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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (19/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G38/G36/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 19 de octubre de 2004 Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor- mática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese los Factores de Reajuste que se debe aplicar a las obras de edificación, corres-pondientes a las seis (6) Áreas Geográficas para lasObras del Sector Privado por variación de precios detodos los elementos que intervienen en el costo de di- chas obras, producidas en el período del 1 al 30 de setiembre del 2004 según aparece en el cuadro adjuntoque debidamente autenticado, forma parte de la presen-te Resolución. Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplica- dos a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados so-bre los montos que aparecen en el Calendario de Avan-ce de Obra, prescindiéndose del Calendario de AvanceAcelerado, si lo hubiere. Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplica- dos: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados ha- yan sido reajustados como consecuencia de la varia-ción mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hu- biera entregado oportunamente con el objeto de com-prar materiales específicos. Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiere el Art. 2º se comprende el total de las partidas por mate-riales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equi- po, gastos generales y utilidad del contratista que co-rresponde a esos montos. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propie- tario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstosderivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por mul-tiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente apro- bado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contra- tado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato res-pectivo. Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden las Áreas Geográficas son los siguientes: a) Área Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Cons- titucional del Callao e Ica. c) Área Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huan- cavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tac- na. e) Área Geográfica 5: Loreto.f) Área Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 294-2004-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 30 DE SETIEMBRE DEL 2004 ÁREAS OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) Nº M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal M.O. Resto T otal Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9997 0.9997 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9993 0.9993 2 1.0000 0.9988 0.9988 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9989 0.9989 1.0000 0.9989 0.99893 1.0000 0.9991 0.9991 1.0000 0.9997 0.9997 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9995 0.99954 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9998 0.9998 1.0000 0.9994 0.9994 1.0000 0.9994 0.99945 1.0000 0.9987 0.9987 1.0000 0.9987 0.9987 1.0000 0.9988 0.9988 1.0000 0.9986 0.99866 1.0000 0.9990 0.9990 1.0000 0.9996 0.9996 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9992 0.9992 18789 SUNARP /G50/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G65/G73/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G2D /G6A/G6F/G73/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G6F/G20/G43/G61/G6C/G69/G66/G69/G2D /G63/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G53/G75/G6E/G61/G72/G70/G22 /G73/G65/G74/G69/G6D/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N°444-2004-SUNARP/SN Lima, 15 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme Resolución N° 458-2002-SUNARP/ SN, de fecha 11 de octubre de 2002, se instituyó el"Premio al Desarrollo de los Valores Registrales", Que, es política de la SUNARP la promoción del de- sarrollo de una cultura de valores entre el personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos a nivel nacional; Que, mediante Resolución N° 358-2004-SUNARP/ SN, de fecha 18 de agosto de 2004, se designó al nuevoJurado Calificador para la evaluación de los trabajos apresentarse en el marco de dicha convocatoria; Que, a través de las Resoluciones N° 305-2004- SUNARP/SN, de fecha 7 de julio de 2004 y N° 369-2004-SUNARP/SN, de fecha 23 de agosto de 2004, seconvocó, en el marco del “Premio a los Valores Sunarp»,al Sétimo Concurso, para desarrollar los valores “Cali- dad en el Servicio” y ”Productividad” y, asimismo, seaprobaron sus bases, estableciéndose el día 24 de se-tiembre de 2004 como fecha límite para la presentación de los respectivos trabajos; Que, el Jurado Calificador analizó las cincuentidós (52) propuestas presentadas por diversos trabajadoresde la SUNARP, informando a este despacho, la relaciónde los cuatro (4) trabajos seleccionados como los mejo-res del concurso, incluyendo el ganador; De conformidad con el literal v) del artículo 7 del Es- tatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Supre-ma N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1° .- Proclamar y felicitar a los autores de los mejores trabajos seleccionados por el Jurado Califica-dor del "Premio a los Valores Sunarp", sétima convoca-toria, respecto al significado y desarrollo de los Valores Calidad en el Servicio y Productividad: Primer Puesto: Abel Rivera Palomino, quien se des- empeña como Jefe de la Zona Registral N° XI Sede Ica. Segundo Puesto: Compartido: César Elera Arevalo, quien se desempeña como Relacionador Industrial en la Sede Cen- tral y Rolando Peña Rodríguez, quien se desempeña comoRegistrador en la Zona Registral N° III Sede Moyobamba. Tercer Puesto: William Soto Ramos, quien se des- empeña como Registrador en la Zona Registral N° IXSede Lima. Artículo 2°.- Declarar como ganador de la sétima convocatoria del "Premio a los Valores Sunarp", con el