Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2004 (08/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2004

de documentacion sustentatoria; hechos que denotan la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision de Deberes, previstos y penados en los articulos 397º y 377º, del Codigo Penal, respectivamente; Que, asimismo, de la revision selectiva de la documentacion sustentatoria relacionada con el uso del servicio de telefonia celular por parte de funcionarios del CTAR MORDAZA, durante el periodo setiembre 2000 a diciembre 2002, se ha evidenciado pagos irregulares por el uso del referido servicio ascendentes a S/. 21 339,18, habiendose omitido cautelar el cumplimiento del MORDAZA normativo presupuestal y de austeridad y racionalidad en el gasto publico aplicable para tal periodo, ocasionando perjuicio economico a la entidad; hechos que denotan la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision de Deberes, previsto y penado en el articulo 377º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo en tal sentido, autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16214
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 354-2004-CG

rante el indicado ejercicio y de acuerdo a la normativa aplicable; Que, como resultado de la revision practicada a los comprobantes de pago, asi como a la documentacion que sustenta la emision de las Resoluciones Regionales Sectoriales que resolvieron reconocer en via de regularizacion por los ejercicios 2002 y 2003, el derecho a percibir mensualmente el pago de bonificacion diferencial a diversos servidores de la Direccion Regional de Educacion de Tumbes, por haber desempenado cargos de responsabilidad directiva en los niveles F2, F3 y F4, la Comision Auditora ha determinado que la normativa invocada para reconocer como validos dichos pagos no es aplicable al caso concreto, siendo que ademas, las resoluciones con las que se designo a los mencionados servidores, no fueron emitidas por el nivel funcional respectivo, y que los pagos materia de reconocimiento se efectuaron por periodos posteriores a la culminacion de dichas encargaturas, originando un perjuicio economico a la entidad por un total de S/.62 163,59; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Peculado y Abuso de Autoridad, previstos y penados en los articulos 387º y 376º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, asi como los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 16215
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 359-2004-CG

MORDAZA, 6 de setiembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 148-2004-CG/GZN, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional Tumbes - CTAR Tumbes, por el periodo enero 2002 a diciembre 2002; comprendiendo ademas operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de su Plan Anual de Control para el ano 2003, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional Tumbes - CTAR Tumbes, asi como a operaciones del Gobierno Regional Tumbes, con la finalidad de determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados a dicha entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos propuestos du-

MORDAZA, 7 de setiembre de 2004 VISTO; el Informe Especial Nº 154-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA CTAR MORDAZA, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2002, considerando operaciones anteriores al citado periodo, asi como hechos posteriores correspondientes a la gestion del Gobierno Regional Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion

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