TEXTO PAGINA: 44
PÆg. 278970 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de octubre de 2004 Servicios de Consultoría Internacional para el dictado de los cursos de las Guías ISO/IEC 62 y Guía ISO/IEC 65, yde las Guías IAF, ILAC e indicadores KPI’s, autorizándoseal Área de Logística y Control Patrimonial a contratar losmencionados servicios con la firma National Standards Ins-titute - ANSI, mediante procesos de Adjudicación de MenorCuantía, previsto en el artículo 20º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es-tado, hasta por un valor referencial de US$ 17 850.00(Diecisiete mil ochocientos cincuenta Dólares Americanos)para el primer curso, y hasta por US$ 7 200.00 (Siete mildoscientos Dólares Americanos) para el segundo curso,incluido el Impuesto General a las Ventas en ambos casos. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción remita copia de la presente Resolución y de los Infor-mes Técnico y Legal que la sustentan, a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SANTIAGO ROCA TAVELLA Presidente del Directorio 19085 I N P E Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación de menor cuantía para adquisi- ción de impresora INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 271-2004-INPE-DGI Lima, 18 de octubre de 2004 VISTO; el Informe Nº 245-2004-INPE/13/CEPAMC, de fecha 14 de octubre de 2004 del Comité Especial Perma-nente de las Adjudicaciones de Menor Cuantía, relacio-nado con la declaración de nulidad del Proceso de Selec-ción de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0159-2004-INPE-DGI, "ADQUISICIÓN DE IMPRESORA LÁSER, MO-NÓCROMO NEGRO, PARA LA OFICINA DE ASESORÍATÉCNICO - LEGAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEINFRAESTRUCTURA DEL INPE"; CONSIDERANDO: Que, corresponde al Instituto Nacional Penitenciario dirigir y controlar técnica y administrativamente el SistemaPenitenciario Nacional asegurando la reeducación, rehabi-litación y reincorporación del interno a la sociedad; asícomo el mantenimiento de la infraestructura penitenciaria,el cual precisamente es para asegurar el logro de la misiónantes mencionada; Que, mediante proveído del Director General de Infra- estructura del Instituto Nacional Penitenciario en el Infor-me Nº 243-2004-INPE/13/CEPAMC de fecha 11 de octu-bre de 2004, se aprueban las Bases de la "ADQUISICIÓNDE IMPRESORA LÁSER, MONÓCROMO NEGRO, PARALA OFICINA DE ASESORÍA TÉCNICO - LEGAL DE LADIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DELINPE", por un valor referencial de S/. 6,960.00 incluidoimpuestos de ley, plazo referencial de 2 días naturales; Que, con Informe Nº 245-2004-INPE/13/CEPAMC de fecha 14 de octubre de 2004, la presidenta del ComitéEspecial Permanente de las Adjudicaciones de Menor Cuan-tía expresa que, de conformidad con el calendario delmencionado proceso se recepcionó la propuesta de FIRSTDATA y que en vista que con Oficio Nº 485-2004-INPE/11la Oficina de Informática de la Sede Central remite lasespecificaciones técnicas aprobadas diferentes al requeri-miento de la Oficina de Logística, el mismo que fue realiza-do con Informe Nº 317-2004-INPE/13.04 de fecha 7 deoctubre de 2004 y de conformidad con lo dispuesto en elartículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 26º de su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, recomienda se de-clare la nulidad de dicho proceso y se retrotraiga al momen-to anterior a la aprobación de las Bases, en las cuales se considere las nuevas especificaciones técnicas; Que, de acuerdo a lo expuesto, el hecho descrito se encuentra dentro de la causal establecida en el artículo57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, el cual dispone que se declararánulos los actos administrativos expedidos por las Entida-des, cuando hayan sido dictados por órgano incompeten-te, contravengan las normas legales, contengan un impo-sible jurídico, o prescindan de las normas esenciales delprocedimiento o de la forma prescrita por la normatividadaplicable, debiendo expresar en la Resolución que se expi-da la etapa a la que se retrotraerá el proceso; Que, de conformidad con el artículo 26º del Reglamento en cita, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7º de laDirectiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, aprobada por Reso-lución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE corresponde al Titulardel Pliego o a la máxima autoridad administrativa, según corres-ponda declarar de oficio la nulidad; siendo que, mediante Reso-lución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario Nº 004-2004-INPE/P de fecha 2 de enero de 2004, se delega, entre otros, alDirector General de Infraestructura, la atribución de resolver loscasos de declaratoria de nulidad de oficio; Que, con Informe Nº 310-2004-INPE/13-02 de fecha 18 de octubre de 2004, la Oficina de Asesoría TécnicoLegal de la Dirección General de Infraestructura del Institu-to Nacional Penitenciario, opina se declare la nulidad delproceso en mención y, con el visado de ésta; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654 Códi- go de Ejecución Penal, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, ROF del INPE, Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Modificatoriadel Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE, apro-bada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE,Resolución de la Presidencia del Instituto Nacional Peni-tenciario Nº 617-2001-INPE-P y, la Resolución PresidencialInstituto Nacional Penitenciario Nº 781-2004-INPE/P; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad del Proceso de Selec- ción de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0159-2004-INPE-DGI, "ADQUISICIÓN DE IMPRESORA LÁSER, MO-NÓCROMO NEGRO, PARA LA OFICINA DE ASESORÍATÉCNICO - LEGAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IN-FRAESTRUCTURA DEL INPE", retrotrayéndolo al momen-to anterior a la aprobación de las Bases. Artículo 2º.- El Comité Especial Permanente de las Adjudicaciones de Menor Cuantía deberá elaborar las Ba-ses del Proceso de Selección correspondiente, en la cualse consideren las nuevas especificaciones técnicas apro-badas por la Oficina de Informática de la Sede Central. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Reso- lución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5)días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA VEGA ZAVALA Directora (e) 19114 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación directa selectiva "Adquisiciónde un equipo de gran formato: EscÆ-ner, Trazador (Plotter) y Copiador para el PEACS" RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1088/INC Lima, 19 de octubre de 2004