Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (12/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 280134 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 2004 la presente Credencial de incorporación al Colegio de Profesores del Perú, registrada provisionalmente en el Padrón Regional bajo el Nº .............................................................. En ..........................., a los ................. días del mes de ...................... de 2004 Presidente de la Comisión Un miembro de la Comisión de Colegiación Regional de ............. de Colegiación Regional 20399 ENERGÍA Y MINAS Imponen servidumbre de electroducto a favor de concesión definitiva de dis- tribución de la que es titular Electro- centro S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2004-MEM/DM Lima, 25 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 21158804, organizado por ELECTROCENTRO S.A., persona jurídica inscrita en laPartida Nº 11000672 del Registro de Personas Jurídicasde la Oficina de Registros Públicos de Huancayo, sobresolicitud de imposición de la servidumbre de electroductopara la línea primaria de 22,9 kV Derivación Calca; CONSIDERANDO:Que, ELECTROCENTRO S.A., concesionaria de distri- bución de energía eléctrica en mérito de la ResoluciónSuprema Nº 017-95-EM, publicada el 24 de febrero de1995, ha solicitado la imposición de la servidumbre de elec-troducto para la línea primaria de 22,9 kV Derivación Calca(que parte de la subestación Nº 140202196 de la línea dedistribución de 22,9 kV SE Ninatambo - San Pedro deCajas), ubicada en el distrito de Palcamayo, provincia deTarma, departamento de Junín, según las coordenadasUTM que figuran en el Expediente; Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo-ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga aindemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el usodel bien gravado; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, el concesionario ha compensado a los propie-tarios particulares de los predios afectados por las servi-dumbres a que se refiere la presente Resolución; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléctri-cas, los concesionarios están facultados a utilizar a títulogratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos,calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado omunicipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas,líneas eléctricas y de comunicaciones, siendo de aplica-ción esta norma al predio de propiedad del Estado sobre elque también pasa un tramo de la referida línea de transmi-sión; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 246-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular ELECTROCENTRO S.A., la servidumbre de electro-ducto para la línea primaria de 22,9 kV Derivación Calca(que parte de la subestación Nº 140202196 de la línea dedistribución de 22,9 kV SE Ninatambo - San Pedro deCajas), ubicada en el distrito de Palcamayo, provincia deTarma, departamento de Junín, de acuerdo a la documen-tación técnica y los planos proporcionados por la empresa,conforme al siguiente cuadro:Cod. Exp. Inicio y llegada de la línea Nivel de Nº de Longitud Ancho de eléctrica tensión ternas (km.) la faja ( kV ) ( m.) 21158804 Derivación Calca 22,9 01 0,96 11 Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni reali-zar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de laservidumbre constituida. Artículo 3º.- ELECTROCENTRO S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan-do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- ELECTROCENTRO S.A. deberá velar per- manentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 19526 INTERIOR Aprueban donación efectuada a favor de la PNP - Centro Preventivo del Niæoy Adolescente N” 01 - PNP Salamanca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2244-2004-IN-0304 Lima, 25 de octubre del 2004 VISTO: El Oficio Nº 8424-2004-DIRGEN-PNP/SG del 9.SET.2004, mediante el cual la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú remite a la Oficina General dePlanificación del Ministerio del Interior, el expediente rela-cionado con la donación de dinero, efectuada por la Em-presas Editora El Comercio S.A. a favor del Ministerio delInterior - Policía Nacional del Perú - Centro Preventivo delNiño y Adolescente Nº 01 - PNP Salamanca; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 21 de julio del 2004, el señor César Pardo Figueroa Turner, Gerente General de laEmpresa Editora El Comercio S.A., comunica que con oca-sión de la celebración del Tercer Aniversario del diario ElTrome, su representada ha decidido transferir gratuitamen-te y a título de donación a favor del Centro Preventivo delNiño y Adolescente Nº 01 - PNP Salamanca, la suma de S/. 44,293.00 (Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa yTres y 00/100 Nuevos Soles), con el objeto de ser destina-da única y exclusivamente a las labores sociales que reali-za el Centro Preventivo del Niño y Adolescente Nº 01 - PNPSalamanca; Que, el literal d) del numeral 5 del artículo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2004, establece que las donaciones dinerariasprovenientes de instituciones nacionales o internacionalespúblicas o privadas, serán aprobadas por resolución delTitular del Pliego, la misma que consignará la fuente do-nante y el destino de estos recursos y la Directiva Nº 008-2001-IN-0304 "Normas y Procedimientos para la Capta-ción, Aceptación, Destino y Uso de las Donaciones Nacio-nales e Internacionales que se efectúen en el Marco de laCooperación Técnica Internacional del Ministerio del Inte-rior" aprobada por Resolución Ministerial Nº 0909-2001-IN-0304 de 26.JUL.2001, modificada por Resolución Ministe-rial Nº 0194-2002-IN-0304 de 7.FEB.2002, es pertinenteaceptar la donación precitada mediante Resolución Minis-terial; y, Estando a lo solicitado por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, lo propuesto por la Oficina Ge-neral de Planificación, con la visación de la Oficina General