Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2004 (13/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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2004-UNFV, del 30.01.2004 y, modificado con Resoluciones Rectorales Nros. 8633, 9246 y 9354-2004-UNFV, del 30.04.2004, 09.07.2004 y 03.08.2004, se tiene prevista la contratacion del Servicio de Arrendamiento de Inmueble para la Escuela Universitaria de Post Grado (EUPG) de la Universidad, por el valor referencial de S/.290,000.00 Nuevos Soles; Que, con Oficio Nº 0005-2004-CEP-CP Nº0003-2004UNFVE, el Comite Especial encargado del Concurso Publico Nº 0003-2004-UNFV - "Arrendamiento de Inmueble para la EUPG", remite el Acta de MORDAZA de Propuestas del referido MORDAZA de seleccion, de fecha 25.08.2004, donde se deja MORDAZA que el mismo ha sido declarado desierto de conformidad con el Art. 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por haberse presentado un solo postor; Que, en el Informe Tecnico contenido en el Oficio Nº 299-2004-OPE-OCLSA-UNFV, la Oficina de Programacion y Evaluacion de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, sustenta las razones que justifican se declare en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Arrendamiento de Inmueble para la Escuela Universitaria de Post Grado, advirtiendo que estando proximo a vencer (31.08.2004) el contrato de arrendamiento del inmueble donde funciona la referida escuela y, toda vez que el MORDAZA de seleccion correspondiente ha sido declarado desierto, la Universidad podria verse desprovista de dicho servicio mientras se lleve a cabo una MORDAZA Convocatoria, dependiendo la suscripcion definitiva del contrato de consentida o firme que quede la Buena Pro, lo que podria afectar la continuidad de los servicios educativos que se presta a la comunidad; Que, con Informe Legal Nº 0854-2004-OCAJ-UNFV, de fecha 31.08.2004, la Oficina Central de Asesoria Juridica, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo establecido en los Articulos 20º y 113º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente; Que, en los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece los procedimientos a que deben someterse las adquisiciones y contrataciones por exoneracion de procesos de seleccion, debiendose precisar en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con lo establecido en los Articulos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, 113º y 115º de su Reglamento; y, el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE/PRE; Estando al Oficio Nº 1504-2004-VRAD-UNFV, del Vice Rector Administrativo; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de Urgencia la Contratacion del Servicio de Arrendamiento de Inmueble para la Escuela Universitaria de Post Grado de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, por consiguiente, exonerar a la Universidad del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar dicho servicio, por el plazo de dos (2) meses, septiembre y octubre del ano 2004, hasta por el valor referencial de S/.48,332.00 (Cuarenta y ocho mil trescientos treinta y dos con 00/100 Nuevos Soles), afectandose a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Jefe de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, contratar los servicios que se refieren el articulo primero de la presente resolucion, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como remita MORDAZA de la misma y del Informe Tecnico - Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificacion,

Economico Financiera y, de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector 16315

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen exclusion de bonos de arrendamiento financiero emitidos por Wiese Sudameris Leasing S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIAL Nº 057-2004-EF/94.45
MORDAZA, 2 de setiembre de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004024387, asi como el Informe Interno Nº 104-2004-EF/94.45.2 de fecha 27 de agosto de 2004, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 065-98-EF/ 94.11 del 26 de febrero de 1998 se dispuso la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los bonos de arrendamiento financiero emitidos por MORDAZA Leasing S.A. (Hoy Wiese Sudameris Leasing S.A.) denominados «Lima Bonos de Arrendamiento Financiero - MORDAZA Leasing S.A. Decreto Legislativo Nº 299 - Decima Emision", por un monto en moneda nacional equivalente a Diez Millones y 00/ 100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 10 000 000,00); Que, mediante escrito remitido a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., con fecha 29 de diciembre de 2003, Wiese Sudameris Leasing S.A., debidamente representada por el senor MORDAZA Tamayo MORDAZA en su calidad de Gerente de Finanzas, presento a dicha institucion MORDAZA simple de la Escritura Publica de Cancelacion Total de la Emision, que otorgan Wiese Sudameris Leasing S.A., en su calidad de emisor y Sudamericano Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de representante de los obligacionistas, ante Notario Publico de MORDAZA doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran con fecha 21 de octubre de 2003, con el objeto de iniciar el tramite de deslistado de los valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132 inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, mediante carta GL-0830/2004, remitida a CONASEV con fecha 24 de agosto de 2004, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., comunico a CONASEV su decision de disponer el deslistado de los bonos denominados "Lima Bonos de Arrendamiento Financiero - MORDAZA Leasing S.A. - Decreto Legislativo Nº 299 - Decima Emision" de Wiese Sudameris Leasing S.A. y elevar el expediente a nuestra institucion para los efectos correspondientes; Que, el articulo 37 inciso b) del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27 inciso b) del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 125-98-EF/94.10, establecen como causal para la exclusion de un valor la amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 34 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 630-97-EF/94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, establece

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