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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 mo, se delegaron en el Directorio las facultades para determinar los términos, características y condicionesde la oferta pública de intercambio y de la emisión de losbonos corporativos; Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el Directorio de Graña y Montero S.A.A., reunido en sesión del 21 de julio de 2004, aprobó los términos y condicio- nes de la oferta de intercambio y emisión de los bonoscorporativos denominados "Segunda Emisión de BonosCorporativos Graña y Montero S.A.A." hasta por unmonto máximo de diez millones y 00/100 Dólares de losEstados Unidos de América (US$ 10 000 000,00); asi- mismo, delegaron en los señores Mario Alvarado Pfluc- ker, José Graña Miro Quesada, Carlos Montero Grañay/o Andrés Colichón Sas las facultades para determinarla prórroga del plazo de la oferta de intercambio así comolos términos y condiciones específicas de la emisión delos bonos; Que, mediante comunicaciones del 14 de septiem- bre y 4 de noviembre de 2004, Graña y Montero S.A.A.solicitó la inscripción de los valores correspondientesa la Segunda Emisión de Bonos Corporativos Graña yMontero S.A.A. hasta por un monto máximo de diezmillones y 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10 000 000,00), así como el registro del prospecto informativo de la Oferta de Redenciónde Acciones Comunes y Suscripción y Pago de Bo-nos Corporativos, para llevar a cabo una oferta públi-ca de intercambio, en el Registro Público del Mercadode Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con pre- sentar la información requerida por el Reglamento deOferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia-rios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como por las disposiciones aprobadasmediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/ 94.11; Que, el artículo 2º de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas porlos Órganos Decisorios de CONASEV, aprobadas porResolución CONASEV N° 073-2004-EF/94.10, estable-ce que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores yel registro de los prospectos informativos correspondien-tes, deben ser difundidos a través del Boletín de NormasLegales del Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado deValores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, así como al acuerdo adoptado en sesión del Directo-rio de CONASEV del 6 de abril de 1999, que faculta a laGerencia General de CONASEV para disponer la ins- cripción de valores y registro de prospecto informativo a través de trámite general en caso de una oferta públicaprimaria de valores mobiliarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los bonos corporativos denominados "Segunda Emisión de Bo-nos Corporativos Graña y Montero S.A.A." hasta porun monto máximo de diez millones y 00/100 Dólares delos Estados Unidos de América (US$ 10 000 000,00), los que serán ofrecidos públicamente en intercambio por acciones representativas del capital social de lamisma empresa, en concordancia con los plazos, con-diciones y modalidades previstas en el prospecto infor-mativo. Artículo 2º.- Disponer el registro del prospecto infor- mativo correspondiente a la Oferta de Redención de Acciones Comunes y Suscripción y Pago de Bonos Cor-porativos de Graña y Montero S.A.A. en el Registro Pú-blico del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos corporati- vos, a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolu- ción, deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25º y, de ser el caso, por el artículo 29º delReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEVNº 141-98-EF/94.10.La colocación de los bonos a que se refiere el pre- sente artículo deberá efectuarse en un plazo que noexcederá de nueve (9) meses contados a partir de lafecha de su inscripción en el Registro Público del Merca-do de Valores. El plazo de colocación es prorrogablehasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo decolocación. Adicionalmente, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a quese refieren los artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobi- liarios. Artículo 4º.- La inscripción y el registro a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente Resoluciónno implican que CONASEV recomiende la inversión enlos valores u opine favorablemente sobre las perspecti- vas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición delos interesados en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 5°.- La presente resolución debe ser publica- da en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONA- SEV en Internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Graña y Montero S.A.A., en su calidad de emisor; alBanco de Crédito del Perú, en su calidad de entidadestructuradora; a Centura Sociedad Agente de BolsaS.A., en su calidad de representante de los obligacionis- tas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a la Bolsa de Valores deLima, y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CLAUDIO HIGA TAMASHIRO Gerente General 20344 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G55/G72/G75/G2D /G67/G75/G61/G79/G20/G79/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00000621 Lima, 11 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 17,1 de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, para el caso de las empresas Municipales y los organismos Públicos Des- centralizados Municipales, la autorización para viajesal exterior deberá efectuarse por Acuerdo de Directo-rio o Resolución del Titular, según corresponda ade-cuando los montos máximos por concepto de viáticosdiarios por viajes al exterior, a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 147-2002-PCM, de fecha 6 de junio de 2002; Que, AHCIET es la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Teleco-municaciones, institución privada sin ánimo de lucro,conformada por más de 50 empresas operadoras de telecomunicaciones en 20 países de América Latina y España; Que, con fechas 17 y 18 de noviembre del presente año se llevará a cabo el acto de premiación al mejor