Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2004 (15/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, viernes 15 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Autorizan la realizacion de matrimonio civil comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 0012-2004-MDSL San MORDAZA, 1 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad como Organo de Gobierno Local, es persona juridica de derecho publico con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, por lo cual esta facultada para celebrar todos los actos que MORDAZA necesarios para el ejercicio de su funcion, conforme lo establece la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Municipalidad como ente Estatal, conforme lo previsto en el articulo de la Constitucion Politica del Peru, tiene el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad; Que, encontrandose en nuestra comunidad muchas parejas que desean unir sus vidas legalmente y que por la falta de oportunidades y condiciones economicas no han podido cristalizar sus suenos asi con el animo de fomentar y apoyar la union matrimonial como nucleo basico de la sociedad, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ha visto por conveniente autorizar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario; Que, los requisitos exigidos a las parejas que desean contraer Matrimonio Civil, se encuentran establecidos en el Codigo Civil y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta entidad edilicia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Codigo Civil y Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA): DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA el dia sabado 20 de noviembre de 2004, estableciendose fecha de inscripcion, a partir de lunes 11 de octubre hasta el dia sabado 13 de noviembre de 2004. Precisando que los contrayentes deberan cumplir con los requisitos estipulados en el Codigo Civil y MORDAZA de Institucion Municipal. Articulo Segundo.- DISPENSAR del plazo de ocho (8) dias establecidos en el Codigo Civil sobre la publicacion del Edicto de los Matrimonios proyectados, si fuese el caso para la fecha MORDAZA mencionada. Articulo Tercero.- APROBAR la suma de S/. 70.00 (setenta y 00/100 nuevos soles), que debera abonar la MORDAZA de contrayentes, como pago de derecho por apertura de pliego matrimonial y celebracion de matrimonio; asimismo por ESTA UNICA VEZ no se exigira pago de derecho por concepto de Certificado de Solteria de S/.40.00 Nuevos Soles por tratarse de una promocion social. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Unidad de Registro Civil, Unidad de Logistica y Unidad de Imagen Institucional y Cooperacion Internacional, en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18616

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Suspenden aplicacion de disposicion contenida en la Ordenanza Nº 49MDSM referente a la prohibicion de suscribir regimen de gestion comun con otros distritos
ORDENANZA Nº 54-MDSM San MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica, en el mismo numeral constitucional se otorga expresamente al Concejo Municipal, la funcion normativa y fiscalizadora en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de la Ordenanza Municipal, la cual de conformidad con el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 es aprobada, modificada y derogada por el referido Concejo Municipal; Que, el inciso 8) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, establece la competencia de los gobiernos locales para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA conforme a ley; Que, la accion del gobierno local en materia de transporte y MORDAZA se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los vecinos, en resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como la proteccion del ambiente de la comunidad sanmiguelina en su conjunto; Que, en igual forma la Corporacion en aplicacion de la autonomia de sus actos administrativos y de administracion, promueve el desarrollo local permanente e integral, en coordinacion y asociacion a los intereses de la comunidad sanmiguelina, facilitando mejores condiciones de MORDAZA, fortaleciendo el ornato y belleza de su jurisdiccion; Que, mediante Ordenanza Nº 49-MDSM, de fecha 11 de agosto de 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 12 de setiembre de 2004, se regula el servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores en el distrito de San Miguel; Que, en el ultimo parrafo del articulo 1º de la citada Ordenanza se establecio que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA no suscribira regimen de gestion comun con ningun distrito; Que, los vecinos y usuarios sanmiguelinos del servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores; asi como, los transportistas en vehiculos menores del distrito, solicitan se suspenda la aplicacion del articulo 1º de la Ordenanza Nº 49-MDSM, en lo concerniente a la prohibicion de suscribir regimenes de gestion comun, a fin de evaluar en el lapso de suspension, y luego de los resultados de los Estudios de Impacto Ambiental y Vialidad, la posibilidad de suscribir regimenes de gestion comun; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de San MORDAZA, ha aprobado la siguiente:

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