Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2004 (02/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 2 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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metida a una evaluacion de desempeno. Los gobiernos regionales incorporaran a sus programas de accion mecanismos concretos para la rendicion de cuentas a la ciudadania sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestion. La Audiencia Publica sera una de ellas. Los titulares de la administracion publica regional son gestores de los intereses de la colectividad y estan sometidos a las responsabilidades que la Ley establezca; Que, la mencionada Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 24º senala que "El Gobierno Regional realizara como minimo dos Audiencias Publicas Regionales al ano, una en la capital de la region y otra en una provincia, en las que MORDAZA cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo"; Que, para la mejor realizacion de las Audiencias Publicas de Rendicion de Cuentas, es necesario contar con un Reglamento que establezca la pautas y los mecanismos a seguir en las Audiencias Publicas Regionales que llevara a cabo el Gobierno Regional del Callao, para promover y facilitar la participacion democratica y responsable de las instituciones publicas, privadas; asi como la de los ciudadanos de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao conceptualiza el MORDAZA de Descentralizacion como una oportunidad para incrementar la calidad de la relacion entre la autoridad y la poblacion y estrechar el vinculo entre el Estado y la sociedad civil. Se trata de un desafio que compromete los aportes de actores publicos y privados empenados en el fortalecimiento de la democracia; Que, tal como se establece en el inciso a) del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902- es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo al Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general. La organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesion Extraordinaria de fecha 15 de diciembre del 2003 y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento de las Audiencias Publicas Regionales del Callao" que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulacion de la Region. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional de la Region Callao, a los quince dias del mes de diciembre del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA HUBY Vicepresidente del Consejo Regional REGLAMENTO DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS REGIONALES DEL CALLAO I. FINALIDAD El presente Reglamento establece las pautas y los mecanismos a seguir en las Audiencias Publicas Regionales que llevara a cabo el Gobierno Regional del Callao, para promover y facilitar la participacion democratica y res-

ponsable de las instituciones publicas, privadas; asi como la de los ciudadanos del Callao. II. OBJETIVO Las Audiencias Publicas Regionales, buscan que el Gobierno Regional del Callao informe a la ciudadania sobre los logros y avances alcanzados durante el periodo enero - noviembre del ano 2003, mediante estas Audiencias las autoridades fortalecen el vinculo de representacion que se genera en toda eleccion democratica y Constituye una modalidad por la cual los ciudadanos ejercen su derecho de participar en el control de la gestion publica. III. BASE LEGAL - Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales". - Ley Nº 27902 "Ley que Modifica la Ley Organica de Gobiernos Regionales". - Ley Nº 27444 " Ley del Procedimiento Administrativo General". - Ley Nº27806 "Ley Transparencia y Acceso a la Informacion Publica". - Ordenanza Regional Nº 002-2003-CR/RC "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Region Callao". IV. NUMERO DE AUDIENCIAS PUBLICAS Articulo 1º.- El Gobierno Regional realizara como minimo dos (2) Audiencias Publicas Regionales en concordancia con el art. 24° de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. V. CONTENIDO DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS REGIONALES Articulo 2º.- En las Audiencias Publicas Regionales, el Gobierno Regional MORDAZA cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo en los temas de Organizacion, Gestion Regional, Metas y Logros Alcanzados y principales acciones ejecutadas al mes de noviembre del presente ano, informacion que se desagregara en las diferentes materias que senala la Ley de Gobiernos Regionales. VI. PARTICIPANTES Articulo 3º.- La participacion en Las Audiencias Publicas Regionales es libre y democratica, pueden acudir a MORDAZA todos aquellos ciudadanos interesados en participar, debidamente identificados, con documentos de Identidad expedidos en la Provincia Constitucional del Callao, asi como Organizaciones de la Sociedad Civil y otras que se encuentren inscritos en los Registros Publicos de Callao. VII. CONVOCATORIA Articulo 4º.- La convocatoria a las Audiencias Publicas Regionales sera efectuado por el Presidente Regional a traves de los principales medios de difusion de la Region. VIII. DE LAS INSCRIPCIONES DE LOS PARTICIPANTES Articulo 5º.- La convocatoria para las inscripciones de los ciudadanos que deseen participar, asi como; las Organizaciones de la Sociedad Civil publicas y privadas se realizara con cinco (5) dias de anticipacion utilizando los diversos medios de comunicacion. La inscripcion de los Participantes, se inicia el siguiente dia de publicada la Convocatoria en horario de oficina y terminara un dia MORDAZA de la Audiencia, para lo cual el Gobierno Regional abrira dos libros de inscripcion, uno en el local Institucional ubicado en MORDAZA MORDAZA II Nº 140 y en el local de CENFOCAE Av. MORDAZA Faucett Nº 3970. En dichos libros se inscribiran los que deseen participar en las Audiencias. Solo podran participar en las Audiencias, los ciudadanos y Organizaciones de la Sociedad Civil inscritos en los libros que para tal fin abrira el Gobierno Regional del Callao.

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