Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2004 (01/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de octubre de 2004

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Conceden beneficios para pago de deudas tributarias y multas administrativas
ORDENANZA Nº 017-2004-MDSA MORDAZA MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 EL SR. MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, vistos y oidos el Informe Nº 139-2004-GR/MDSA, emitido por la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 521-2004-GAJ-GG-MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 194º, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la ejercen mediante ordenanzas; Que, de acuerdo a lo establecido en la Articulo IV del Titulo Preliminar y del articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y sus modificatorias, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos, licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, los intereses y las sanciones respectos de los tributos que administren; Que, es politica de la actual gestion municipal establecer medidas y facilidades extraordinarias para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, dada la situacion y las dificultades de indole economica que atraviesan los vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, tomando en consideracion que existe voluntad de la poblacion de regularizar sus deudas de caracter tributario; Estando a lo dispuesto por el numeral 8 y 9 del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidad, Ley Nº 27972, debatido en el pleno del Concejo, con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta y con el MORDAZA mayoritario del pleno de regidores, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Concedase la condonacion de los intereses, moras y factor de ajuste de deudas tributarias acumuladas desde el ano 1996 hasta el 2003, por concepto de Arbitrios Municipales y Multas Administrativas en el 100%. Articulo 2º.- Concedase el beneficio tributario a las deudas acumuladas hasta el 2003, por concepto de Arbitrios Municipales, consistentes en: a. Por el pago al contado de los Arbitrios Municipales de los anos 2000 al 2003, se aplicara un descuento del 50% del insoluto para los anos 2000, 2001 y del 30 % del insoluto correspondiente a los anos 2002 y 2003, condonandose el pago de los Arbitrios Municipales de los anos 1996 a 1999. b. Por el pago fraccionado de los Arbitrios de los anos 2000 al 2003, se condonara el pago de los Arbitrios Municipales de los anos 1996 hasta 1999, adecuandose dicho Fraccionamiento al Reglamento establecido en la Ordenanza Nº 002-2004-MDSA del 20 de enero de 2004, con la aplicacion de los intereses previstos en el Articulo 33º del Codigo Tributario. c. Los contribuyentes que tengan Convenio de Fraccionamiento vigente a la fecha de la publicacion de la presente Ordenanza y que deseen acogerse a la presente Amnistia Tributaria deberan desistirse del Convenio de Fraccionamiento y efectuar el pago al contado.

Articulo 3º.- Concedase la condonacion del 50% del valor de las Multas Administrativas emitidas hasta el 30 de setiembre de 2004. Articulo 4º.- La presente Amnistia comprende las obligaciones tributarias que se encuentren en Cobranza Coactiva, debiendo abonar las costas procesales de S/. 16.00 (dieciseis con 00/100 nuevos soles) para aquellas que se encuentren en tramite de ejecucion y de S/. 64.00 (sesenticuatro con 00/100 nuevos soles) para las que se encuentren en MORDAZA de ejecucion. Articulo 5º.- Los administrados que deseen acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza y que tengan en tramite recursos de reclamacion referente a deudas tributarias, deberan previamente desistirse de su pretension, a efecto de acceder a los mismos. Articulo 6º.- Vencido el plazo de beneficio de condonacion y rebaja, se procedera a ejecutar la cobranza total de la deuda pendiente, incluyendose las sanciones tributarias, los intereses moratorios y el factor de ajuste, utilizando en los casos necesarios el procedimiento de cobranza coactiva. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 16 de octubre del presente ano. Articulo 8º.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 9º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica y Oficina de Ejecutoria Coactiva la correcta aplicacion y fiel cumplimiento de la presente ordenanza, a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Administracion y Subgerencia de Imagen Institucional la adecuada y oportuna difusion de la misma. Articulo 10º.- Facultese al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, regule la aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17700

Aprueban Reglamento para el Procedimiento de Internamiento y Liberacion de Vehiculos Menores en el Deposito Oficial de Vehiculos Menores del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2004-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 8 de septiembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: el Informe Nº 997-2004-SGOPT-GODU/ MDSA emitido por la Subgerencia de Obras Publicas y Transportes, debidamente refrendado por la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, mediante Informe Nº 2302004-GODU/MDSA; asi como el Memorandum Nº 0842004-GAJ-GG/MDSA, de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, entre las cuales esta la de organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos, locales de su responsabilidad, conforme lo establece el inciso 4) del Art. 192º de la Carta Magna Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre en el numeral 18.1) inciso a) articulo 18º establece la competencia de las Municipalidades Distritales en materia de transporte, que son: "En general, las que los Reglamentos Nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les senalen y en particu-

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