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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de octubre de 2004 Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación man- tendrá su plena vigencia en tanto el administrado cumplacon mantener vigentes las Pólizas de Seguros corres-pondientes e informes de las renovaciones del caso a la Autoridad de Transporte Acuático y a la Autoridad Marí- tima competente. Artículo 8º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas delsector Defensa, Capitanía de Puerto de Iquitos, Yurima-guas y Pucallpa y a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto y Ucayali, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO ARAMBURÚ GARDENER Director General 19086 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G20 /G63/G65/G72/G74/GE1/G6D/G65/G6E/G65/G73 /G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 096-2004 Lima, 20 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspec-tos fundamentales relacionados con la finalidad y funcio-nes del Banco Central; Que, para el cumplimiento de sus funciones la Geren- cia de Crédito y Regulación Financiera tiene entre sus objetivos el adecuado manejo de los diferentes instru- mentos monetarios y crediticios; Que, el Centro de Estudios Monetarios Latinoame- ricanos (CEMLA) y el Financial Stability Institute (FSI)invitan a este Banco Central a participar en los semina-rios conjuntos: "Desarrollos Recientes de las Prácticas de Administración de Riesgos de Instituciones Banca- rias" y "Productos Financieros Derivados", que se lleva-rán a cabo en las instalaciones del Banco Central deBrasil en Río de Janeiro, Brasil, entre el 8 y el 12 denoviembre de 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, es- tando a lo acordado por el Directorio en sesión de 30 deseptiembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la participación del señor Al- berto Cano-Alva Pueyo, Encargado de la Sección Mer-cado Cambiario de la Gerencia de Crédito y RegulaciónFinanciera, a la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 7 al12 de noviembre del presente año; y al pago de los gas- tos, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 753,27 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa única de aeropuerto US$ 28,24 ------------------ Total US$ 1 981,51 Artículo 3º.- La presente resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 19049CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G4F/G46/G49/G44/G45/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G20/G65/G78/G61/G6D/G65/G6E/G20/G61 /G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G41/G54/G4E/G2F/G4D/G45/G2D/G36/G36/G33/G36/G2D/G50/G45 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 413-2004-CG Lima, 21 de octubre de 2004 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 49-2004-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobreautorización a la Corporación Financiera de DesarrolloS.A. (COFIDE) para conducir el proceso de selecciónde una sociedad de auditoría que realice el examen a losestados financieros del Convenio de Cooperación Téc- nica No Reembolsable para el Fortalecimiento de Cajas Rurales y Municipales de Ahorro y Crédito ATN/ME-6636-PE, del período 7.10.2000 al 30.4.2004; CONSIDERANDO: Que, COFIDE suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Convenio de Cooperación Técni-ca No Reembolsable para el Fortalecimiento de Cajas Rurales y Municipales de Ahorro y Crédito (Convenio de Cooperación Técnica ATN/ME-6636-PE), con el objetode mejorar el acceso de la población de bajos ingresos alos servicios financieros, a través del fortalecimiento ins-titucional de las Cajas Rurales y del apoyo al proceso deprivatización de las Cajas Municipales; Que, con el documento CF-04749-2004/GG del 27.7.2004, COFIDE solicitó a la Contraloría General laautorización para conducir directamente el proceso de se-lección de una sociedad de auditoría que realice el examena los estados financieros de cierre del Convenio de Coopera-ción Técnica ATN/ME-6636-PE, precisando mediante do- cumento CF-05689-2004/AD del 17.9.2004 que la auditoría corresponde al período 7.10.2000 al 30.4.2004; Que, el BID con el Fax Nº 3758/2004 de 23.7.2004 otor- gó su no objeción a los documentos remitidos por COFIDEpara la adquisición de los servicios de auditoría externa delConvenio de Cooperación Técnica ATN/ME-6636-PE; Que, el artículo 12º de las Normas Generales aplica- bles a las Cooperaciones Técnicas No Reembolsablesdel Convenio de Cooperación Técnica ATN/ME-6636-PE, señala que los estados financieros se presentarándictaminados por auditores independientes, aceptable alBanco y de acuerdo con normas satisfactorias para éste; asimismo, mediante documento CF-05689-2004/AD del 17.9.2004, el Gerente General de COFIDE señala quelos honorarios profesionales serán asumidos en su tota-lidad por el BID, ratificando el documento CF-05462-2004/AD del 8.9.2004 de la citada Entidad; Que, el Documento de Licitación de Auditorías Exter- nas -AF-200 emitido por el BID establece un procedimiento específico para la designación de una sociedad de audito-ría que se aplica cuando los servicios de auditoría externason financiados con los recursos del Banco y en el contra-to se estipula que la auditoría debe ser efectuada por audi-tores independientes, condiciones que se verifican en el Convenio de Cooperación Técnica ATN/ME-6636-PE; Que el artículo 6º inciso c) del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado porResolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, estableceque tratándose de préstamos y/o donaciones efectua-das por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta todo el período de financiamiento, siempre que ello sea exigible por el con-venio internacional respectivo y/o en las normas del or-ganismo internacional que corresponda; Que, asimismo, el artículo 49º del Reglamento seña- la que cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas del organismo internacional establecen un pro- cedimiento específico para la designación de una socie-dad de auditoría, la Contraloría General autoriza a laentidad el proceso de selección correspondiente; Que, en ese sentido, mediante el documento de vis- tos, se concluye y recomienda que por las razones ex- puestas, debe autorizarse a COFIDE la conducción del proceso de selección para la contratación de una socie-