Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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informaticos, la relacion de los productores y distribuidores mayoristas a nivel nacional que cuenten con la MORDAZA de inscripcion en el Registro de Hidrocarburos para la comercializacion de combustibles vigente. Asimismo, informara a la SUNAT los cambios que se hayan producido en el Registro MORDAZA mencionado, por efecto de la inclusion de nuevos productores y distribuidores mayoristas o de la exclusion de los que se encontraban inscritos, dentro de los primeros cinco (5) dias habiles del mes siguiente de producidos dichos cambios. Articulo 14º.- De la facultad de la SUNAT La SUNAT, mediante Resolucion de Superintendencia, dictara las normas necesarias para la mejor aplicacion y control de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 15º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Solicitudes de devolucion en tramite Las solicitudes de devolucion del ISC que se encuentren en tramite a la fecha de publicacion del presente Reglamento, se consideraran no presentadas, sin perjuicio del derecho de los transportistas a presentar una nueva solicitud cumpliendo con lo dispuesto en la presente norma. Segunda.- Remision de informacion por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones El Ministerio de Transportes y Comunicaciones enviara a la SUNAT dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo, la siguiente informacion: a) Relacion de los transportistas; y, b) Relacion de unidades de transporte habilitadas para prestar el servicio de transporte terrestre publico interprovincial de pasajeros y/o el servicio de transporte publico terrestre de carga. Dicha informacion correspondera a la inscrita en el Registro Nacional de Transporte Terrestre hasta el mes anterior a la fecha de la publicacion de la presente MORDAZA y sera proporcionada en la forma y condiciones que establezca la SUNAT. Tercera.- Solicitudes de devolucion por adquisiciones realizadas hasta el 31 de agosto de 2004 El transportista presentara la solicitud de devolucion correspondiente a las adquisiciones realizadas entre la fecha de vigencia de la Ley hasta el 31 de agosto de 2004 durante el mes de octubre de 2004. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de octubre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 17989

pon (JICA) en representacion del Gobierno del Japon, efectuaron donaciones, a favor del Ministerio de la Produccion - Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) e Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), consistentes en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Legislativo Nº 935, el Decreto Supremo Nº 09996-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, las donaciones efectuadas a favor del Ministerio de la Produccion de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales siguientes: - Resolucion Ministerial Nº 043-2002-PRODUCE modificada por Resolucion Ministerial Nº 366-2003-PRODUCE Donaciones efectuadas por Japan Deep Sea Trawlers Association (JDSTA) de Japon a favor del Ministerio de la Produccion - Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion para el Estudio Multidisciplinario de Recursos Pesqueros y Potenciales en relacion a las Condiciones del Fenomeno "El Nino", consistentes en 2 winches electricos, herramientas y materiales varios para el uso en las faenas de pesca y 1 red de arrastre de media agua y accesorios con un valor aproximado de US$ 164 341,00 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Trescientos Cuarenta y Uno y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Certificado de Donacion de fecha 4 de MORDAZA de 2002, Carta Aclaratoria de fecha 19 de agosto de 2003 y Certificado de Donacion de fecha 22 de MORDAZA de 2002. - Resolucion Ministerial Nº 195-2002-PRODUCE Donacion efectuada por la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA) en representacion del Gobierno del Japon, a favor del Ministerio de la Producion - Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en el MORDAZA del Programa After Care, consistente en maquinarias y otros bienes segun Carta de Donacion Nº JP-D-2002/003 de fecha 25 de MORDAZA de 2002. - Resolucion Ministerial Nº 196-2002-PRODUCE Donacion efectuada por la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA) en representacion del Gobierno del Japon, a favor del Ministerio de la Produccion - Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en el MORDAZA del Programa After Care, consistente en 1 cerradora semiautomatica y otros bienes, segun Carta de Donacion Nº JPD-2002/008 de fecha 25 de junio de 2002. - Resolucion Ministerial Nº 197-2003-PRODUCE Donaciones efectuadas por Japan Deep Sea Trawlers Association (JDSTA) de Japon a favor del Ministerio de la Produccion - Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion para el Estudio Multidisciplinario de Recursos Pesqueros y Potenciales en relacion a las Condiciones del Fenomeno "El Nino", consistentes en complementos para la red de media agua pelagica y otros bienes, segun Certificados de Donacion de fechas 22 de MORDAZA y 3 de setiembre de 2002. Articulo 2º.- Comprendanse a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del

Aprueban diversas donaciones efectuadas a favor del Ministerio de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 102-2004-EF MORDAZA, 1 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, Japan Deep Sea Trawlers Association (JDSTA) de Japon y la Agencia de Cooperacion Internacional del Ja-

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