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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (12/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 280130 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 2004 Changa, Carlos Esteban Posada Ugaz, Edwin Benjamín Chávez Núñez de Prado, César Augusto Llona Silva y CarlosCastro Lorenzo, funcionarios y profesionales que en repre-sentación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,participarán en la V Ronda de Negociaciones para la sus-cripción de un Tratado de Libre Comercio con el Reino deTailandia, del 5 al 12 de noviembre de 2004. Artículo 2º.- (Segundo párrafo):- Señores: Julio José Chan Sánchez, Marcela Patricia Zea Barreto, Luis Alberto Mesías Changa, Carlos EstebanPosada Ugaz, Edwin Benjamín Chávez Núñez del Prado,César Augusto Llona Silva y Carlos Castro Lorenzo (Del 5al 12 de noviembre de 2004) DEBE DECIR:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, de los señores: Julio José Chan Sán-chez, Marcela Patricia Zea Barreto, Luis Alberto MesíasChanga, Carlos Esteban Posada Ugaz, Edwin BenjamínChávez Núñez de Prado, César Augusto Llona Silva y CarlosLorenzo Castro Serón, funcionarios y profesionales que enrepresentación del Ministerio de Comercio Exterior y Turis-mo, participarán en la V Ronda de Negociaciones para lasuscripción de un Tratado de Libre Comercio con el Reinode Tailandia, del 5 al 12 de noviembre de 2004. Artículo 2º.- (Segundo párrafo):- Señores: Julio José Chan Sánchez, Marcela Patricia Zea Barreto, Luis Alberto Mesías Changa, Carlos EstebanPosada Ugaz, Edwin Benjamín Chávez Núñez del Prado,César Augusto Llona Silva y Carlos Lorenzo Castro Serón(Del 5 al 12 de noviembre de 2004) 20297 EDUCACIÓN Autorizan a procurador iniciar accio- nes por presunta responsabilidad civil de empresa en perjuicio económico ocasionado al INABEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0297-2004-ED Lima, 17 de junio de 2004 Vistos el Oficio Nº 2464-2003-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Educación, el Expediente Nº 65186-2003y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, con fecha 30 de enero del 2000, el Instituto Nacio- nal de Becas y Crédito Educativo - INABEC suscribe unContrato de Locación de Servicios de Seguridad con laempresa CROM S.A., con el objeto de prestar los serviciosde vigilancia, seguridad y control de sus instalaciones; com-prometiéndose el INABEC, de acuerdo a la cláusula cuartadel referido Contrato, a abonar mensualmente la suma deS/. 3900 (Tres mil novecientos y 00/100 Nuevos Soles),monto que cubría todos los pagos por salarios, aportes alempleador, beneficios sociales y laborales, supervisión,transporte, gastos administrativos y utilidad de la empresacontratista; asimismo, de acuerdo a la cláusula quinta delcontrato en mención, se estableció que la suma de S/.3900, podría ser reajustada de producirse un aumentooficial de sueldos y salarios dispuesto por Gobierno; Que, mediante Carta Nº 039-CG/CRONSA, del 8 de marzo del 2000, la contratista comunica al INABEC el cam-bio de su razón social a Empresa de Seguridad y VigilanciaCRONSA S.A.; Que, por Carta Nº 055-GG-2000/CRONSA, del 27 de marzo de 2000, CRONSA S.A. remite al INABEC la nuevaestructura de costos, reajustando el importe de S/. 3900 ala suma de S/. 4,442.16, en virtud al Decreto de UrgenciaNº 012-2000, el mismo que incrementó la RemuneraciónMínima Vital de S/. 345.00 (Trescientos cuarenta y cinco y00/100 Nuevos Soles) a S/. 410.00 (Cuatrocientos diez y00/100 Nuevos Soles); en tal sentido, se reajustó el monto señalado en el contrato, a la suma ascendente a S/.4,442.16 (Cuatro mil cuatrocientos cuarenta y dos y 00/100 Nuevos Soles) por los tres puestos de vigilancia, mon-to que fue pagado a la empresa CRONSA S.A., segúnComprobante de Pago Nº 685, del 22 de julio de 2000; Que, por Carta Nº 057-GG-2000/CRONSA, del 12 de julio de 2000, CRONSA S.A. remite al INABEC la FacturaNº 001-0379, por el importe de S/ 1 974.00 (Mil novecien-tos cuarenta y siete y 00/100 Nuevos Soles), para cubrir losgastos de gratificación por Fiestas Patrias del personal deseguridad y vigilancia, suma que fue cancelada medianteComprobante de Pago Nº 683, del 21 de julio de 2000,emitido en base a la orden de servicio Nº 309, del 8 de juliode 2000; Que, mediante Carta Notarial Nº 6290, del 27 de no- viembre del 2000, se comunica a la empresa CRONSAS.A. la decisión del INABEC de resolver el contrato cele-brado con fecha 30 de enero del 2000, en concordanciacon lo establecido en la cláusula undécima del menciona-do contrato; Que, el Informe Nº 003-2001-02-0219-OAI/INABEC, emitido por la Oficina de Auditoría Interna del INABEC,señala que la estructura de costos presentada por la em-presa CRONSA S.A. comprendía en el rubro II (BeneficiosSociales) la gratificación por Fiestas Patrias, por lo que elpago realizado (S/. 1 947.00) a dicha empresa, por esteconcepto no resultaba procedente; Que, en tal virtud, y con documentación anexa al Oficio Nº 2464-2003-PP/ED, del 24 de noviembre de 2003, elProcurador Público encargado de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Educación solicita se expida la ResoluciónMinisterial que autorice a dicha Procuraduría a interponerlas acciones judiciales pertinentes contra la empresa CRON-SA S.A. y demás que resulten responsables, a efectos deobtener la devolución de la suma de S/ 1 974.00 (Mil nove-cientos cuarenta y siete y 00/100 Nuevos Soles), más losintereses legales generados, por concepto de pago inde-bido; Que, de acuerdo a los documentos que obran en au- tos, se ha verificado que se ha producido un perjuicio econó-mico al INABEC como resultado de un pago indebido por lasuma de S/. 1947.00, configurándose responsabilidad civilpor parte de la empresa CRONSA S.A., de conformidadcon lo establecido en los artículos 1267º, 1269º y 1274ºdel Código Civil, por lo que corresponde iniciar las accionesjudiciales a que hubiere lugar; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 553-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Edu-cación a iniciar las acciones judiciales correspondientescontra la empresa CRONSA S.A. y demás que resultenresponsables, por lo expuesto en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los ante- cedentes de la presente Resolución, para su conocimientoy fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educa-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 20398 Establecen disposiciones para la incor- poración de profesores con título pe- dagógico al Colegio de Profesores del Perœ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0574-2004-ED Lima, 10 de noviembre de 2004