Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2004 (19/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 2004

car los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo «, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a ATLAS AIR, INC., conforme al "Acuerdo de Transporte Aereo" suscrito entre el Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, la Renovacion de Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 20 de octubre del 2004, dia siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral N° 243-2000MTC/15.16, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo No Regular de Carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 747/200. - BOEING 747/400. ZONAS, PUNTOS Y/O REGIONES DE OPERACION: MORDAZA del Norte. MORDAZA de Sur. MORDAZA Central. Europa. Asia.

aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- ATLAS AIR, INC. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- ATLAS AIR, INC. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a ATLAS AIR, INC., queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 18737

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean MORDAZA superiores y juzgados especializados en lo civil con la sub especialidad comercial en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 185-2004-CE-PJ MORDAZA, 6 de octubre del 2004 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 006-2004-SP-CS expedida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, su fecha 30 de setiembre del ano en curso, y el Oficio Nº 2285-2004-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, relacionados a la creacion de MORDAZA y Juzgados Especializados en lo Civil con la subespecialidad comercial; y, CONSIDERANDO: Que, la Corte Suprema de Justicia de la Republica en sesion extraordinaria de fecha 6 de agosto del 2003 aprobo la propuesta del Grupo de Trabajo Tematico de Reforma de la Justicia Civil de la Comision de Magistrados para la Reestructuracion del Poder Judicial, disponiendo su remision al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a fin de que se elaboren los estudios respectivos como requisito para que proceda a la creacion de la especialidad comercial y determine su competencia;

BASES DE OPERACION: - Aeropuerto de Miami, Estados Unidos de America. - Aeropuerto de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a ATLAS AIR, INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, en los casos que ATLAS AIR, INC. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4°.- ATLAS AIR, INC., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 5°.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de ATLAS AIR, INC.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6°.- ATLAS AIR, INC., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio

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