Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2004 (23/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de octubre de 2004

Servicios de Consultoria Internacional para el dictado de los cursos de las Guias ISO/IEC 62 y Guia ISO/IEC 65, y de las Guias IAF, ILAC e indicadores KPI's, autorizandose al Area de Logistica y Control Patrimonial a contratar los mencionados servicios con la firma National Standards Institute - ANSI, mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, previsto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, hasta por un valor referencial de US$ 17 850.00 (Diecisiete mil ochocientos cincuenta Dolares Americanos) para el primer curso, y hasta por US$ 7 200.00 (Siete mil doscientos Dolares Americanos) para el MORDAZA curso, incluido el Impuesto General a las Ventas en ambos casos. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TAVELLA Presidente del Directorio 19085

INPE
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia para adquisicion de impresora
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 271-2004-INPE-DGI
MORDAZA, 18 de octubre de 2004 VISTO; el Informe Nº 245-2004-INPE/13/CEPAMC, de fecha 14 de octubre de 2004 del Comite Especial Permanente de las Adjudicaciones de Menor Cuantia, relacionado con la declaracion de nulidad del MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0159-2004INPE-DGI, "ADQUISICION DE IMPRESORA LASER, MONOCROMO NEGRO, PARA LA OFICINA DE ASESORIA TECNICO - LEGAL DE LA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DEL INPE"; CONSIDERANDO: Que, corresponde al Instituto Nacional Penitenciario dirigir y controlar tecnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional asegurando la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del interno a la sociedad; asi como el mantenimiento de la infraestructura penitenciaria, el cual precisamente es para asegurar el logro de la mision MORDAZA mencionada; Que, mediante proveido del Director General de Infraestructura del Instituto Nacional Penitenciario en el Informe Nº 243-2004-INPE/13/CEPAMC de fecha 11 de octubre de 2004, se aprueban las Bases de la "ADQUISICION DE IMPRESORA LASER, MONOCROMO NEGRO, PARA LA OFICINA DE ASESORIA TECNICO - LEGAL DE LA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DEL INPE", por un valor referencial de S/. 6,960.00 incluido impuestos de ley, plazo referencial de 2 dias naturales; Que, con Informe Nº 245-2004-INPE/13/CEPAMC de fecha 14 de octubre de 2004, la presidenta del Comite Especial Permanente de las Adjudicaciones de Menor Cuantia expresa que, de conformidad con el calendario del mencionado MORDAZA se recepciono la propuesta de FIRST DATA y que en vista que con Oficio Nº 485-2004-INPE/11 la Oficina de Informatica de la Sede Central remite las especificaciones tecnicas aprobadas diferentes al requerimiento de la Oficina de Logistica, el mismo que fue realizado con Informe Nº 317-2004-INPE/13.04 de fecha 7 de octubre de 2004 y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y el articulo 26º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, recomienda se declare la nulidad de dicho MORDAZA y se retrotraiga al momen-

to anterior a la aprobacion de las Bases, en las cuales se considere las nuevas especificaciones tecnicas; Que, de acuerdo a lo expuesto, el hecho descrito se encuentra dentro de la causal establecida en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el cual dispone que se declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, de conformidad con el articulo 26º del Reglamento en cita, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7º de la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE corresponde al Titular del Pliego o a la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda declarar de oficio la nulidad; siendo que, mediante Resolucion Presidencial Instituto Nacional Penitenciario Nº 004-2004INPE/P de fecha 2 de enero de 2004, se delega, entre otros, al Director General de Infraestructura, la atribucion de resolver los casos de declaratoria de nulidad de oficio; Que, con Informe Nº 310-2004-INPE/13-02 de fecha 18 de octubre de 2004, la Oficina de Asesoria Tecnico Legal de la Direccion General de Infraestructura del Instituto Nacional Penitenciario, opina se declare la nulidad del MORDAZA en mencion y, con el visado de esta; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654 Codigo de Ejecucion Penal, Resolucion Ministerial Nº 040-2001JUS, ROF del INPE, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Modificatoria del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 079-2001PCM, la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 617-2001-INPE-P y, la Resolucion Presidencial Instituto Nacional Penitenciario Nº 781-2004-INPE/P; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0159-2004INPE-DGI, "ADQUISICION DE IMPRESORA LASER, MONOCROMO NEGRO, PARA LA OFICINA DE ASESORIA TECNICO - LEGAL DE LA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DEL INPE", retrotrayendolo al momento anterior a la aprobacion de las Bases. Articulo 2º.- El Comite Especial Permanente de las Adjudicaciones de Menor Cuantia debera elaborar las Bases del MORDAZA de Seleccion correspondiente, en la cual se consideren las nuevas especificaciones tecnicas aprobadas por la Oficina de Informatica de la Sede Central. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora (e) 19114

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva "Adquisicion de un equipo de gran formato: Escaner, Trazador (Plotter) y Copiador para el PEACS"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1088/INC
MORDAZA, 19 de octubre de 2004

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