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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G2D /G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 516-2004 Los Olivos, 11 de noviembre de 2004 VISTOS: El Exp. Nº 28618-04 y el Exp. Nº 32673- 2004, presentados por el servidor Jorge Antonio Deville Sánchez, el Informe Nº 563-2004-GM/U.RR.HH., el In- forme Nº 431-2004/MDLO/SG-AF/DRAT , la NotificaciónAdministrativa Nº 004-2004-MDLO/GM/U.RR.HH., el In-forme Nº 639-2004-gm/u.rr.hh. , el Informe Nº 678-2004-GM/U.RR.HH., el Proveído Nº 7064-04-GM, el Acta deSesión Ordinaria del 26.10.04; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 163º del D.S. Nº 005-90-PCM establece que el servidor público que incurra en falta de carácterdisciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cesetemporal o destitución, será sometido a proceso adminis-trativo disciplinario que no excederá de treinta (30) díashábiles improrrogables; Que, la misma norma indica, en sus artículos 164º y 165º, que el proceso debe ser escrito y sumario y debeestar a cargo de una Comisión de carácter permanentey cuyos integrantes son designados por resolución deltitular de la entidad presidida por un funcionario designa-do por el titular de la entidad y la integran el Jefe de Personal y un servidor de carrera designado por los servidores; Que, dicha Comisión tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre laprocedencia de abrir proceso administrativo disciplina-rio; Que, con Exp. Nº 28618-04 el servidor Jorge Antonio Deville Sánchez solicita uso de período vacacional, con-forme a los fundamentos que argumenta, obrando al res-pecto el Informe Nº 563-2004-GM/U.RR.HH. solicitandola opinión del Jefe inmediato, fluyendo al respecto el In-forme Nº 431-2004/MDLO/SG-AF/DRAT mediante el cual el Director de Recaudación y Administración Tributaria manifiesta que se remitan a la programación que en ejer-cicio de sus funciones ejecuta cada año para el otorga-miento del derecho vacacional; Que, a fojas 6 de los actuados aparece la Notifica- ción Administrativa Nº 004-2004-MDLO/GM/U.RR.HH. en la que consta la negativa de recepción, ciñéndonos a lo expresado en el citado acto; Que, con Informe Nº 639-2004-gm/u.rr.hh. el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos informa que con fecha31 de agosto el servidor Jorge Deville Rojas presentóuna solicitud de vacaciones a partir del 1 de setiembre sin contar con el visto bueno de su jefe inmediato y sin esperar respuesta el citado servidor se ha tomado susvacaciones, remitiéndole la correspondiente NotificaciónAdministrativa Nº 002 sin que a la fecha emita respues-ta, solicitando se deriven los actuados a la ComisiónPermanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los asuntos de su competencia; Que, con Exp. Nº 32673-2004, de fecha 1 de octubre de 2004 el servidor Jorge Deville Rojas solicita licenciatemporal sin goce de haber conforme a lo que expone enla citada petición el citado servidor; Que, con Informe Nº 678-2004-GM/U.RR.HH. el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos en atención a la petición formulada en el expediente descrito en el párra-fo precedente señala que la petición no cuenta con elrequisito de autorización previa del jefe inmediato y se-ñala que hay una inasistencia continua desde el 1 desetiembre sin autorización; Que, obra en el expediente principal el Proveído Nº 7064-04 GM, copia del Informe Nº 044-2004-MDLO/GM,del Informe Nº 001-2004-MDLO/CE así como del Infor-me Nº 018-2004/MDLO-OCI; Que, del acta de Sesión Ordinaria efectuada por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de fecha 26 de octubre de 2004 aparece el acuerdo por mayoría de instaurar proceso administrati-vo disciplinario al servidor Jorge Antonio Deville Sán- chez por supuesta falta administrativa prevista y tipifica-da en el literal k) del Art. 28º de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa, y del mismo modo se resuelverequerir al Director de Recaudación y AdministraciónTributaria a efectos de que informe sobre la supuesta autorización verbal que alude el servidor; acciones que se ciñen a la competencia de la Comisión de accionaracorde con lo establecido por el D.S. Nº 005-90-PCM enresguardo del principio de legalidad consagrado en laLey Nº 27444; Que, obra en autos el voto singular del Sr. Javier Gómez Rodríguez, representante de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos Disciplinarios quien vota por no aperturar proce-so administrativo al citado servidor, proponiendo unasanción por Resolución Jefatural, amparándose enlos Arts. 29º y 73º inciso c) del Reglamento Interno de Trabajo; Que, el Art. 167º del D.S. Nº 005-90-PCM contempla que el proceso administrativo disciplinario será instau-rado por resolución del titular de la entidad o del funcio-nario que tenga la autoridad delegada para tal efecto,debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", dentro del término de setenta y dos (72) horas contadasa partir del día siguiente de la expedición de dicha reso-lución; Estando a lo Informado y en ejercicio de las atribucio- nes conferidas por el Art. 20º inciso 6). de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el servidor JOR- GE ANTONIO DEVILLE SÁNCHEZ por la presunta falta administrativa prevista y tipificada en el literal k) del Art.28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa;conforme a los fundamentos esgrimidos en el presente. Artículo Segundo.- NOTIFICAR al procesado con las formalidades de ley, a efectos que en el término de cinco días contados a partir del día siguiente de la notifi- cación de la presente Resolución, emita su descargocon los fundamentos de hecho y de derecho que estimepertinentes, dirigido a la Comisión Permanente de Pro-cesos Administrativos Disciplinarios de la MunicipalidadDistrital de Los Olivos. Artículo Tercero.- PONER A CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL lo dispuesto en la presente yhacer lo propio con la COMISIÓN PERMANENTE DEPROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DELA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS paraque proceda conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA Alcalde (E)R.A. Nº 508-2004 20724 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G2D/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6E/G74/G61/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 318-2004/MDSM San Miguel, 15 de noviembre de 2004 VISTO, el Informe Nº 268-2004-GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos;