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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (08/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 81

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G36/G30/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 8 de setiembre de 2004 Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Na-cional de Control y de la Contraloría General de laRepública, Ley Nº 27785, constituye atribución deeste Organismo Superior de Control, disponer el ini-cio de las acciones legales pertinentes en forma in- mediata, por parte del Procurador Público, en los ca- sos que en la ejecución directa de una acción de con-trol se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales de la Con-traloría General de la República, el inicio de las ac- ciones legales respectivas contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Na-cional de Control y de la Contraloría General de laRepública, así como el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones lega-les correspondientes contra los presuntos responsa-bles comprendidos en el Informe de Visto, remitién-dosele para el efecto los antecedentes correspondien-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 16216 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 357-2004-CG Lima, 6 de setiembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 152-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado en el Con-sejo Transitorio de Administración Regional Puno, por el período enero a diciembre de 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores a dicho perío-do; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2003 de la ex Gerencia de Gobiernos Regionales, laContraloría General de la República efectuó un exa- men especial en el Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional Puno - CTAR PUNO, orientado, en-tre otros, a evaluar la planificación y ejecución de laobra "Asfaltado de la Carretera Yunguyo - Tinicachi"del tramo Km 0+000 al Km 5+750, entre las localida-des de Tinicachi y Unicachi; Que, de la revisión selectiva de la documentación sustentatoria de la ejecución de la mencionada obra,del tramo Km 0+000 al Km 5+750, correspondiente alos períodos 1997 y 1998, la Comisión de Auditoríaha determinado que los procesos constructivos y lautilización de materiales y equipos en la ejecución de la obra en los períodos en mención, han sido in- adecuados y deficientes, generando posteriormentela necesidad que se sustituyan los trabajos ejecuta-dos en la construcción de dicho tramo, ocasionandoperjuicio económico a la entidad ascendente a S/. 198947,31; Que, asimismo, con relación a los gastos efectua- dos por concepto de mano de obra en el período 2002,se ha determinado que dichos gastos no correspon-den a la mano de obra valorizada según el análisisde precios unitarios del presupuesto base, habién-dose efectuado pagos en exceso por S/.155 607,19;Que, los hechos expuestos en los períodos 1997, 1998 y 2002, configuran perjuicio económico a la en-tidad, por un monto total de S/. 354 554, 50 el cualdebe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en elartículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Ge-neral de la República, constituye atribución de esteOrganismo Superior de Control, disponer el inicio delas acciones legales pertinentes en forma inmediata,por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícitopenal, correspondiendo en tal sentido, autorizar alProcurador Público encargado de los asuntos judi-ciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la Repúbli-ca, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de laContraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las accio- nes legales por los hechos expuestos, contra los pre-suntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndosele para tal efecto los anteceden-tes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 16218 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G61/G73/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G4D/G61/G72/G63/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 356-2004-CG Lima, 6 de setiembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 151-2004-CG/EA, re- sultante del examen especial practicado al convenio en- tre el Instituto Nacional de Cultura del Perú, la Universi- dad Nacional Mayor de San Marcos de Lima y la Agen-cia Española de Cooperación Internacional, para la rea-lización de obras de restauración de la casona de SanMarcos en Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dis- puso la realización de un examen especial al conve-nio entre el Instituto Nacional de Cultura del Perú, laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos de Lima y la Agencia Española de Cooperación Internacional, para la realización de obras de restauración de lacasona de San Marcos en Lima, período enero 1992- diciembre 2002; Que, de la revisión efectuada a los comprobantes de pago girados por la oficina de Tesorería de la UN- MSM, que sustentan los aportes de la Universidad al Convenio suscrito entre el INC, la UNMSM y la AECI,para la Ejecución de Obras de Restauración de la "Ca-sona de San Marcos", correspondientes a los años