Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2004 (01/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 1 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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lar, la regulacion de transporte menor (moto taxis y similares)"; Que, mediante Ordenanza Nº 010-2004-MDSA se regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el ambito del distrito de MORDAZA Anita; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece en el articulo 46º que las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser entre otras: Multa, Suspension de Autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, Obras, demolicion, Internamiento de Vehiculos; Que, se requiere contar con dispositivos que normen adecuadamente el Procedimiento de Internamiento de Vehiculos Menores en el Deposito Municipal de Vehiculos Menores, originado como una sancion adicional a la aplicacion de la Papeleta de Infraccion, en concordancia con la antedicha ordenanza; De conformidad con el numeral 6) del articulo 20º; articulo 42º, inciso d) y; numeral 2.2 del articulo 73º de la Ley Nº 27972 - Nueva Ley Organica de Municipalidades; Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores; Decretos Supremos Nº 004-2000-MTC y Nº 009-2000-MTC; Ordenanza Nº 241 de MORDAZA Metropolitana y Ordenanza Municipal Nº 010-2004-MDSA; Estando, a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Procedimiento de Internamiento y Liberacion de Vehiculos Menores en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores del distrito de MORDAZA MORDAZA, el cual consta de dos (2) Titulos, siete (7) articulos y dos (2) Disposiciones Finales que, en Anexo 01, forma parte integrante de la presente norma. Articulo Segundo.- APROBAR los formularios denominados: Boleta de internamiento, Orden de Liberacion y Papeleta de Infraccion, cuyas especificaciones y caracteristicas se encuentran contenidas en el modelo que, como Anexo 02, forma parte constitutiva del presente dispositivo. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO Nº 01 REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES EN EL DEPOSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES (DMVM) DE MORDAZA MORDAZA BASE LEGAL El presente Reglamento se ampara en los siguientes dispositivos legales: a) Constitucion Politica del Peru, inciso 4) del articulo 192º. b) Ley Nº 27972 - Nueva Ley Organica de Municipalidades, inciso 6) del articulo 20º; articulo 42 y; numeral 2.2 del inciso d) del articulo 73º. c) Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. d) Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Publico Especial de pasajeros en Vehiculos Menores. e) Ordenanza Nº 241-99/MML - Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y carga en Vehiculos Menores. f) Ordenanza Nº 010-2004-MDSA - Regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito de MORDAZA Anita. g) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. h) Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC.

i) Decreto Legislativo Nº 420, Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial. TITULO I OBJETIVO Articulo 1º.- El presente reglamento tiene como objetivo establecer el Procedimiento para el Internamiento y Liberacion de los Vehiculos Menores en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores (DMVM) del distrito de MORDAZA MORDAZA, ante la sancion adicional de internamiento por la aplicacion de la Papeleta de Infraccion, originada por la trasgresion a la Ordenanza Nº 010-2004MDSA que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. TITULO II DEL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES Articulo 2º.- Las infracciones contenidas en el Cuadro de Sanciones e Infracciones de la Ordenanza Nº 0102004-MDSA, signadas con los codigos: VM/PN-01, VM/ PN-03, VM/PN-04, VM/PN-07, VM/PN-11, VM/PN-12, VM/PN-13, VM/PN-15 y VM/PN-18 establecen, como sancion adicional, el internamiento del vehiculo menor en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. En tal sentido, en el caso que se MORDAZA sancionado con el internamiento, para efectos de materializar dicha sancion se emitira la Boleta de Internamiento al Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores, debidamente suscrita por el Administrador del Deposito, el Inspector Municipal, el Policia Nacional (en caso MORDAZA intervenido) y el infractor (de no oponerse si lo hiciera se dejara MORDAZA de ello). La distribucion de los respectivos ejemplares sera de la siguiente manera: el original queda con el Administrador del Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores, la primera MORDAZA sera entregada al infractor y, la MORDAZA MORDAZA se entregara a la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, en el plazo perentorio de 24 horas. Articulo 3º.- Para la Liberacion de los Vehiculos Menores Internados en el Deposito Oficial Municipal, previamente se deberan cumplir con los requisitos y plazos establecidos en el Procedimiento Nº 4.68 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 035-2004-MDSA. Articulo 4º.- La distribucion de los ejemplares de la Orden de Liberacion se efectuara de la siguiente forma: original para el propietario; la primera MORDAZA para el Administrador del Deposito Oficial Municipal y, la MORDAZA MORDAZA para la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano. Articulo 5º.- La Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA mantendra el archivo de las Boletas de Internamiento y Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores. Articulo 6º.- El Administrador del Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores informara semanalmente a la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transporte de la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA sobre la cantidad de las Boletas de Internamiento y de las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores emitidas. Articulo 7º.- Los Vehiculos Menores internados en el Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores podran ser puestos a disposicion de la DIROVE o el Juzgado Competente cuando estos los soliciten, con arreglo a ley. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El espacio fisico habilitado como area del Deposito Oficial Municipal de Vehiculos Menores (DMVM), debera estar adecuadamente acondicionado y ofrecer las garantias de seguridad que el caso requiere. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad no asume responsabilidad alguna por perdida o deterioro que pudieran sufrir las unidades internadas. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Desarrollo Social, a traves de sus unidades organicas, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia.

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