Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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cutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, correspondiente al ejercicio presupuestal de 2004; Que, a traves del Informe Nº 038-2004-MIMDES/DGA, la Direccion General de Administracion solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones MORDAZA referido, a efectos de aprobar la inclusion de los procesos de seleccion para la contratacion del servicio de Toma de Inventario Fisico de Bienes Muebles y la adquisicion de equipos de computo; asi como la exclusion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de Preparacion y Atencion de Refrigerios; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, concordado con el numeral 7 de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE - Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, toda modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sea por inclusion o exclusion, de una licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, o por el organo o funcionario en el que se le MORDAZA delegado la competencia para la aprobacion del citado Plan Anual; Que, mediante el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 276-2003-MIMDES, entre otros, se delego en el Director General de Planeamiento la facultad de aprobar y modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio; Con las visaciones de la Direccion General de Asesoria Juridica, de la Direccion General de Administracion, y de la Oficina de Logistica de la Direccion General de Administracion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2004; en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES; en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MIMDES y modificado por Decreto Supremo Nº 0132002-MIMDES; y, En uso de las facultades conferidas por Resolucion Ministerial Nº 276-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2004, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 001-2004-MIMDES-DGP, incluyendose en el mismo los procesos de seleccion correspondientes, conforme al detalle consignado en el Anexo 01 - INCLUSION DE PROCESOS DE SELECCION, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2004, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 001-2004-MIMDES-DGP, excluyendose en el mismo el MORDAZA de seleccion correspondiente, conforme al detalle consignado en el Anexo 02 - EXCLUSION DE PROCESOS DE SELECCION, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de diez (10) dias habiles, contados a partir de su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el articulo 7º del Regla-

mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. BERETTA MORDAZA Director General de Planeamiento (e) 17894

PRODUCE
Declaran fundada apelacion interpuesta contra la R.D. Nº 1832001-PRODUCE/DNEPP referente a permiso de pesca
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 022-2004-PRODUCE/DVM-PE MORDAZA, 17 de setiembre del 2004 Visto los Cargos Nºs. 1542-2004-PRODUCE/DVM-PE y 1886-2004-PRODUCE/DVM-PE; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Viceministerial Nº 067-2001PE de fecha 30 de octubre de 2001, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 183-2001-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de agosto de 2001, debido a que el administrado no cumplio con presentar los requisitos exigidos para acceder al permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera JABET dentro de los alcances de la Ley Nº 26920 y demas normas complementarias, dentro de plazo establecido por el Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; Que mediante Resolucion numero ocho de fecha 20 de junio de 2002, el Primer Juzgado Corporativo Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) sobre impugnacion de Resolucion Administrativa, en consecuencia nula y sin efecto alguno la Resolucion Viceministerial Nº 067-2001-PE, ordenando que la autoridad administrativa cumpla con expedir nueva resolucion; posteriormente mediante Resolucion numero seis de fecha 25 de agosto de 2003, la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, confirmo la sentencia apelada; finalmente mediante Resolucion de fecha 2 de marzo de 2004, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, declaro improcedente el recurso de casacion interpuesto por el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Produccion contra la sentencia de mencionada Sala Especializada; Que el primer parrafo del articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y a dar cumplimiento, entre otras, a las decisiones judiciales, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala; Que ademas el plazo para que los armadores de embarcaciones comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 26920, que no lograron acreditar dentro del plazo establecido los requisitos para obtener el permiso de pesca correspondiente, fue MORDAZA mediante el Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE de fecha 11 de octubre de 2002 y la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE de fecha 22 de octubre de 2002, es decir en fecha posterior a la emision de la referida Resolucion Viceministerial de fechas 30 de octubre de 2001 y la Resolucion Directoral

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