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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (24/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de octubre de 2004 de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena priva- tiva de libertad no menor de dos ni mayor de diez años ycon treinta a noventa días multa si se trata de un docu-mento público, registro público, título autentico o cual- quier otro trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor decuatro años, y con ciento ochenta a trescientos sesenti-cinco días multa, si se trata de un documento privado yasimismo se señala que, el que hace uso de un documen-to falso o falsificado, como si fuese legítimo, siempre que de su uso pueda resultar algún perjuicio, será reprimido, en su caso con las mismas penas; Que, en tal sentido, se ha verificado la existencia de indicios suficientes que hacen presumir la comisión deldelito tipificado en el artículo 427º del Código Penal; Que, de acuerdo con el artículo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos delEstado se ejercita judicialmente, por intermedio de losProcuradores Públicos. Asimismo, el artículo 2º del refe-rido texto legal señala que los Procuradores Públicostienen la plena representación del Estado en juicio y ejer- citan su defensa en todos los procesos y procedimien- tos en los que actúe como demandante, demandado,denunciante o parte civil; Que, con Resolución Suprema Nº 081-2003-JUS se ha designado al doctor Máximo Elías Herrera Bonilla,como Procurador Público Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y poriniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraes-tructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL; Que, mediante Resolución Suprema Nº 126-2003- JUS se amplío las facultades conferidas al doctor Máxi- mo Elías Herrera Bonilla, mediante Resolución Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procura-dor Público Ad Hoc, asuma la representación y defensadel PROVÍAS NACIONAL, en los procesos y procedi-mientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 050-2004- JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Público Ad Hoc del Proyecto Especial de Infraestructurade Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL medianteResolución Suprema Nº 081-2003-JUS, para que asumaadicionalmente la representación y defensa del ProyectoEspecial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RU-RAL, en los procesos y procedimientos en los que seventilen sus derechos e intereses; Que, por lo expuesto, resulta necesario en salva- guarda de los intereses del Estado autorizar al Procura- dor Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales de PROVÍAS NACIONAL, PROVÍAS DEPARTAMENTAL yPROVÍAS RURAL para que inicie y culmine las accioneslegales que correspondan contra la empresa CORPO-RACIÓN M & S INTERNACIONAL CA, S.A.; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Resolución Suprema Nº 050-2004-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍASNacional, del Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMEN-TAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Trans-porte Rural - PROVÍAS RURAL, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, inicie, impul- se y culmine las acciones legales que correspondancontra la empresa CORPORACIÓN M & S INTERNA-CIONAL CA, S.A., por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso mencio- nado, al Procurador Público, para su conocimiento yfines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19182/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G6F/G72/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G53/G65/G6C/G76/G61/G20/G45/G49/G52/G4C/G2E/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G2D/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 260-2004-MTC/13 Lima, 15 de octubre de 2004 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2003-021395, 021395-A, B y C), presentada por la empresa CONSOR-CIO DE SERVICIOS SELVA EIRL., identificada con RUCNº 20450983111, requiriendo Permiso de Operación paraprestar Servicio de Transporte Fluvial Comercial en Tráfi- co Nacional o Cabotaje de Carga General - entre los ríos de la Hoya Amazónica, en servicio irregular; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expe-dir, modificar y/o ampliar los Permisos de Operación alas personas naturales o empresas navieras nacionalesque lo soliciten; Que, la empresa CONSORCIO DE SERVICIOS SEL- VA EIRL., es una persona jurídica constituida en el país por Escritura Pública del 3.feb.2000, inscrita en la FichaNº 2972 del Registro de Personas Jurídicas; Que, la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento de Transporte FluvialComercial, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001- MTC, en mérito a lo cual cuenta con la opinión favorable emitida por el Director de Servicios Portuarios, Activida-des Navieras y Multimodal y del Asesor Legal, mediantelos Informes Nºs. 083-2004-MTC/13.02 y 322-2004-MTC/13.al, respectivamente, por lo que resulta proce-dente expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nºs. 005-2001-MTC, 041-2002-MTC y 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa CONSORCIO DE SERVICIOS SEL-VA EIRL., para prestar servicio de transporte fluvial co- mercial, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o Cabotaje - entre los ríos de la Hoya Amazónica. SERVICIO : Irregular. TIPO DE CARGA : Carga General . Artículo 2º.- El Servicio de Transporte Fluvial Co- mercial a que se refiere el artículo precedente será pres-tado con las embarcaciones con matrícula de banderaperuana siguientes: Samanta II matrícula Nº IQ-8122- AF y Don Sergio matrícula Nº IQ-19568-MF. Artículo 3º.- El Permiso de Operación que se otorga tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados apartir de la fecha de publicación de la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano. La renovación debe-rá ser solicitada por la recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipación de sesenta (60) díascalendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El Permiso de Operación otorgado, im- plica la obligación de parte del administrado que lo obtie-ne, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y demás dispositivos y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales y Jurídicas queprestan servicios de transporte fluvial, lo dispuesto porla presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- El Permiso de Operación otorgado que- dará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que elMinisterio emita el acto administrativo correspondiente,si el administrado no cumple con la publicación de lapresente Resolución en un plazo máximo de treinta (30)días hábiles, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución Directoral.