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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (19/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G38/G36/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 19 de octubre de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G4D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G65/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G67/G72/G6F/G73/G20/G6F/G62/G74/G65/G2D /G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G45/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G22/G4C/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G6D/GE1/G73/G20/G73/G61/G62/G65/G6E/G20/G32/G30/G30/G34/G22/G20/G61/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G4D/G6F/G6E/G73/G65/GF1/G6F/G72/G20/G41/G74/G61/G6E/G61/G73/G69/G6F/G20/G4A/GE1/G75/G72/G65/G67/G75/G69/G20/G47/G6F/G69/G72/G69/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G59/G75/G72/G69/G6D/G61/G67/G75/G61/G73 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 075-2004-SO-GRL Iquitos, 6 de octubre del 2004 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIO- NAL DE LORETO, en Sesión Ordinaria de Consejo defecha 6 de octubre del 2004, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº27867 y su modificatoria Ley Nº 27902. ACUERDA Artículo Primero: Aprobar la Moción de Orden del Día, de felicitación a Radio Programas del Perú por superseverancia en el sostenimiento del concurso esco-lar “Los que más saben” y extenderle el reconocimientopor su valiosa contribución a la educación y la cultura denuestros jóvenes estudiantes. Artículo Segundo: Felicitar al profesor Pastor Tello Pine- do Director del Centro Educativo Monseñor Atanasio JáureguiGoiri, al profesor Silverio Huamani Champi, asesor de la dele-gación y a los alumnos Jannet Félix Chota, Elizabeth Avellane-da Montenegro, Allen Alava Arévalo, Rodolfo Trigozo Inuma,Teddy C. Arévalo Rodríguez, Carlos A. Hurtado Fatama, Brian Pinedo Panduro y Luis A. Flores Flores, integrantes de la dele- gación estudiantil que ha ocupado el primer puesto en la Déci-mo Sexta Edición del Concurso Escolar “los que más saben2004”, expresándoles nuestra gratitud por el legítimo senti-miento de orgullo que su logro inspira a la población loretana.En consecuencia, emítase los diplomas de reconocimiento correspondiente. Artículo tercero: La Presidencia Regional, la Ge- rencia General Regional, la Oficina Regional de Adminis-tración a través de la Oficina Ejecutiva de Logística yControl Patrimonial y la Oficina Regional de Imagen Ins-titucional, quedan encargadas de dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a sus atribuciones. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 18784 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G44/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G74/G65/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G62/G65/G72/GE1/G6E/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G72 /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G69/G63/G6F/G72/G20/G65/G6E/G76/G61/G73/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72 ORDENANZA Nº 210-MDB Barranco, 15 de octubre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe N° 088-2004-SGCC de la Subge- rencia de Comercialización y Catastro, que proponedeterminar que los locales que tengan licencia para ven- der licor envasado, para llevar, coloquen en lugar visibleel horario autorizado para dicha venta, en la Sesión Ex- traordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° de la Ordenanza Nº 095-MDB determina el horario en que se autoriza la venta de licorenvasado, para llevar, precisando que esta no se reali-zará después de las 11.00 pm.; Que, pese a ello, se ha comprobado que algunos locales con licencia para expender licor envasado, para llevar, vienen infringiendo la disposición antes señalada; Que, en consecuencia, resulta necesario determinar la obligación de los conductores de los locales con licen-cia para expender licor envasado, para llevar, de colo-car en lugar visible del local, un cartel de 80 cm. X 60 cm., con la indicación del horario autorizado; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9° numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley27972, y por unanimidad, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Determinar que los conductores de locales comerciales con licencia para venta de licorenvasado, para llevar, deberán colocar en un lugar visibledel local, un cartel de 80 cm. X 60 cm., con fondo amarilloy letras negras de 5 cm. de alto, con el siguiente texto: "EN BARRANCO ESTA PROHIBIDA LA VENTA DE LICOR DESPUÉS DE LAS 11 DE LA NOCHE, SEGÚNEL ARTICULO 15° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 095-MDB. QUIEN INFRINJA ESTA DISPOSICIÓN SERA SANCIO- NADO CON UNA MULTA DE 20% A 50% DE LA UIT Y CLAUSURA TEMPORAL.Rescatando Barranco.” Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la si- guiente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad y a la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 18764 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73 ORDENANZA Nº 211-MDB Barranco, 15 de octubre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTA, la propuesta del Alcalde sobre otorgamiento de beneficio especial para los contribuyentes por el Ani- versario del distrito, en la Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales ydistritales, y las delegadas conforme a ley, son los órga-nos de gobierno local y tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su competen-cia; Que, el artículo 55° de la Ley N° 27972 - Ley Orgá- nica de Municipalidades, prevé que el patrimonio munici-pal se administra por cada municipalidad en forma autó-noma, con las garantías y responsabilidades de ley; Que, el Art. 41° del Texto Único del Código Tributario, aprobado mediante D.S. N° 135-99-EF, señala que ex- cepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sancio-nes respecto de los tributos que administra; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Ba- rranco otorgar a los contribuyentes las máximas facili-dades para regularizar el cumplimiento de sus arbitrios,