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PÆg. 278980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de octubre de 2004 - Se determina el porcentaje que representa cada acti- vidad que se desarrolla en el predio. - Se procede a agrupar dentro de cada sector determi- nado conforme a los criterios generales. 2. Arbitrio de Parques y Jardines, se considera: a. La cantidad de predios en el distrito. b. Los usos asignados a los predios.c. La categoría del servicio establecido de acuerdo a: - La ubicación del predio la misma que está en función del tipo de áreas verdes del distrito, su densidad o canti-dad de predios por zonas. - Los beneficios que se obtiene de su uso como calidad de vida, ornato recreación y deporte. - El factor de servicio. d. El Costo Mínimo del Servicio que es equivalente a la Categoría E. 3. Arbitrio de Serenazgo, se considera: a. La cantidad de predios en el distrito. b. Los usos asignados a los predios.c. El Factor de Riesgo que se establece de acuerdo a: - La frecuencia del servicio, establecido por los progra- mas de acción y control directa sobre los predios. - La capacidad del servicio, uso potencial del servicio en función de la capacidad operativa. - Tamaño del predio.- La cobertura de área del predio.- La cobertura de uso, de acuerdo a la naturaleza del predio. Artículo 2º.- Conforme a lo establecido en los artículos 69º, 69-A, 69-B de la Ley de Tributación Municipal, DecretoLegislativo N 776, los costos efectivos que demandan laprestación de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo son explicados en el Anexo I de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Para el año 2005, los Costos Mínimos trimestrales se establecen tomando como referencia la tasacobrada el año 2004, a la cual se le incrementa la variaciónporcentual de 3.22%, teniendo así: Usos Limpieza Púb. Parq. y Jard. Serenazgo Casa - Habitación S/. 15.71 S/. 26.19 S/. 15.71 Otros (comercio, industria, S/. 26.19 S/. 47.15 S/. 31.43 servicios, etc.) Artículo 4º.- Para el presente año, tratándose del Arbi- trio de Parques y Jardines se establece el siguiente bene- ficio: la tasa a pagar trimestralmente corresponde al costomínimo asignado según su uso, siempre que el predio nosupere la U.I.T. multiplicada por 7.8125. Para la aplicación del presente beneficio se aplicará la U.I.T. vigente al 1 de enero del año 2005. Artículo 5º.- Señálese que el Marco Legal de los Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgose encuentra establecido en la Ordenanza Nº 142-MM,ratificada por Acuerdo de Concejo Metropolitano de LimaNº 187. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Establézcase la obligación de presentar de- claración jurada a las personas naturales o jurídicas que se encuentren inafectas al pago del Impuesto Predial a fin de determinar el monto de las tasas de Arbitrios Municipa- les. La Municipalidad procederá a la distribución de los for- matos en forma gratuita, al domicilio fiscal de aquellas per-sonas que encuentren registradas en la Municipalidad omediante la página web de la municipalidad www.miraflores.gob.pe. El plazo para la presentación de la declaración jurada será hasta el último día hábil del mes de diciembre del2004, debiendo ser entregada en la Plataforma de Aten-ción al Contribuyente de la Municipalidad. Tratándose denuevos personas que adquieran la condición de inafectos el plazo de presentación de la declaración jurada será hasta el último día hábil del mes siguiente de producido talhecho.La omisión en la entrega de la declaración jurada será sancionable según lo establecido en el numeral 2 del artí-culo 176º del Código Tributario Segunda.- A los contribuyentes que cancelen la totali- dad de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi-nes y Serenazgo dentro del plazo de vencimiento del pri-mer trimestre, obtendrán un descuento del 10% sobre elmonto insoluto de los arbitrios del segundo, tercer y cuartotrimestre. Este beneficio no se aplica de manera conjunta con el beneficio establecido para los pensionistas. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía dicte las disposiciones complementariasnecesarias para la adecuada aplicación de la presenteOrdenanza. Cuarta.- Encárguese a la Gerencia de Rentas el cum- plimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo delConcejo Metropolitano de Lima que la ratifica. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde ANEXO 1 A. INFORME TÉCNICO (estimación de costos) En la jurisdicción del distrito de Miraflores existen registrados para la emisión del año 2005, 40,827 Predios destinados a diferentes usos, tales como casa habita-ción, terrenos sin construir, comercio, industria y servicios, etc. y 660 kioskos (sólopara el arbitrio de Limpieza Pública). Para la determinación del importe de los arbitrios se ha tomado en cuenta los costos totales de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgocontenidos en los informes de las Gerencias competentes. ESTRUCTURA DE COSTOS DE LOS ARBITRIOS MUNCIPALES LIMPIEZA PÚBLICA RESUMEN DE COSTOS OPERATIVOS: COSTO DE MANO DE OBRA S/. 3,858,021.96 COSTO DE MATERIALES S/. 1,665,717.94 DEPRECIACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPOS S/. 835,372.75 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES S/. 5,029,038.98 COSTO INDIRECTOS Y GASTO ADMINISTRATIVO 3/ S/. 1,306,664.08 COSTOS FIJOS S/. 371,825.14 TOTAL S/.13,066,640.85 PARQUES Y JARDINES COSTO TOTAL DEL SERVICIO COSTOS DE MANO DE OBRA S/. 2,746,232.40 COSTOS DE MATERIALES S/. 1,595,679.82 DEPRECIACIÓN DE MÁQUINAS Y EQUIPOS S/. 104,165.91 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES S/. 3,073,512.58 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS S/.849,149.18 COSTOS FIJOS S/.122,752.00 TOTAL COSTO DEL SERVICIO S/.8,491,491.89 SERENAZGO COSTO TOTAL DEL SERVICIO COSTO DE MANO DE OBRA S/. 5,029,880.36 COSTO DE MATERIALES S/. 1,281,942.10 DEPRECIACIÓN DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS S/. 250,254.96 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES S/. 1,033,317.10 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS S/. 894,165.96 COSTOS FIJOS S/. 452,099.16 TOTAL COSTO DEL SERVICIO 2005 S/.8,941,659.64