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Pág. 277788 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 2004 i :Es la tasa de interés nominal anual resultante del procedimiento de colocación. n :Es el número de pago de cupones que el emisor realizará en cada año de vigencia de la emisión. Siguiendo los criterios de estandarización detallados en la Resolución CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 para el cómputo de los intereses corridos se aplicará el criterio de “Intereses Vencidos”, es decir el cómputo del primer pagoexcluirá la fecha de emisión e incluirá a la fecha de venci- miento. Asimismo, para los sucesivos pagos de intereses, el cómputo excluirá la fecha de vencimiento del cupón an- terior e incluirá la correspondiente fecha de vencimiento. Redención del Pr incipal La totalidad del principal reajustado de los bonos VAC se amortizará en un solo pago, en la fecha de vencimiento del bono. La fórmula a utilizarse para el reajuste del princi- pal de los bonos será: V x ( r ) En donde:V : Valor Nominal del Bono.r : Factor de Reajuste = Índice de cierre Índice de origen El índice de origen es el “Indice de Reajuste Diario (IRD)” correspondiente a la fecha de emisión; y el índice de cierre es “Indice de Reajuste Diario (IRD)” correspondiente a lafecha de vencimiento del semestre respectivo. El IRD es el publicado por el Banco Central de Reserva del Perú, para el cálculo del valor adquisitivo constante (“VAC”), en el Diario Oficial El Peruano. El cálculo del factor a aplicar al principal de los bonos para efectos del pago a los titulares de los bonos se debe- rá realizar considerando un mínimo de ocho (8) decimales en cada una de las operaciones. El factor final así calcula- do será redondeado a un mínimo de ocho (8) decimales. 17947 ENERGÍA Y MINAS Incluyen a empresa en alcances de be- neficio otorgado mediante la R.M.Nº 221-2004-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 376-2004-MEM/DM Lima, 1 de octubre de 2004 VISTO: el Expediente Nº 1484574, de fecha 12 de agos- to de 2004, formulado por las empresas Occidental Petro-lera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, Talismán (Perú) Ltd., Sucursal Peruana y Amerada Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú, solicitando incluir a estas dos últimas empresas como beneficiarias de la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuestos de Promoción Municipal yde cualquier otro Impuesto de Consumo que les sean apli- cables en su calidad de titulares del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 64, beneficio que le fue concedido a la empresa Occi- dental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, median- te Resolución Ministerial Nº 221-2004-MEM/DM del 31 de mayo de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 221-2004- MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas aprobó la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorga a la empre-sa Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú,el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuestos de Promoción Municipal y de cual- quier otro Impuesto de Consumo que le sea aplicable ensu calidad de titular del Contrato de Licencia para la Explo- ración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 64; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2004-EM, se autorizó la Modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 64, en el sentido que la empresa Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú, cedió el 50 % de su participaciónen el referido Contrato a favor de las empresas Talismán (Perú) Ltd., Sucursal Peruana y Amerada Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú, en razón del 25% de su participación a cada una de ellas; Que, con fecha 9 de agosto de 2004, fue suscrita la Modificación del Contrato a que se refiere en el conside- rando precedente; Que, por efectos de la cesión de posición contractual por parte de la empresa Occidental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú a las empresas Talismán (Perú) Ltd., Su- cursal Peruana y Amerada Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú, éstas deberán ser incluidas dentro del beneficio otor-gado a través de la Resolución Ministerial Nº 221-2004- MEM/DM; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía y de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; De, conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 26221 y Nº 27624, así como el Decreto Supremo Nº 083-2002- EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir a las empresas Talismán (Perú) Ltd., Sucursal Peruana y Amerada Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú dentro del beneficio otorgado a la empresa Occi- dental Petrolera del Perú, Inc., Sucursal del Perú mediante Resolución Ministerial Nº 221-2004-MEM/DM, en su cali- dad de titulares del Contrato de Licencia para la Explora-ción y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 64. Artículo 2º.- Precisar que el beneficio a que refiere el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial es aplica- ble para Talismán (Perú) Ltd., Sucursal Peruana y Amera- da Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú desde el 9 de agosto de 2004, fecha de suscripción de la Modificación del Con- trato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hi-drocarburos en el Lote 64. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Ministe- rial a las empresas Occidental Petrolera del Perú, Inc., Su- cursal del Perú; Talismán (Perú) Ltd., Sucursal Peruana; Amerada Hess Perú, Inc., Sucursal del Perú; PERUPETROS.A. y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 17892 Exoneran de concurso público la con- tratación de experto para la solución decontroversias suscitadas con el Consor-cio Transmantaro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 377-2004-MEM/DM Lima, 1 de octubre de 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 986-2004-MEM/DGE, el Informe Técnico MEM/DGE Nº 068-2004 de fecha 15 de septiem-bre de 2004, el Informe Legal Nº 010-2004/MEM-DGE, de fecha 15 de septiembre de 2004, mediante los cuales la Dirección General de Electricidad solicita la contratación