; Que segun lo establecido por el inciso c) del articulo 98º del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion de Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, constituye atribucion de la Jefatura Nacional, determinar la gratuidad de los servicios que brinda el RENIEC; y, Conforme las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC del 7 de noviembre del 2003 y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la ampliacion del numero de beneficiarios de la MORDAZA aprobada por Resolucion Jefatural Nº 012-2004-JEF/RENIEC, a treinta mil (30,000) ninas, ninos y adolescentes en situacion de pobreza y/o abandono, residentes en el interior del MORDAZA, que sera cubierta por la Fuente de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20397

Amplian numero de beneficiarios de la MORDAZA de tramitacion y expedicion de DNI en forma gratuita para menores de edad en situacion de pobreza, aprobada mediante R.J. Nº 012-2004-JEF/ RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 744-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 11 de noviembre de 2004 Vistos los Informes Nºs. 024 y 034-2004-GRIAS/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, los Oficios Nºs. 1257 y 1335-2004GPP/RENIEC emitidos por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 1103-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica;

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