Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2004 (12/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Monto total de los bonos Los Bonos Familiares Habitacionales que se otorgaran en la convocatoria a la que se hace referencia en el articulo primero de la presente MORDAZA, seran financiados con los recursos provenientes del Convenio de Prestamo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID Nº 1461/OC-PE, cuya operacion de Endeudamiento Externo se aprobo mediante Decreto Supremo Nº 089-2003-EF, asi como de los recursos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento destinados para tal fin segun la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004. Articulo 4º.- Prioridad en la asignacion del BFH De no otorgarse el total de numero de BFH ofertados en las modalidades descritas en el articulo primero de esta Resolucion Ministerial, el saldo de tales BFH se asignara de acuerdo al siguiente orden de prioridad: 4.1 Construccion en Sitio Propio - Postulacion Colectiva, en el caso que el saldo a utilizar permita completar el numero de BFH necesarios para que el integro de los Grupos Familiares Postulantes (GFPs) de un Conjunto de Asociados Postulantes (CAP) MORDAZA calificados como Beneficiarios Provisionales. 4.2 Adquisicion de Vivienda Nueva - Postulacion individual, para ampliar el numero de BFH ofertados. 4.3 Construccion en Sitio Propio - Postulacion Colectiva, para ampliar el numero de BFH ofertados. Registrese, comuniquese y publiquese.

necesario aprobar el proyecto de Directiva y el Formato de Solicitud de MORDAZA Judicial que se presentan, estableciendose los procedimientos que MORDAZA posible su utilizacion; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 006-2004CE-PJ "Procedimientos para la Concesion del Beneficio de MORDAZA Judicial", y el "Formato de Solicitud de MORDAZA Judicial", que en anexo forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Oficinas Distritales de Control de la Magistratura y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 20400

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva que establece "Procedimientos para la concesion del Beneficio de MORDAZA Judicial" y "Formato de Solicitud de MORDAZA Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 182-2004-CE-PJ
MORDAZA, 6 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 208-2004-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando a este Organo de Gobierno el proyecto de Directiva sobre "Procedimientos para la Concesion del Beneficio de MORDAZA Judicial", para su aprobacion; y, CONSIDERANDO: Que, uno de los principios de la funcion jurisdiccional es el de la gratuidad de la administracion de justicia para las personas de escasos recursos y, en los casos expresamente previstos por ley; Que, por Ley Nº 26846 se sustituyeron los articulos 179º, 180º, 181º, 182º, 183º, 187º del Codigo Procesal Civil, los mismos que estan relacionados a la concesion y tramite del beneficio de MORDAZA judicial; Que, el articulo 179º del Codigo acotado senala: "Se concedera MORDAZA judicial a las personas naturales que para cubrir o garantizar los gastos del MORDAZA, pongan en peligro su subsistencia y la de quienes de ellas dependan"; Que, asimismo, el articulo 180º del citado cuerpo normativo, dispone que para dicho efecto se necesita la MORDAZA de una solicitud requiriendo la concesion del beneficio de MORDAZA judicial, mediante los formatos aprobados por el Organo de Gobierno y Gestion del Poder Judicial; Que, en tal sentido, con la finalidad de dar cumplimiento a las mencionadas disposiciones legales, resulta

DIRECTIVA Nº 006-2004-CE-PJ DIRECTIVA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA CONCESION DEL BENEFICIO DE MORDAZA JUDICIAL I. OBJETIVO Regular la tramitacion y concesion del beneficio de MORDAZA Judicial, asi como implementar sus mecanismos de control. II. FINALIDAD Contar con un documento tecnico de gestion que viabilice la utilizacion del Formato a emplearse para solicitar la concesion de MORDAZA Judicial. III. ALCANCE La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento por los Organos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial. IV. BASE LEGAL 1. Constitucion Politica del Peru (Principio de Gratuidad de la Administracion de Justicia, Articulo 139º - Inciso 16º); 2. Ley Nº 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General, Articulo Nº 42º - Inciso 42.1); 3. Decreto Supremo Nº 017-93-JUS (Aprueba el T.U.O. de la Ley Organica del Poder Judicial - Articulo 24º); 4. Decreto Legislativo Nº 768, (Aprueba el T.U.O. del Codigo Procesal Civil - Seccion Tercera, Titulo VII, Articulos 179º al 187º, modificados por Ley Nº 26846). V. VIGENCIA A partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Administrativa que aprueba la presente Directiva en el Diario Oficial El Peruano. VI. NORMAS GENERALES 1. La Gerencia General, en su condicion de Organo Ejecutivo, Tecnico y Administrativo, propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las normas y disposiciones tendientes a organizar y uniformizar los Servicios Judiciales en el ambito nacional.

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