Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (02/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 277630 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el postor SEGRES SYSTEC S.A.,de fecha 10 de setiembre del 2004, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Rec- toral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentrode los cinco (5) días siguientes a su expedición. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General notifi- que la presente Resolución a los interesados. Regístrese, comuníquese y archívese. ROBERTO MORALES MORALES Rector JORGE H. RUIZ BOTTO Secretario General 17672 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Aprueban la Directiva "Procedimientos Administrativos sobre Registro de Pro-yectos Editoriales, Reintegro Tributarioy CrØdito Tributario por Reinversión" RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 163-2004-BNP Lima, 29 de septiembre de 2004 EL SEÑOR DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ VISTO, el Informe Nº 171-2004-BNP/ODT, por el cual la Oficina de Desarrollo Técnico de esta entidad, eleva a laDirección Nacional la Directiva Nº 010-2004-BNP/ODT denominada "Procedimientos Administrativos sobre el Re- gistro de Proyectos Editoriales, Reintegro Tributario y Cré-dito Tributario por Reinversión", creados por la Ley de De-mocratización del Libro y de Fomento de la Lectura; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú tiene por finalidad facilitar y promover a todos los peruanos el acceso a lacultura, mediante los recursos bibliográficos, hemerográ-ficos y documentales, de conformidad con lo establecidoen el artículo 15º de la Ley Orgánica del Ministerio de Edu- cación - Decreto Ley Nº 25762; y, uno de sus objetivos es impulsar el desarrollo de políticas de promoción del libro yla lectura, así como el apoyo a la producción intelectual delos peruanos, la edición y difusión de sus obras, en con-cordancia con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 8º desu Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; Que, mediante el artículo 7º de la Ley de Democratiza- ción del Libro y de Fomento de la Lectura - Ley Nº 28086,se ha creado el Registro de Proyectos Editoriales en laBiblioteca Nacional del Perú, estableciéndose que el regis-tro de los mismos, constituye un requisito obligatorio para que el editor goce de los beneficios que establece dicha Ley y su Reglamento; Que, en el marco del procedimiento de registro de proyectos editoriales, es responsabilidad de la Bibliote-ca Nacional, verificar que el Proyecto Editorial presen-tado contenga Libro(s) y/o Producto(s) Editorial(es) Afin(es), conforme a la definición de los mismos conte- nidos en los numerales 25. y 30. del artículo 5º de la Leyantes indicada, en concordancia con lo establecido enel artículo 5º de su Reglamento; lo cual implica, la califica- ción del carácter científico, artístico o literario de losconocimientos, opiniones, experiencias y/o creacionesque el autor pretende comunicar a través de un Libro,así como la calificación del estricto carácter científico,educativo o cultural del contenido de los Productos Edi- toriales Afines, en concordancia con lo establecido en el inciso f) del artículo 23º del Reglamento de la Ley deDemocratización del Libro y de Fomento de la Lectura,aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2004-ED; y, queno se traten de catálogos informativos y comerciales nobibliográficos, publicaciones que contengan horóscopos, fotonovelas, modas, juegos de azar y las publicaciones pornográficas y sucedáneos, en concordancia con loestablecido en el artículo 4º del mismo Reglamento; Que, asimismo en la Ley de Democratización del Li- bro y de Fomento de la Lectura, Ley Nº 28086, se esta-blece como una de las Medidas de Promoción e Incenti- vos el Crédito Tributario por Reinversión equivalente a la tasa del Impuesto a la Renta vigente, aplicable sobre elmonto reinvertido a favor de: a) empresas constituidascomo personas jurídicas domiciliadas en el país, que ten-gan a su cargo la industria editorial en todas sus fases,así como la circulación del libro y productos editoriales afines; b) empresas cuya actividad exclusiva es la edi- ción, comercialización, exportación, importación o dis-tribución de libros y productos editoriales afines; y, c)empresas que ofrecen servicios de preprensa y las dela industria gráfica, siempre que participen en la realiza-ción de proyectos editoriales amparados por dicha ley, siempre que dichas empresas reinviertan su renta neta imponible en bienes y servicios para el desarrollo de supropia actividad o en el establecimiento de otras empre-sas de estos rubros, de conformidad con lo establecidoen sus artículos 17º y 18º; Que, en el Reglamento de la Ley antes indicada, aproba- da por Decreto Supremo Nº 008-2004-ED, se establece que las empresas antes referidas podrán gozar de dichoCrédito Tributario, siempre que cuenten con una Constanciade Ejecución del Programa de Reinversión emitida por laBiblioteca Nacional del Perú, señalándose diversos requi-sitos que deberá contener dicho Programa y facultándose a la Biblioteca Nacional del Perú, para efectuar la verifica- ción de los bienes y servicios adquiridos y el monto de lainversión ejecutada al amparo del Programa, en concor-dancia con lo establecido en sus artículos 27º, 33º y 34º; Que, otra de las Medidas de Promoción e Incentivos previstas en la Ley de Democratización del Libro y de Fo- mento de la Lectura - Ley Nº 28086, consiste en el Reinte- gro Tributario equivalente al IGV correspondiente a las ad-quisiciones e importaciones de bienes de capital, materiaprima, insumos, servicios de preprensa electrónica y ser-vicios gráficos, a favor de los editores de libros, siempreque dichas adquisiciones e importaciones estén destina- das a la realización del Proyecto Editorial, previamente re- gistrado en la Biblioteca Nacional del Perú, en concordan-cia con lo establecido en sus artículos 7º y 20º; Que, respecto al Reintegro Tributario referido preceden- temente, el Reglamento de la Ley antes citada, estableceque el editor podrá gozar de dicho beneficio siempre que cuente con un certificado de que las adquisiciones e im- portaciones antes indicadas han sido utilizadas en la reali-zación del Proyecto Editorial emitido por la Biblioteca Na-cional del Perú, previo cumplimiento de los requisitos ycondiciones señalados en la Ley y su Reglamento, en con-cordancia con lo dispuesto en los artículos 37º, 39º al 41º de dicho Reglamento; Que, la autonomía administrativa de la Biblioteca Na- cional del Perú, como Organismo Público Descentralizado,supone la facultad de organizarse internamente, determi-nar y reglamentar los servicios públicos de su responsabi-lidad y en ese sentido, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 097-2004-BNP de fecha 1 de junio de 2004, se asignó a la Dirección Técnica de la Biblioteca Nacionaldel Perú las funciones correspondientes al Registro de Pro-yectos Editoriales creado por Ley Nº 28086; Que, asimismo mediante Resolución Directoral Nacio- nal Nº 103-2004-BNP, se constituyó una Comisión Consulti- va para aquellos casos en los que el Registro de Proyec- tos Editoriales requiera opinión especial para la califica-ción de los proyectos y productos editoriales presentadospara su registro; y, mediante Resolución Directoral Nacio-