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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (08/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 277965 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 Canales TV Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 22 519.25 523.75 24 531.25 535.75 26 543.25 547.75 28 555.25 559.7530 567.25 571.75 32 579.25 583.75 34 591.25 595.7536 603.25 607.75 38 615.25 619.75 40 627.25 631.7542 639.25 643.75 44 651.25 655.75 46 663.25 667.7548 675.25 679.75 50 687.25 691.75 52 699.25 703.7554 711.25 715.75 56 723.25 727.75 58 735.25 739.75 Total de canales: 21 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.5 KW. Artículo 2º.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios de radiodifusión en las localidadesa que se refiere el artículo precedente, observarán como potencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de la estación, la establecida en los respectivos Planes de Canalización yde Asignación de Frecuencias. Artículo 3º.- La Dirección General de Gestión de Tele- comunicaciones publicará y actualizará mensualmente enla página web del Ministerio, una base de datos con el gra- do de ocupación de los canales de televisión considerados para cada localidad en los Planes de Canalización y deAsignación de Frecuencias a que se refiere el artículo pri- mero. Artículo 4º.- A fin de optimizar el uso del espectro ra- dioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y procu- rar una oferta plural de estos servicios que cumplan con los parámetros técnicos previstos en las Normas Técnicasdel Servicio de Radiodifusión, los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias aprobados en el artículo primero, podrán ser modificados de oficio procurando lamenor afectación de los derechos adquiridos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 18068 VIVIENDA Aprueban donaciones a favor de la Municipalidad Distrital de Ninacaca yde Municipalidades Provinciales de SanAntonio de Putina y Satipo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2004-VIVIENDA Lima, 7 de octubre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 142-A-MDN-2004, de la Municipali- dad Distrital de Ninacaca, provincia y departamento de Pasco; el Informe Técnico Nº 087-2004/VIVIENDA-VMCS- PREBAM-LART del Programa de Equipamiento BásicoMunicipal y el Memorándum Nº 069 -2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 41-94 se otorgó al Ministerio de la Presidencia una partida económica para la adquisición de maquinaria de mecánica de producción,con la finalidad de transferir tecnología apropiada para lo- grar mayores niveles de ingresos; así mismo por Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la in-dustria del calzado, confección y tejido, procedentes de laRepública Popular China con el objeto de equipar a peque- ños y microempresarios; dicho dispositivo fue modificadopor Decreto de Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó destinar y transferir a las Entidades Educativas Estatales hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-tal adquiridos por el Decreto de Urgencia Nº 111-96, así mismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se adicio- na al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97, quedel saldo del cincuenta por ciento (50%) se podrá transferir en calidad de donación además de los Centros Educativos Estatales a las Organizaciones Sociales con fines educa-tivos, de capacitación o de promoción social; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios re-gulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equi- pamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, con- trol, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presi-dencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio- nes de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcio-nando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mante- nimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las or-ganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inver- sión privada; Que, por Oficio Nº 142-A-MDN-2004, el Sr. Rodolfo Bedoya Campos, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ninacaca, provincia y departamento de Pasco, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la do-nación de maquinaria para la industria del cuero y mecáni- ca de producción; Que, mediante Informe Nº 335-2004/VIVIENDA-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, manifiesta que no existe contravención entre los Decretos de Urgencia Nº 111- 96, 023-97 y 086-97 y por lo tanto resulta válido interpretarque los beneficios otorgados en dichos Decretos de Ur- gencia, alcanzan a las Municipalidades, como entes ges- tores de desarrollo educativo, económico y social; Que, con Memorándum Nº 212-2004/VIVIENDA-VMCS- PREBAM, el Jefe del Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 087-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-LART en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con la infraestructura ade- cuada para recibir e instalar la maquinaria solicitada comodonación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi- dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General N°016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forman parte integrante de la presente Resolución a favorde la Municipalidad Distrital de Ninacaca, provincia y de- partamento de Pasco con la finalidad de implementar el "Centro de Capacitación Municipal"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27779 y 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VI- VIENDA;