Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2004 (01/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, viernes 1 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso; Que, de otro lado, el articulo 20º de la Ley en mencion dispone que todas las exoneraciones deben ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; y, en ese mismo sentido, el Articulo 113º del Reglamento de la Ley establece que la resolucion que apruebe la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de alguna de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requiere obligatoriamente un informe tecnico - legal emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, y que dicho informe debe contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de acuerdo a lo indicado en el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios que se realicen por situacion de urgencia se encuentran exoneradas del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun el caso; Que, el concepto de situacion de urgencia ha sido desarrollado en el articulo 21º de la citada Ley, y, en el numeral 2 del articulo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, conforme a lo dispuesto en dichas normas, la exoneracion por causal de situacion de urgencia procede cuando se presenta un hecho de excepcion que ocasiona la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, comprometiendo en forma directa o inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas de la Entidad, lo que determina la necesidad de tomar una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, solo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion ha expuesto la justificacion tecnica de esta exoneracion, al indicar que las circunstancias extraordinarias que podrian producir de forma inminente la ausencia del servicio de aseo y limpieza para el SAT, se han originado debido a que hasta la fecha no se ha otorgado la buena pro del MORDAZA de seleccion previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT para la contratacion del servicio de aseo y limpieza por el periodo de un ano, cuya realizacion fuera encargada, mediante oficio de fecha 15 de enero de 2004, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el MORDAZA del Convenio de Gestion Interinstitucional suscrito entre el SAT y dicho Municipio; Que, a ese respecto, cabe precisar que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha informado que el Concurso Publico encargado fue declarado desierto en dos oportunidades, habiendose convocado con fecha 10 de setiembre de 2004 la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0016-2004-CE-CORP/ MML, en cuyo tramite la empresa SALINP S.A.C. formulo observaciones a las Bases, las cuales no fueron acogidas por el Comite Especial, por lo que se han elevado los actuados al CONSUCODE, para su pronunciamiento; Que, asimismo, se ha informado que el contrato suscrito con la empresa que en la actualidad provee del servicio de aseo y limpieza al SAT vence el dia 23 de setiembre de 2004; indicandose ademas que, teniendo en cuenta las funciones que realiza el SAT, de recaudacion de ingresos tributarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de cobro de papeletas por infracciones al Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros y al Reglamento Nacional de MORDAZA, prescindir del servicio de aseo y limpieza en sus locales alteraria el normal desarrollo de las actividades de la institucion, poniendo en riesgo la continuidad de los servicios esenciales que se brindan, toda vez que si los ambientes no mantienen la higiene necesaria se afectaria directamente la capacidad operativa instalada para la atencion al publico, lo que pondria en riesgo, ademas, las operaciones productivas del SAT; Que, en tal sentido, informa la Division de Logistica que la contratacion que se solicita exonerar de MORDAZA de selec-

cion, sera por un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias o hasta la fecha en que entre en vigencia el contrato que se derive de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0016-2004-CE-CORP/ MML, lo que ocurra primero; habiendose precisado que el monto a pagar por dicha contratacion es de S/.16,152.12 (Dieciseis Mil Ciento Cincuenta y Dos y 12/100 Nuevos Soles), suma que cuenta con disponibilidad presupuestal de la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 004-082-00000092, la Gerencia de Asuntos Legales opina que de acuerdo a lo senalado en el informe tecnico, procede la exoneracion para la contratacion del servicio de Aseo y Limpieza por la causal prevista en el articulo 19º, literal c), y en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme a lo expuesto, corresponde aprobar la exoneracion para la contratacion del servicio de Aseo y Limpieza, por la causal de situacion de urgencia, por un valor referencial MORDAZA de S/. 16,152.12 (Dieciseis Mil Ciento Cincuenta y Dos y 12/100 Nuevos Soles), equivalente al servicio a prestarse por un periodo de sesenta (60) dias, pudiendose reducir dicho plazo, y el monto a pagar por el mismo, en funcion a la fecha en que se suscriba el contrato que se derive de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0016-2004-CE-CORP/ MML; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion por causal de situacion de urgencia para la contratacion del servicio de Aseo y Limpieza por un plazo de sesenta (60) dias, y por un valor referencial de S/. 16,152.12 (Dieciseis Mil Ciento Cincuenta y Dos y 12/100 Nuevos Soles), incluido los tributos de Ley y todo concepto; precisandose que en caso se suscriba el contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 00162004-CE-CORP/MML MORDAZA de cumplirse dicho plazo, este se reducira hasta la fecha en que entre en vigencia el MORDAZA contrato, reduciendose proporcionalmente el monto a pagar. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado; asimismo, el MORDAZA de seleccion, Concurso Publico, que diera origen a la Adjudicacion Directa Selectiva referida en el articulo anterior, se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT del ano 2004. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 17503

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