TEXTO PAGINA: 36
PÆg. 277958 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 queña Empresa debidamente acreditados, conforme el lis- tado de asistencia y le entregará una cédula de votaciónque contiene un casillero en blanco para llenarlo con el número del candidato elegido. 4.9.- Los representantes acreditados procederán a vo- tar en forma directa y secreta en la cámara secreta debida- mente acondicionada, procediendo luego a depositar su voto en el ánfora correspondiente. El orden de votación delos representantes será el que corresponda al listado de asistencia. Antes de la entrega de la cedula de votación, los repre- sentantes acreditados firmaran el acta de sufragio e im- pondrán su huella digital en ella. V.- DEL ESCRUTINIO 5.1.- Se procederá a la apertura del ánfora y se contabili- zan los votos, luego se conciliará con el listado de repre- sentantes sufragantes. De no estar conforme, se elegirá al azar un número de cédulas igual al número excedente y sedestruirán. Si existiera un número menor de cédulas, se continuara con el conteo de votos. 5.2.- Se procederá a abrir cada cédula de votación y a dar lectura de cada cédula de votación. Cada voto se ano- ta en la pizarra en donde corresponda. 5.3.- Se contabilizará el total de votos otorgados a cada uno de los candidatos y quien obtenga el respaldo de la mitad más uno de los electores presentes será el designa- do. Si ninguno de los candidatos tuviera esa votación, seprocederá a una segunda votación entre los dos candida- tos que obtuvieran la mayor votación, debiendo designarse al que tuviera mayor votación. En caso de empate, se pro-cederá al sorteo correspondiente. 5.4.- El Director Nacional de la MYPE dará lectura al Acta de Elección proclamando al representante de la MYPEante el Consejo Directivo de PROMPEX. La Acta de Elec- ción es suscrita por todos los asistentes. VI. RENDICIÓN DE CUENTAS 6.1.- Una vez elegido el representante o antes de la elección, si los participantes así lo decidieran, los asisten- tes podrán acordar autónomamente los mecanismos de rendición de cuentas del representante. 6.2.- Los acuerdos sobre la materia del artículo ante- rior serán consignados en un acta y entregadas a cada uno de los asistentes. VII.- IMPEDIMENTO Y REVOCATORIA DEL REPRE- SENTANTE 7.1..- En caso de impedimento del representante para ejercer su labor, el MTPE designará a la persona que obtu-vo la segunda mayoría, y en caso de impedimento al que obtuvo la tercera mayoría. En este caso, la gestión de este representante durará el tiempo necesario para culminar elmandato del representante originalmente elegido. 7.2.- Más del 60% de los gremios empresariales asisten- tes a la convocatoria de elección, a través de sus repre-sentantes, podrán solicitar por escrito la revocatoria del representante elegido, debiendo precisar las causas que justifiquen dicha revocatoria. Verificado el porcentaje, laDNMYPE procederá a convocar una nueva elección de acuerdo a las reglas establecidas en esta directiva. VIII. VIGENCIA DE LA PRESENTE DIRECTIVA 8.1.- La presente directiva es de aplicación a las eleccio- nes que se realicen para el período 2004-2005 en adelan- te. 8.2.- Para efectos de garantizar la presencia de observa- dores de entidades públicas o privadas señaladas en el artículo 4.4. de la presente Directiva, la DNMYPE podrá suscribir los convenios correspondientes. IX. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 9.1. Excepcionalmente para la elección del represen- tante del período 2004-2005 la DNMYPE invitará a partici- par en dicha elección a los Gremios Empresariales de laMicro y Pequeña Empresa no registrados en el RE- NAMYPE, que cuenten con asociados que a la fecha se encuentren exportando. La DNMYPE exhortará a estosGremios Empresariales para que se inscriban en el Regis- tro correspondiente. 9.2. En el caso de los gremios que no se encuentren ins- critos en el RENAMYPE deberán adjuntar al oficio en el que nombran a su representante los siguientes documentos: a) Copia simple de la escritura pública de constitución, con las modificaciones de estatutos de la asociación, debi-damente inscrita en Registros Públicos. b) Copia simple de la designación de la Junta Directiva y del representante legal, debidamente inscrita en regis-tros públicos. c) Copia del documento de identidad del representante legal de la asociación. d) Documento o constancia que acredite la condición de exportadores de sus socios. 18114 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil aEE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 741-2004-MTC/02 Lima, 1 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien- do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales esta- blecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y po- der mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perúpor la Organización de Aviación Civil Internacional, debe man- tener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope- racional a través de la ejecución de inspecciones técnicas alos explotadores aéreos en el país, basado en las disposicio- nes establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa North American Float Plane Service S.A.C., con Carta NAFP/AT-047/04, del 15 de setiembre del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección co-rrespondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Ci- vil, efectuar el chequeo técnico en simulador de vuelo del equi-po Cessna 208B, a su personal aeronáutico propuesto, en el