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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (06/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 277789 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de octubre de 2004 de un Experto mediante el procedimiento previsto en el ar- tículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM; el Informe Técnico Nº 035-2004- MEM-OGA-ABA, de fecha 28 de septiembre de 2004 y el Informe Legal Nº 347-2004-MEM-OGAJ, de la misma fe- cha, los que opinan favorablemente con relación a la solici- tud planteada por la Dirección General de Electricidad a fin de que el Ministerio de Energía y Minas se exonere del proceso de Concurso Público para la contratación del ser-vicio de un Experto independiente para la solución de una controversia entre el Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Transmantaro S.A. (en adelante, Consorcio Transmantaro), cuando para dicha contratación se tiene en cuenta como requisito esencial la persona del locador, deconformidad con lo establecido por el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, con Memorando Nº 986-2004-MEM/DGE, el Ing. Jorge Aguinaga Díaz, Director General de Electricidad, in- forma que el Estado Peruano actuando a través del Minis- terio de Energía y Minas, autorizado para tal efecto me- diante la Resolución Ministerial Nº 321-2004-MEM/DM, yel Consorcio Transmantaro, han decidido de mutuo acuer- do seleccionar al Ing. Carlos Manuel Bastos, para efectos de la solución de controversias pendientes entre ambas partes y que están relacionadas al Contrato BOOT para el Diseño, Suministro de Bienes y Servicios, Construcción y Explotación del Sistema de Transmisión Mantaro - Soca- baya; Que, las controversias a que se hace alusión en el pá- rrafo anterior, están vinculadas a la Mensualización de la Tarifa y a la Aplicación del Índice de Reajuste; por lo que según lo acordado por el Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Transmantaro; dichas controversias son califi-cadas como técnicas; y, en consecuencia en el marco del Contrato de Concesión, deben ser sometidas a la decisión de un Experto, aceptado de común acuerdo por las partes; Que, la contratación del referido Experto, se encuentra sustentada en los alcances del Protocolo que forma parte como Anexo 1º de la Addenda Nº 4 realizada al Contrato BOOT firmado entre el Ministerio de Energía y Minas yConsorcio Transmantaro, la misma que ha sido autorizada mediante la Resolución Ministerial Nº 321-2004-MEM/DM; y, en los alcances de los Informes Técnico MEM/DGE Nº 065-2004 y el Informe Legal Nº 010-2004-MEM/DGE, los mismos que dan cuenta de la necesidad de efectuar lacontratación del referido Experto que, en el marco del con- trato BOOT, de solución a la controversia suscitada entre las partes de dicho Contrato; Que, en consecuencia, es necesario contar con el ser- vicio de un Experto especializado en el Sector Energía, a efectos de que brinde solución a las controversias técni- cas suscitadas entre el Ministerio de Energía y Minas y elConsorcio Transmantaro en el marco del Contrato BOOT al que se hace referencia en los considerandos de esta Resolución; Que, el Ing. Carlos Manuel Bastos, es un profesional especializado en Economía de la Energía y que cuenta conamplia experiencia en los sectores de energía, hidrocarbu- ros, transportes, comunicaciones y obras públicas, habien- do prestado asesoría especializada dirigida a empresas y entidades públicas y privadas, razón por la cual resulta con- veniente la contratación de los servicios del referido profe- sional, a fin de que en su calidad de Experto independiente procure la solución de las controversias técnicas suscita-das entre el Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Transmantaro; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en concordancia con elliteral h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; señala que se encuentran exonerados del respectivo proceso de se- lección los contratos de locación de servicios, celebradoscon personas naturales o jurídicas, cuando para dicha con- tratación se haya tenido como requisito esencial a la per- sona del locador, ya sea por sus características inheren-tes, particulares o especiales o por su determinada cali- dad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, en función a la solicitud efectuada mediante Me- morándum Nº 986-2004-MEM-DGE por la Dirección Ge- neral de Electricidad, la misma que se sustenta en los al- cances del Informe Técnico MEM/DGE Nº 065-2004 y el Informe Legal Nº 010-2004-MEM/DGE; tanto la Oficina deAbastecimiento del Ministerio de Energía y Minas median- te el Informe Técnico Nº 035-2004-MEM-OGA-ABA, así como la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 347-2004-MEM-OGAJ, han opinado fa- vorablemente sobre el requerimiento de contratar los ser-vicios de un Experto independiente para la solución de controversias entre el Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Transmantaro, contratación que recaerá en la persona del Ing. Carlos Manuel Bastos, profesional espe- cializado en Economía de la Energía, con amplia experien- cia en los sectores de energía, hidrocarburos, transportes, comunicaciones y obras públicas; al amparo del literal h)del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; siendo procedente la exoneración del proceso de Concurso Público a dicha contratación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 025-2003-EM, que aprueba el Reglamento de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; y, el artícu- lo 113º de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar, al Ministerio de Energía y Mi- nas del proceso de Concurso Público para la contratación del Ing. Carlos Manuel Bastos, como Experto Independiente para la solución de las controversias suscitadas entre el Ministerio de Energía y Minas y el Consorcio Transmanta- ro mencionadas en la parte considerativa de la presente Resolución, disponiendo que la misma sea realizada me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- La contratación a la que se refiere el artí- culo precedente será realizada por la Oficina de Abasteci- mientos de la Oficina General de Administración del Minis- terio de Energía y Minas, por un valor referencial de hasta por S/. 211 176,00 (Doscientos Once Mil Ciento Setenta ySeis y 00/100 Nuevos Soles), incluido Impuestos, por el período de hasta 90 días, con cargo a la Fuente de Finan- ciamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Admi- nistración remitir copia de la presente Resolución y de los Informes del Visto a la Contr aloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 17893 INTERIOR Designan Comité Especial encargado de organizar y conducir el concurso públi-co sobre contratación de empresa paradisposición final de insumos químicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1919-2004-IN/0301 Lima, 29 de setiembre del 2004