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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de octubre de 2004 mica y administrativa en los asuntos de su competencia, otorgándoles potestad tributaria para crear, modificar ysuprimir contribuciones, tasas o exonerar de ellas, den-tro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, de acuerdo al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributa-ria expedidas por las municipalidades distritales debenser ratificadas por las municipalidades provinciales desu circunscripción para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Nº 211 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de febrero de 1999, sereguló el procedimiento de ratificación de las Ordenan-zas de carácter tributario aprobadas por las Municipali-dades Distritales que integran la Municipalidad Metro-politana de Lima; Que, el Decreto Legislativo Nº 952 publicado el 3 de febrero de 2004, modificó el artículo 69-A del DecretoLegislativo Nº 776, disponiendo que la publicación deordenanzas que aprueban tasas por arbitrios deberárealizarse a más tardar el 31 de diciembre del ejerciciofiscal anterior al de su aplicación; Que, en virtud de las normas precitadas, la Munici- palidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº607 y modificatorias, aprobó el Procedimiento que Re-gula la Ratificación de Ordenanzas Distritales para laprovincia de Lima; Que, dicha Ordenanza en su inciso c) del artículo 2º dispone que: "En cuanto a las Ordenanzas que aprue-ban tasas por arbitrios, y a efecto de que el procedimien-to de ratificación sea culminado oportunamente antesdel plazo otorgado por la Ley de T ributación Municipalpara su publicación, las Municipalidades Distritales de-berán iniciar el procedimiento de ratificación de dichasOrdenanzas, a más tardar el último día hábil del mes deoctubre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación."; Lo expuesto, en concordancia con lo dispuesto en las normas precitadas y de acuerdo a lo opinado por laComisión de Asuntos Económicos y Organización en suDictamen Nº 128-2004-MML-CMAEO; ACORDÓ:Artículo Primero.- Encargar al Servicio de Admi- nistración T ributaria - SAT , para que oficie a las Munici-palidades Distritales de la provincia de Lima comunicán-doles que el día viernes 29 de octubre de 2004 venceindefectiblemente el plazo establecido para la presenta-ción de las solicitudes de ratificación de sus Ordenan-zas que aprueban tasas por arbitrios que regirán en elejercicio 2005, con la finalidad de que el procedimientode ratificación sea culminado oportunamente antes delplazo otorgado por la Ley de Tributación Municipal parasu publicación, y para cuyo efecto deberán presentarante el Servicio de Administración Tributaria - SAT , susnormas antes referidas, en cumplimiento del artículo 2ºinciso c), de la Ordenanza Nº 607-MML. Artículo Segundo.- El Servicio de Administración Tributaria - SAT, deberá publicar el presente Acuerdo enel diario de mayor circulación para que sea de conoci-miento general. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 18527 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G33/G2D/G4D/G44/G43/G48/G20/G71/G75/G65 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/GF3/G20/G6C/G61/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65 /G43/G68/G6F/G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 277 Lima, 23 de septiembre de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de setiembre de 2003, el Oficio Nº 001-090-000001535 delServicio de Administración T ributaria - SA T, que adjunta el Expediente de Ratificación de la Ordenanza Nº 063-MDCH, emitida por la Municipalidad Distrital de Chorri-llos, que modifica la tasa por estacionamiento vehicularestablecida para su jurisdicción, establecida por las Or-denanzas Nº 016/99-MDCH y Nº 027/99-MDCH, asícomo el Informe Nº 004-082-00000069-SAT emitidos porla Gerencia de Asuntos Legales del SA T; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Orde-nanzas en materia tributaria expedidas por las munici-palidades distritales deben ser ratificadas por las muni-cipalidades provinciales de su circunscripción para suentrada en vigencia y exigibilidad; Que, en el caso de la provincia de Lima, a través del Edicto Nº 227, se otorgó al Servicio de AdministraciónT ributaria - SAT , la facultad de emitir opinión técnica acer-ca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hu-bieren aprobado las municipalidades distritales y quesean sometidas a la ratificación del Concejo Metropolita-no; Que, en virtud de lo antes expuesto, la Municipalidad Distrital de Chorrillos, solicita la ratificación de la Orde-nanza Nº 063-MDCH, que modifica la tasa de estaciona-miento vehicular en la zona urbana del distrito estableci-das en las Ordenanzas Nº 016/99-MDCH y Nº 027/99-MDCH, en los aspectos referidos al monto de la tasa y alperíodo de aprovechamiento del servicio; Que, es necesario precisar que la tasa de estaciona- miento vehicular en el distrito de Chorrillos se encontra-ba regulada por la Ordenanza Nº 016/99-MDCH, la cualestablece las disposiciones concernientes al servicio deparqueo vehicular en la zona urbana de dicha jurisdic-ción; así como por la Ordenanza Nº 027/99-MDCH, queprecisa las vías y zonas aptas para la prestación delservicio. Asimismo cabe anotar que las referidas nor-mas municipales fueron ratificadas por Acuerdo de Con-cejo Nº 232 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8de diciembre de 1999; Que asimismo, se debe señalar que si bien la Orde- nanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, esta-bleció un nuevo procedimiento para la ratificación de lasordenanzas tributarias, su Sexta Disposición final indicaque sus disposiciones recién serán aplicadas para losprocedimientos de ratificación de las ordenanzas distri-tales tributarias vigentes a partir del año 2005, por lo quecorresponde que la presente solicitud sea tramitada se-gún la Ordenanza Nº 211; Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las municipalidades, los artículos 74º y 195º de la Constitu-ción Política establecen la facultad de las municipalida-des para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. Enel mismo sentido, el artículo 60º de la Ley de TributaciónMunicipal - Decreto Legislativo Nº 776, establece la po-testad municipal para crea, modificar y suprimir tributos; Que, en el ejercicio de sus facultades, la Municipali- dad Distrital de Chorrillos, mediante Ordenanza Nº 063-MDCH, modificó el monto de la tasa por estacionamientovehicular en su jurisdicción; Que, el artículo 66º de la Ley de Tributación Municipal establece que las tasas municipales son los tributos crea-dos por los concejos municipales cuya obligación tienecomo hecho generador la prestación efectiva por la mu-nicipalidad de un servicio público o administrativo a favordel contribuyente; Que, siendo el estacionamiento vehicular un tipo de tasa, el monto del servicio deberá guardar correspon-dencia con el costo incurrido por la municipalidad en laprestación o mantenimiento del servicio en su circuns-cripción; Que, en el presente caso, el artículo 1º de la Orde- nanza Nº 063-MDCH establece una tasa única de esta-cionamiento de vehículos cuyo monto asciende a0.03125% de la UIT que equivale a S/. 1.00; estimaciónque estaría reflejando el costo incurrido por la Municipa-lidad Distrital de Chorrillos en la prestación del serviciode estacionamiento vehicular en su jurisdicción. El pagodel importe señalado en la Ordenanza permite el apro-