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PÆg. 277642 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 2004 peñó como encargado de la Jefatura de la Unidad Perso- nal de la Dirección Regional Sectorial de Transportes, Co-municaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali; Que, de los antecedentes se colige que los ex funciona- rios Víctor Arévalo Ríos - ex Director de Administración, y MarcoPérez Bardales, ex Director de Planificación y Presupuesto visaron la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 163- 2002-CTARU-DRSTCVCU, de fecha 5 de julio del 2002, sus-crita por el Sr. Mauro Arístides Ollague Cáceres, ex DirectorRegional Sectorial de Transportes, Comunicaciones, Vivienday Construcción de Ucayali. De igual manera los ex funciona-rios: Marco Pérez Bardales, ex Director de Planificación y Pre- supuesto, y Rosa Elena Court Tarazona, ex Directora de Ad- ministración, visaron la Resolución Directoral Regional Secto-rial Nº 345-2002-CTARU-DRSTCVCU, de fecha 10 de diciem-bre del 2002, la cual fue suscrita por el Sr. Nilo Vicente Cho-que Antonio - ex Director Regional Sectorial de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali; Que, al respecto se advierte que las Resoluciones pre- citadas, se emitieron contraviniendo la normatividad legal,siendo éstas: El Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, Decreto Ley Nº 11377 - Estatuto y Escalafón del Ser-vicio Civil, Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Toda vezque la encargatura de puesto y funciones sólo procede conun Trabajador de la Administración Pública (TAP), en con-dición de nombrado y dentro de su sector o institución, siem-pre y cuando la plaza a encargarse esta vacante y presu- puestada, a efectos de que se proceda con el pago dife- rencial por encargatura, cuando éste sea mayor de 30 días; Que, mediante Informe Nº 029-2003-GRU-DRSTCU- DR-CEPAD, la Comisión de Procesos Administrativos dela Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comuni-caciones de Ucayali, se pronuncia por la apertura de Pro- ceso Administrativo Disciplinario contra los ex funciona- rios: Víctor Arévalo Ríos - ex Director de Administración,Marco Antonio Pérez Bardales, ex Director de Planifica-ción y Presupuesto, y Rosa Elena Court Tarazona, ex Di-rectora de Administración; Que, con Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 002- 2004-GR Ucayali-DRSTC-DR de fecha 7 de enero del 2004, se resuelve instaurar Proceso Administrativo Disciplinariocontra los ex funcionarios: Víctor Andrés Arévalo Ríos - exDirector de Administración y Marco Pérez Bardales, ex Di-rector de Planificación y Presupuesto; y Rosa Elena CourtTarazona, ex Directora de Administración; asimismo en su artículo cuarto, señala remitir los actuados a la Comisión Es- pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobier-no Regional de Ucayali, a fin de que se pronuncie en cuanto ala responsabilidad administrativa respecto a los señores:Mauro Arístides Ollague Cáceres - ex Director Regional Sec-torial de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción de Ucayali, Nivel F-5 y Nilo Vicente Choque Antonio - ex Director Regional Sectorial de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción de Ucayali, Nivel F-5; Que, con Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 0049-2003-GR Ucayali-DRSTC-DR de fecha 18 de febrerodel 2004, se resuelve Imponer la Sanción Disciplinaria de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones por noventa días al Sr. Marco Antonio Pérez Bardales, ex Director dePlanificación y Presupuesto de la Dirección Regional Sec-torial de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-trucción de Ucayali; Sanción Disciplinaria de Cese Tempo-ral sin Goce de Remuneraciones por treinta y un días al Sr. Víctor Andrés Arévalo Ríos - ex Director de Administración de la Dirección Regional Sectorial de Transportes, Comu-nicaciones, Vivienda y Construcción de Ucayali y sancióndisciplinaria de Amonestación Escrita a la Sra. Rosa ElenaCourt Tarazona, ex Directora de Administración de la Di-rección Regional Sectorial de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción de Ucayali; Que, los ex funcionarios: Mauro Arístides Ollague Cá- ceres y Nilo Vicente Choque Antonio - ex Directores Re-gionales Sectoriales de Transportes, Comunicaciones, Vi-vienda y Construcción de Ucayali, Niveles F-5, han omiti-do sus obligaciones previstas en los incisos: a) “Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el ser- vicio público” y b) Conocer y exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeño”, co-rrespondientes al Art. 21º del D.Leg. Nº 276 Ley de Basesde la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público; pudiendo quedar incurso en las faltas de ca-rácter disciplinarias señaladas en los Incisos: a) “El Incum- plimiento de las normas establecidas en la presente Ley ysu Reglamento” y d) “Las demás que señale la Ley”; del Art. 28º del D. Leg. Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, de acuerdo a lo previsto en el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM, “Reglamento de la Ley de Bases de la Ca-rrera Administrativa”, se considera falta disciplinaria a todaacción u omisión voluntaria o no, que contravenga las obli-gaciones, prohibiciones y demás normatividad específica sobre los deberes de servidores y funcionarios, estableci- dos en el Artículo 28º y otros de la “Ley” y el Reglamento; Que, el Artículo 163º del acotado Decreto Supremo señala que el servidor público que incurre en falta de ca-rácter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal decese temporal o destitución, será sometido a proceso ad- ministrativo disciplinario que no excederá de treinta (30) días hábiles improrrogables; Que, según el Art. 166º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, refiere que la Comisión Especial de Procesos Ad-ministrativos Disciplinarios tiene facultad de calificar de-nuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la pro- cedencia de Aperturar Proceso Administrativo; En uso de la facultad conferida por la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27444 -Ley delProcedimiento Administrativo General; Decreto LegislativoNº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remu-neraciones del Sector Público y del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Resolución Ejecutiva Regional Nº 0633-2003-GRU-P; Resolución Ejecutiva Regional Nº 0775-2003-GRU-P - Reglamento Interno Único de Procesos AdministrativosDisciplinarios del Gobierno Regional de Ucayali; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Administra- tivo Disciplinario contra el Sr. MAURO ARÍSTIDES OLLA- GUE CACERES - ex Director Regional Sectorial de Trans-portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Uca-yali, Nivel F-5, por los cargos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- APERTURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario contra el Sr. NILO VICENTE CHOQUE ANTONIO - ex Director Regional Sectorial de Transportesy Comunicaciones, Nivel F-5, por los cargos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER conforme a lo estable- cido en el artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, que los cargos contenidos en la presente Resolu- ción sean puestos de conocimiento oportuno de los proce-sados, a fin de que puedan hacer efectivo su derecho a ladefensa, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 169ºdel dispositivo legal antes aludido. Regístrese y comuníquese. JOSÉ E. LLONTOP VIGIL Gerente General 17731 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Rechazan modificaciones realizadas al ˝ndice de Distribución del Canon Hi- droenergØtico, minero y otros que afec- tan el Presupuesto para el aæo 2004 dela MML ACUERDO DE CONCEJO Nº 274 Lima, 23 de septiembre de 2004