Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2004 (19/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 19 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, en el referido evento sera presentado el Plan Mexico que consiste en los lanzamientos del Premio Santander a la Innovacion Empresarial y del Programa de Becas y Credito de Movilidad; Que, en sesion de fecha 11 de octubre de 2004, el Consejo Universitario autoriza al senor Rector para concurrir al mencionado encuentro; Que, de acuerdo al tenor de la convocatoria, los gastos vinculados al viaje y su estadia en la MORDAZA de Mexico D.F., seran cubiertos por Universia; Que, en tal sentido, el despacho rectoral dispone otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en Nuevos Soles equivalentes a US$ 200.00 (Doscientos y 00/100 Dolares Americanos) por concepto de gastos no previstos por los organizadores y US$ 56.48 (Cincuentiseis y 48/100 Dolares Americanos) por concepto de Tarifa CORPAC; Que, mediante Oficio Nº 03168-OGPL-2004, la Oficina General de Planificacion emite opinion favorable al respecto; Que, asimismo se encarga el despacho del Rectorado al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrector Academico, por el periodo que dure la ausencia del titular; Que, se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolucion Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Autorizar el viaje en COMISION DE SERVICIOS al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, del 19 al 21 de octubre de 2004, para que asista al Encuentro de Rectores de las Universidades Socias de Universia Mexico, a realizarse en la MORDAZA de Mexico D.F.. 2º Otorgar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, para sufragar los gastos que demande su participacion en la Comision de Servicios explicitada en el resolutivo anterior, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en el plazo de ley, a su retorno: VIATICOS (por conceptos no previstos en la convocatoria) TARIFA CORPAC US$ 200.00 US$ 56.48

3º Encargar al Vicerrector Academico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el despacho del Rectorado por el periodo que dure la ausencia del titular. 4º Disponer que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. 5º Encargar a las Oficinas Generales de Personal y Economia, asi como a la Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 18782

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Autorizan contratacion de servicio de consultoria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 138-2004-CONAM/PCD
MORDAZA, 7 de octubre de 2004 Vistos, el Informe Tecnico Legal Nº 001-2004-CONAM/UCC y demas antecedentes; y,

Que el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, es la Autoridad Ambiental Nacional, creada por Ley Nº 26410, como el organismo rector de la politica nacional ambiental, que tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la nacion; Que el CONAM ha promovido la implementacion del Programa Nacional A Limpiar el Aire, que tiene como antecedente en el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de los Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. Los Estandares de Calidad Ambiental del Aire, son un instrumento de gestion ambiental prioritario para prevenir y planificar el control de la contaminacion del aire sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del MORDAZA y promover el desarrollo sostenible; Que el mencionado Decreto Supremo Nº 074-2001PCM, establece la conformacion de los Grupos de Estudio Tecnico Ambiental (GESTA) de Aire en 13 zonas del MORDAZA de atencion prioritaria, los cuales tienen como funcion la supervision del diagnostico de linea base y la elaboracion del Plan de Accion en las respectivas ciudades; Que el Comite de Aire Limpio de MORDAZA y Callao, quien actua como el GESTA de MORDAZA y Callao, durante el ano 2001 desarrollo estudios para determinar la concentracion de contaminantes del aire en diferentes zonas de la ciudad. Estos estudios denominados de Saturacion fueron realizados con el metodo de difusion pasiva, a traves de los denominados "tubos pasivos" y fueron ejecutados con la calidad exigida y a completa satisfaccion por consultores suizos utilizando metodologias definidas, realizando los analisis en Suiza, bajo el respaldo de la empresa Passam AG; Que, en tal sentido, resulta necesario aprovechar la metodologia y experiencia obtenida por los especialistas en el desarrollo de los estudios realizados en MORDAZA y Callao, por ser similares a los proyectados para las ciudades de Huancayo, La Oroya, Chimbote y Pisco; Que, la gestion de la calidad del aire exige contar con informacion de calidad y comparable a nivel nacional que le permita a la autoridad ambiental conocer y contrastar los niveles de contaminacion en las mencionadas ciudades del pais; Que, por tanto, se requiere del servicio consultoria para la elaboracion de estudios de saturacion a traves de metodos pasivos, que permita contar con informacion de calidad del aire de la MORDAZA para el desarrollo del diseno de redes de monitoreo de calidad del aire en algunas ciudades, estudios de correlacion entre los metodos para cada contaminante, entre otras actividades detalladas asi como los productos esperados que se especifican en los respectivos Terminos de Referencia; Que de acuerdo al Informe Tecnico Legal del vistos, como resultado de la evaluacion del requerimiento para la contratacion del servicio de consultoria requerido por la Unidad de Cambio Climatico y Calidad del Aire, la empresa Klepel Consulting cuenta con probada calidad en su trabajo, la experiencia previa, metodo, tecnologia y know how en lo correspondiente a la fabricacion y analisis de tubos pasivos que se usaran para el estudio, asimismo, como parte de los servicios que ofrece Klepel Consulting, estan los de Calidad de Aire, donde cuentan con experiencia reconocida en el MORDAZA de la elaboracion de estudios para identificar los niveles de contaminacion con diferentes metodos de monitoreo, asi como con el diseno e implementacion de redes de monitoreo de calidad del aire; Que el articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros, para la prestacion de servicios personalisimos; Que de conformidad con el articulo 20º del citado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya MORDAZA con el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica; Que el articulo 114º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM establece que la facultad de aprobacion de

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