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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (01/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 277483 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de octubre de 2004 lar, la regulación de transporte menor (moto taxis y simila- res)”; Que, mediante Ordenanza Nº 010-2004-MDSA se re- gula el Servicio de Transporte Público Especial de Pa-sajeros y Carga en Vehículos Menores en el ámbito del distrito de Santa Anita; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali- dades, establece en el artículo 46º que las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser entre otras: Multa, Suspensión de Autorizaciones o licencias, clau-sura, decomiso, retención de productos y mobiliario, Obras, demolición, Internamiento de Vehículos; Que, se requiere contar con dispositivos que normen adecuadamente el Procedimiento de Internamiento de Vehículos Menores en el Depósito Municipal de Vehícu- los Menores, originado como una sanción adicional a laaplicación de la Papeleta de Infracción, en concordan- cia con la antedicha ordenanza; De conformidad con el numeral 6) del artículo 20º; artículo 42º, inciso d) y; numeral 2.2 del artículo 73º de la Ley Nº 27972 - Nueva Ley Orgánica de Municipalida- des; Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público Especialde Pasajeros en Vehículos Menores; Decretos Supre- mos Nº 004-2000-MTC y Nº 009-2000-MTC; Ordenanza Nº 241 de Lima Metropolitana y Ordenanza Municipal Nº010-2004-MDSA; Estando, a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; DECRETA:Artículo Primero .- APROBAR el Reglamento para el Procedimiento de Internamiento y Liberación de Vehí-culos Menores en el Depósito Oficial Municipal de Vehí- culos Menores del distrito de Santa Anita, el cual consta de dos (2) Títulos, siete (7) artículos y dos (2) Disposi-ciones Finales que, en Anexo 01, forma parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo .- APROBAR los formularios de- nominados: Boleta de internamiento, Orden de Libera- ción y Papeleta de Infracción, cuyas especificaciones y características se encuentran contenidas en el modeloque, como Anexo 02, forma parte constitutiva del pre- sente dispositivo. Artículo Tercero .- El presente Decreto de Alcaldía regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde ANEXO Nº 01 REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES EN EL DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHÍCULOS MENORES (DMVM) DE SANTA ANITA BASE LEGAL El presente Reglamento se ampara en los siguientes dispositivos legales: a) Constitución Política del Perú, inciso 4) del artículo 192º. b) Ley Nº 27972 - Nueva Ley Orgánica de Municipa- lidades, inciso 6) del artículo 20º; artículo 42 y; numeral 2.2 del inciso d) del artículo 73º. c) Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Trán- sito Terrestre. d) Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público Especial de pasajeros en Vehículos Menores. e) Ordenanza Nº 241-99/MML - Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y carga en Vehículos Meno- res. f) Ordenanza Nº 010-2004-MDSA - Regula el Servi- cio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Car- ga en Vehículos Menores en el distrito de Santa Anita. g) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. h) Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC.i) Decreto Legislativo Nº 420, Código de Tránsito y Se- guridad Vial. TÍTULO I OBJETIVO Artículo 1º.- El presente reglamento tiene como ob- jetivo establecer el Procedimiento para el Internamiento y Liberación de los Vehículos Menores en el Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores (DMVM) del dis-trito de Santa Anita, ante la sanción adicional de inter- namiento por la aplicación de la Papeleta de Infracción, originada por la trasgresión a la Ordenanza Nº 010-2004-MDSA que regula el Servicio de Transporte Público Es- pecial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores. TÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES Artículo 2º.- Las infracciones contenidas en el Cua- dro de Sanciones e Infracciones de la Ordenanza Nº 010-2004-MDSA, signadas con los códigos: VM/PN-01, VM/ PN-03, VM/PN-04, VM/PN-07, VM/PN-11, VM/PN-12, VM/PN-13, VM/PN-15 y VM/PN-18 establecen, comosanción adicional, el internamiento del vehículo menor en el Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores de la Municipalidad Distrital de Santa Anita. En tal senti-do, en el caso que se haya sancionado con el interna- miento, para efectos de materializar dicha sanción se emitirá la Boleta de Internamiento al Depósito OficialMunicipal de Vehículos Menores, debidamente suscrita por el Administrador del Depósito, el Inspector Munici- pal, el Policía Nacional (en caso haya intervenido) y elinfractor (de no oponerse si lo hiciera se dejará constan- cia de ello). La distribución de los respectivos ejempla- res será de la siguiente manera: el original queda con elAdministrador del Depósito Oficial Municipal de Vehícu- los Menores, la primera copia será entregada al infrac- tor y, la segunda copia se entregará a la Sub Gerenciade Obras Públicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, en el plazo perentorio de 24 horas. Artículo 3º.- Para la Liberación de los Vehículos Me- nores Internados en el Depósito Oficial Municipal, pre- viamente se deberán cumplir con los requisitos y plazos establecidos en el Procedimiento Nº 4.68 del Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad Distrital de Santa Anita aprobado mediante Orde- nanza Municipal Nº 035-2004-MDSA. Artículo 4º.- La distribución de los ejemplares de la Orden de Liberación se efectuará de la siguiente forma: original para el propietario; la primera copia para el Ad-ministrador del Depósito Oficial Municipal y, la segunda copia para la Sub Gerencia de Obras Públicas y Trans- porte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano. Artículo 5º.- La Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urba- no mantendrá el archivo de las Boletas de Internamientoy Órdenes de Liberación de los Vehículos Menores. Artículo 6º.- El Administrador del Depósito Oficial Mu- nicipal de Vehículos Menores informará semanalmentea la Sub Gerencia de Obras Públicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano sobre la canti- dad de las Boletas de Internamiento y de las Órdenesde Liberación de los Vehículos Menores emitidas. Artículo 7º.- Los Vehículos Menores internados en el Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores po-drán ser puestos a disposición de la DIROVE o el Juz- gado Competente cuando éstos los soliciten, con arre- glo a ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El espacio físico habilitado como área del Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores(DMVM), deberá estar adecuadamente acondicionado y ofrecer las garantías de seguridad que el caso requiere. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad no asume respon-sabilidad alguna por pérdida o deterioro que pudieran sufrir las unidades internadas. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Obras y Desa- rrollo Urbano y a la Gerencia de Desarrollo Social, a tra- vés de sus unidades orgánicas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.