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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (08/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 277948 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 en cuenta el grave perjuicio económico ocasionado al país; adscribiendo la Comisión de Lucha contra los Delitos Adua-neros al Ministerio de la Producción, con la finalidad de dotarla de un marco presupuestal que garantice su accio- nar; Que, por Resolución Suprema Nº 012-2004-PRODU- CE, se declaró de interés nacional la formulación del Plan Nacional de Empleo Alternativo al Contrabando, a fin deeliminar y/o reducir el contrabando y actividades conexas como medio de subsistencia, mediante la generación de puestos de trabajo en actividades productivas y de servi-cios conexos, en el que se promoverá preferentemente la conformación de cadenas productivas transectoriales; habiéndose formulado para tal efecto un Programa de Ge-neración de Empleo correspondiente a la Región Puno, el mismo que requiere ser aplicado en forma inmediata; Que, el artículo 49°, numeral 49.1 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, señala que el go- bierno nacional y los gobiernos regionales y locales man- tienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyomutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejerci- cio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades. Asu vez, el artículo 52° de la citada Ley señala la facultad que tiene el Poder Ejecutivo para delegar a los gobiernos regionales las funciones de su competencia, en forma ge-neral o selectiva, mediante convenios suscritos por ambas partes; Que, resulta necesario establecer en un Convenio los términos y condiciones del apoyo interinstitucional entre el Proyecto y el Gobierno Regional de Puno, para la instala- ción de una Unidad de Gestión Local del Programa deGeneración de Empleo Alternativo al Contrabando-Puno; teniendo por objetivo general incrementar y mejorar el mer- cado laboral productivo en dicha Región, y por objetivosespecíficos la promoción del desarrollo de negocios soste- nibles en la Región, la capacitación de los nuevos agentes económicos para insertarlos competitivamente al merca-do, el mejoramiento del entorno social, normativo y político para el desarrollo de los negocios en la Región, así como también la captación y procesamiento de información opor-tuna y consistente que permita una adecuada toma de de- cisiones por parte del Ministerio de Producción, respecto a los fines del citado Programa; Que, el Proyecto PER/04/002 forma parte del Progra- ma PER/02/030 denominado “Implementación y Moderni- zación Institucional del Ministerio de la Producción”, crea-do dentro del marco del Convenio suscrito en el año 2002 entre el Ministerio de la Producción y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, aprobado por Resolu-ción Suprema Nº 005-2002-PRODUCE; siendo que por Ley Nº 28080 se autorizó un Crédito Suplementario en el Pre- supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, delorden de S/. 4 000 000 (Cuatro millones y 00/100 Nuevos Soles), destinado a la lucha contra los delitos aduaneros; disponiéndose mediante Resolución Suprema Nº 009-2003-PRODUCE, del 27.Oct.2003, la ampliación del Presupuesto del citado Programa; Que, de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 28128 – Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y Ley Nº 27779 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de laProducción; Contando con las visaciones de las Oficinas Genera- les de Asesoría Jurídica y de Administración; Con la opinión favorable del Viceministro de Industria; y, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Suprema Nº 321-2004-PCM, que encarga la cartera del Ministerio de laProducción al economista Javier Reátegui Rosselló, Mi- nistro del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la suscripción del “Convenio Interins- titucional suscrito entre el Ministerio de la Producción, Proyec- to PER 04/002 y el Gobierno Regional de Puno, para el establecimiento de la Unidad de Gestión Local del Programade Generación de Empleo Alternativo al Contrabando-Puno”. Artículo 2º.- Autorizar al Director Nacional del Proyec- to PER/04/002, para que, en representación del Ministeriode la Producción, suscriba con el Presidente de la Región Puno el citado Convenio, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 3º.- La Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, así como la Dirección Nacionaldel Proyecto PER/04/002 y la Oficina de Control Institucio- nal del Ministerio de la Producción, quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de su competencia, para ase-gurar el cumplimiento de los objetivos y metas del progra- ma, así como de la utilización racional de los recursos pre- supuestales u financieros asignados en el marco de lasnormas de austeridad, racionalidad y transparencia en el gasto público. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución será con cargo a los recursos previstos en el Presupuesto del Ministerio de la Produc- ción, Proyecto PER/04/002. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior Encargado del Ministerio de la Producción 18059 Declaran aprobación ficta de cambio de titular de concesión otorgada para desa-rrollar la actividad de acuicultura conel recurso concha de abanico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 026-2004-PRODUCE/DNA Lima, 29 de setiembre del 2004 Vistos los escritos de Registro Nº CE-01758002 del 16 de setiembre del 2002 y 29 de abril, 4 de junio del 2003, 04 de agosto del 2004 y 04666003 del 4 de diciembre del 2002, presentados por MARICULTURA EL DORADOS.A.C.; y, CONSIDERANDO:Que el artículo 2º de la Ley Nº 27460, Ley de Promo- ción y Desarrollo de la Acuicultura, señala que el Estadofomenta la más amplia participación de las personas natu- rales y jurídicas nacionales y extranjeras en la actividad de la acuicultura, las que pueden acogerse al régimen deestabilidad jurídica de conformidad a las leyes sobre la materia y sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad económica; Que la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 030- 2001-PE del 11 de julio del 2001, otorga un plazo de cientoveinte días (120) días calendario contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia, para que las personas naturales o jurídicas que cuentan con autorización o con-cesión para desarrollar actividades de acuicultura, se ade- cuen a sus disposiciones; plazo que fue prorrogado en 90 días por el Decreto Supremo Nº 039-2001-PE y posterior-mente ampliado hasta el 31 de diciembre de 2002 por el Decreto Supremo Nº 007-2002-PE del 27 de junio de 2002; Que mediante Resolución Ministerial Nº 590-95-PE del 6 de octubre de 1995, se otorgó a la empresa NEGOCIOS PESQUEROS S.A. (NEPESA), concesión para desarro- llar la actividad de acuicultura del recurso concha de aba-nico Argopecten Purpuratus en un área de mar de 155.41 Has., en la zona denominada “El Dorado” en bahía de Sa- manco, provincia de Santa, departamento de Ancash; Que mediante Resolución Ministerial Nº 218-97-PE del 12 de mayo de 1997, se autorizó el cambio de nombre del titular de la concesión para desarrollar la actividad de acui-cultura del recurso concha de abanico Argopecten Purpu- ratus en un área de mar de 155.41 Has., en la zona deno- minada “El Dorado” en la bahía de Samanco, provincia delSanta, departamento de Ancash, otorgada a la empresa Negocios Pesqueros S.A. a través de la Resolución Minis- terial Nº 590-95-PE, a favor del señor EDWIN RUBENBARRERA PALACIOS; Que mediante Resolución Directoral Nº 061-2000-PE/ DNA, del 19 de diciembre del 2000, atendiendo al pedidodel titular EDWIN RUBEN BARRERA PALACIOS, se mo- dificó el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 590-