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PÆg. 277967 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adqui- rió maquinaria para la industria del calzado, confección ytejido, procedentes de la República Popular China con lafinalidad de equipar a pequeños y microempresarios; sien- do dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferirhasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-tal adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a enti-dades educativas del país, así mismo mediante Decretode Urgencia Nº 086-97 se agregó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capi-tal, se podrían transferir en calidad de donación a los cen-tros educativos estatales y a organizaciones sociales confines educativos, de capacitación o de promoción socialsin fines de lucro; por Decreto de Urgencia Nº 009-97 se adquiere maquinaria de mecánica automotriz con la finali- dad de crear y transferir tecnología apropiada para contri-buir al mejoramiento de los niveles de ingreso, con el obje-to de erradicar la pobreza y la situación de marginación; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios re- gulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe- rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es- tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equi- pamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, con-trol, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presi-dencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje- cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio-nes de vida de la población facilitando su acceso a unavivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcio- nando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mante- nimiento y protección de los centros de población y susáreas de influencia, fomentando la participación de las or-ganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inver-sión privada; Que, a través del oficio de Vistos, la señora María Que- vedo de Arellano, Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento de Junín, solicitó al Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento la donación demódulos de maquicentros; adecuándose dicho pedido encoordinaciones conjuntas con el citado gobierno local y losfuncionarios del Ministerio a módulos de mecánica auto- motriz, maquinaria para la industria del cuero y confeccio- nes; Que, mediante Memorándum Nº 184-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de EquipamientoBásico Municipal corrió traslado del Informe Técnico Nº 010-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR en el cual se pre- cisó que la entidad solicitante, cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitadacomo donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Ad- ministrativo respecto de los actos de disposición de bienesmuebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferi-dos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General No016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de las máquinas detalladas en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona- ción de las máquinas que se detalla en el Anexo 1 queforman parte integrante de la presente Resolución a favor de la Municipalidad Provincial de Satipo, departamento deJunín con la finalidad de implementar el Instituto Tecnológi-co Superior "Teodoro Rivera Taype". De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- - Aprobar la donación de las máquinas descritas en el Anexo 1 que forman parte integrante de lapresente Resolución, valorizadas en S/.194 322.55 (Cien- to Noventa y Cuatro Mil Trescientos Veintidós con 55/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provincial deSatipo, departamento de Junín, con la finalidad de imple-mentar el Instituto Tecnológico Superior "Teodoro RiveraTaype". Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu- nicipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 18173 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Declaran concluido proceso de adecua- ción de la Universidad Católica de Truji- llo CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 186-2004-CONAFU Lima, 24 de setiembre del 2004 VISTOS; la Resolución Nº 138-2004-CONAFU del 6 de julio del 2004, que declara procedente la Adecuación a laLey de Promoción de la Inversión en la Educación, Decre- to Legislativo Nº 882, de la Universidad Católica de Trujillo; el Expediente Administrativo Nº 01179 del 10 de agostodel 2004; el Informe Nº 179-2004-CONAFU-CJP del 23 deagosto del 2004; el Informe Conjunto Nº 06-2004-CONA-FU-CJ-CDAYC del 10 de setiembre del 2004; el Oficio Nº988-2004-CONAFU-P del 10 de setiembre del 2004; el Oficio Nº 261/04-AT-A del 22 de setiembre del 2004; el In- forme Legal Nº 192-2004-CONAFU-CJyAL del 23 de se-tiembre del 2004; el Acuerdo Nº 211-2004-CONAFU de laSesión Ordinaria del Pleno del CONAFU del 23 de setiem-bre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, teniendo como función la de otorgar laadecuación de universidades a la Ley de Promoción de laInversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882,previa verificación del cumplimiento efectivo de los requi-sitos y condiciones establecidas en la Ley, y los Regla- mentos del CONAFU; Que, con Resolución Nº 138-2004-CONAFU del 6 de julio del 2004, se declaró procedente la Adecuación a laLey de Promoción de la Inversión en la Educación, Decre-to Legislativo Nº 882, de la Universidad Católica de Trujillo,bajo el régimen de una Asociación Civil sin fines de lucro y,