Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2004 (01/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de octubre de 2004

la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, durante mas de veinte anos nuestro MORDAZA y en particular nuestra region han sufrido los hechos y consecuencias de la violencia politica, lo que ha ocasionado danos incalculables en la infraestructura productiva y vial, han sumido en la pobreza a los pueblos y a MORDAZA de personas en calidad de victimas y desplazados, han causado MORDAZA de muertos, desaparecidos, asesinados y torturados; Que, en cumplimiento del D.S. Nº 065-2001-PCM la Comision de la Verdad y Reconciliacion ha presentado al Estado Peruano y a la Sociedad Peruana su Informe Final, en el cual incluyen los testimonios recogidos en nuestra region, habiendo funcionado en MORDAZA y Tingo MORDAZA, oficinas de dicha Comision; Que, revisado el mencionado Informe, se puede apreciar los siguientes datos significativos respecto a la Region Huanuco: 1. Que, en el Capitulo IV, Acapite 4, se constata que la totalidad de provincias del departamento de MORDAZA han sido afectadas por violencia politica entre los anos 1980 al 2000; y que por la alta tasa de migracion producida, muchos habitantes sobre todo de distritos rurales de MORDAZA tienen la condicion de afectados por violencia politica en su condicion de familiares de muertos y/o desaparecidos, torturados, perseguidos o desplazados, a razon de haber sufrido afectacion en la MORDAZA del Alto Huallaga o zonas colindantes (Valle del MORDAZA, Tocache y Padre Abad), las que tambien fueron zonas de alta convulsion por violencia politica. 2. Vista la cifra de desaparecidos con identidad reportados a la CVR, constatamos que MORDAZA ocupa el MORDAZA lugar con 406 personas desaparecidas, luego de MORDAZA que tiene la cantidad de 813 reportados. No obstante que dicha cifra continua variando, habiendo la posibilidad de incremento mayor. Asimismo, cabe mencionar que la cifra real de desaparecidos en la region podria ser de 5,000 personas aproximadamente. (Ver anexo "Iniciativa Sobre Personas Desaparecidas" del Informe Final CVR). 3. Ocupamos el tercer lugar en numero de muertos y desaparecidos con la cantidad de 2,350 victimas fatales, habiendo sido superados sin MORDAZA diferencia por la Region MORDAZA que ocupa el MORDAZA lugar con 2,565 y el primer lugar por MORDAZA con 10,661 victimas. 4. Segun el calculo de la CVR, aplicando la tecnica de "Estimacion de Multiples Sistemas" (EMS), la proyeccion de cifra global entre muertos y desaparecidos en la region MORDAZA podria llegar a 6,815 victimas (cifra de victimas identificadas multiplicada por 2,9). (Ver Anexo 2 del informe CVR: Estimacion del Total de Victimas). Sin embargo en el caso de la Region MORDAZA dicha cifra podria ser mayor, considerando que la region MORDAZA no ha contado con la cantidad necesaria de entrevistadores para el recojo de testimonios CVR como si lo ha tenido la Region MORDAZA (Dicha Sede Regional ha tenido aproximadamente el triple de inversion para el recojo de testimonios y la Region Nor Oriental CVR ha tenido que atender los Departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali y parte de MORDAZA con dicha inversion menor). Que, dicha afectacion grave por Violencia Politica es corroborada por el Censo Por la Paz impulsada por el entonces PROMUDEH, hoy MIMDES, quienes a traves del Programa de Apoyo al Redoblamiento, en una primera y MORDAZA etapa arrojaron la condicion de nuestra region como MORDAZA en afectacion por violencia politica a nivel nacional. Que, la Asociacion Juridica Pro Dignidad Humana, ha realizado un calculo del numero de Familias Afectadas por Violencia Politica en la Provincia de MORDAZA, la misma que reporta un aproximado de 15,000 familias, la que multiplicada por el numero promedio de miembros por familia (05 personas), arroja la cantidad de 75,000 personas. Asimismo, el calculo moderado del numero de familias afectadas por violencia politica a nivel Regional ascenderia a 60,000 familias, lo que significa una poblacion aproximada de 300,000 habitantes afectados por violencia politica, los que se encuentran en condiciones de exclusion social frente a la gestion gubernamental nacional, regional y de gobiernos locales. Considerese fa-

milia afectada por violencia politica a aquella cuyo alguno o mas de sus miembros MORDAZA muerto, desaparecido, o MORDAZA sido torturado, privado de su MORDAZA, o dicha familia MORDAZA sufrido desplazamiento forzado o MORDAZA sufrido vejamenes en la misma MORDAZA convulsionada. Que a nivel regional se constata el auge de organizaciones de afectados por violencia politica, las que en numero de 13 aproximadamente realizan esfuerzos por ser atendidos por entidades del Estado y gobiernos locales, existiendo un vacio legal en las instituciones para poder canalizar sus demandas, exigencias y reclamos; por lo que urge un pronunciamiento oficial al respecto. Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 44º de la Constitucion, uno de los deberes primordiales del Estado es garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, como expresion de la supremacia de la persona humana, fin y objeto de todo el sistema democratico; Que, el Presidente de la Republica mediante Ley Nº 28223, promulgada el 19 de los corrientes ha emitido la Ley Sobre los Desplazamientos Internos, la misma que reconoce con estatus juridico a los desplazados a raiz del conflicto armado interno que ha vivido nuestro pais. Especificamente, el articulo 19 de dicha MORDAZA legal estipula que "...los gobiernos Regionales y las Municipalidades adecuaran sus competencias y presupuestos al reconocimiento de derechos y aplicacion de beneficios establecidos en la presente ley. Dentro de las competencias exclusivas, los Gobiernos Regionales y sus atribuciones, las Municipalidades, deben incluir de manera sistematica la atencion a las necesidades de los desplazados y al restablecimiento de sus derechos basicos"; Que, el Art. 4º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece la finalidad de los Gobiernos Regionales en los siguientes terminos: "Los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, la mencionada Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Art. 8º establece dentro de los principios rectores de la Politica y Gestion Regional, la Inclusion a traves de la cual el Gobierno Regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno, dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ambito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriendose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones tambien buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion, Asi como tambien la Equidad que establece que las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestion regional. La gestion regional promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y la identificacion de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial por la gestion regional; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 15º Inc. a), 38º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNANIMIDAD en Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENA: Articulo 1º.- RECONOCER como grave el MORDAZA de violencia politica vivido en la Region MORDAZA, que ha ocasionado danos incalculables en la infraestructura productiva y vial, ha sumido en la pobreza a pueblos enteros y a MORDAZA de familias y personas en calidad de victimas o familiares de estas, ha causado MORDAZA de muertos, desaparecidos, torturados; los que ha generado graves secuelas en los habitantes en los ultimos veinte anos. Articulo 2º.- DECLARAR a los afectados por violencia politica como sector social que vive las graves secuelas por violencia politica aun no resueltas, y por lo tanto ser considerado entre los sectores prioritarios a ser atendidos en sus justas demandas.

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