Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2004 (12/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 280134

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2004
Nivel de Nº de Longitud Ancho de tension ternas (km.) la faja ( kV ) ( m.) 22,9 01 0,96 11

la presente Credencial de incorporacion al Colegio de Profesores del Peru, registrada provisionalmente en el Padron Regional bajo el Nº ..............................................................

Cod. Exp. Inicio y llegada de la linea electrica 21158804 Derivacion Calca

En ..........................., a los ................. dias del mes de ...................... de 2004

Presidente de la Comision de Colegiacion Regional de .............

Un miembro de la Comision de Colegiacion Regional

20399

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de electroducto a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Electrocentro S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 456-2004-MEM/DM
MORDAZA, 25 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 21158804, organizado por ELECTROCENTRO S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000672 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina de Registros Publicos de Huancayo, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto para la linea primaria de 22,9 kV Derivacion Calca; CONSIDERANDO: Que, ELECTROCENTRO S.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 017-95-EM, publicada el 24 de febrero de 1995, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto para la linea primaria de 22,9 kV Derivacion Calca (que parte de la subestacion Nº 140202196 de la linea de distribucion de 22,9 kV SE Ninatambo - San MORDAZA de Cajas), ubicada en el distrito de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, el concesionario ha compensado a los propietarios particulares de los predios afectados por las servidumbres a que se refiere la presente Resolucion; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado sobre el que tambien pasa un tramo de la referida linea de transmision; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 246-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular ELECTROCENTRO S.A., la servidumbre de electroducto para la linea primaria de 22,9 kV Derivacion Calca (que parte de la subestacion Nº 140202196 de la linea de distribucion de 22,9 kV SE Ninatambo - San MORDAZA de Cajas), ubicada en el distrito de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- ELECTROCENTRO S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROCENTRO S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 19526

INTERIOR
Aprueban donacion efectuada a favor de la PNP - Centro Preventivo del MORDAZA y Adolescente Nº 01 - PNP MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2244-2004-IN-0304
MORDAZA, 25 de octubre del 2004 VISTO: El Oficio Nº 8424-2004-DIRGEN-PNP/SG del 9.SET.2004, mediante el cual la Direccion General de la Policia Nacional del Peru remite a la Oficina General de Planificacion del Ministerio del Interior, el expediente relacionado con la donacion de dinero, efectuada por la Empresas Editora El Comercio S.A. a favor del Ministerio del Interior - Policia Nacional del Peru - Centro Preventivo del MORDAZA y Adolescente Nº 01 - PNP Salamanca; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 21 de MORDAZA del 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la Empresa Editora El Comercio S.A., comunica que con ocasion de la celebracion del Tercer Aniversario del diario El Trome, su representada ha decidido transferir gratuitamente y a titulo de donacion a favor del Centro Preventivo del MORDAZA y Adolescente Nº 01 - PNP MORDAZA, la suma de S/ . 44,293.00 (Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Tres y 00/100 Nuevos Soles), con el objeto de ser destinada unica y exclusivamente a las labores sociales que realiza el Centro Preventivo del MORDAZA y Adolescente Nº 01 - PNP Salamanca; Que, el literal d) del numeral 5 del articulo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales publicas o privadas, seran aprobadas por resolucion del Titular del Pliego, la misma que consignara la fuente donante y el destino de estos recursos y la Directiva Nº 0082001-IN-0304 "Normas y Procedimientos para la Captacion, Aceptacion, Destino y Uso de las Donaciones Nacionales e Internacionales que se efectuen en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Internacional del Ministerio del Interior" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0909-2001-IN0304 de 26.JUL.2001, modificada por Resolucion Ministerial Nº 0194-2002-IN-0304 de 7.FEB.2002, es pertinente aceptar la donacion precitada mediante Resolucion Ministerial; y, Estando a lo solicitado por la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, lo propuesto por la Oficina General de Planificacion, con la visacion de la Oficina General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.