NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 15
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G33/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Viceministro de Comercio Exterior, ha solicitado al Viceministro de Comunicaciones la designación de un repre-sentante, con la finalidad que participe en la mesa de negocia-ción de telecomunicaciones, en el marco de las próximas Ron-das de Negociaciones para la suscripción del Tratado de LibreComercio con los Estados Unidos de América, que se llevarána cabo en la ciudad de San Juan, Estado Libre Asociado dePuerto Rico, del 13 al 17 de setiembre de 2004, habiéndoseprevisto una reunión de coordinación entre los representantesde los países andinos el 12 de setiembre de 2004; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha designado al ingeniero Carlos Rafael Valdez Velásquez-Ló-pez, Jefe de la Secretaría de Comunicaciones del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, para asistir a las mencio-nadas rondas, por ser de interés nacional e institucional; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, serán asumidos por el Ministeriode Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupues-to; De conformidad con la Ley Nº 28128, Ley de Presu- puesto para el sector público para el año fiscal 2004, la LeyNº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exte-rior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamentoaprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Carlos Rafael Valdez Velásquez-López, Jefe de la Secretaría de Comunica-ciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a laciudad de San Juan, Estado Libre Asociado de Puerto Rico,del 11 al 14 de setiembre de 2004, para los fines expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por el Pliego Presu-puestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 684,15 Viáticos US$ 800,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá pre-sentar ante su institución un informe detallado describien-do las acciones realizadas, los resultados obtenidos y larendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otor- gará derecho a exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trans-portes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16544 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G50/G52/G4F/G2D/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G79/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G44/G45/G50/G41/G52/G54/G41/G2D/G4D/G45/G4E/G54/G41/G4C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D /G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 681-2004-MTC/01 Lima, 9 de septiembre de 2004 VISTOS: El Memorando Nº 1523-2004-MTC/10 de la Directora General de la Oficina General de Administración, InformeTécnico Nº 0199-2004-MTC/10.02 del Director de Abaste- cimiento de la Oficina General de Administración e InformeNº 1262-2004-MTC/08 de la Oficina General de AsesoríaJurídica, relacionados con la solicitud de la expedición dela Resolución Ministerial correspondiente para autorizar laexoneración del proceso de selección para la contrataciónde una empresa que preste el servicio de seguros perso-nales y no personales de las Unidades Ejecutoras 001 -Administración General, 007 - PROVÍAS NACIONAL y 008- PROVÍAS DEPARTAMENTAL del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 0199-2004-MTC/ 10.02 del Director de Abastecimiento de la Oficina Generalde Administración, los activos a cargo del Estado puedenser afectados en cualquier momento, ya sea por incendio,robo, terremoto, terrorismo, fenómenos climatológicos, des-honestidad, así como también el personal de la Entidad,por algún accidente, por lo que dicha situación obliga a quelas Entidades Públicas, con el fin de proteger los activos ypersonal de su institución, tengan que contratar segurospatrimoniales y personales para cuidar y proteger a los mis-mos; Que, asimismo, se señala que el Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones cuenta dentro de sus activos conmaquinaria pesada de alto valor para el mantenimiento delas carreteras, como camiones, cisternas de agua, camio-nes volquetes, cargadores frontales, retroexcavadoras,motoniveladoras, rodillos lisos vibratorios autopropulsados,tractores de orugas, esparcidoras de asfalto, tractores neu-máticos, excavadoras hidráulicas, martillos neumáticos,generador de chancadora, grupos electrógenos, motobom-bas, trompos mezcladores, planchas compactadoras, vibra-dores de concreto; equipos sofisticados de comunicacio-nes para las señales de frecuencias, como equipos de mo-nitoreo y localización, receptores, conmutadores de ante-nas, UPS, router, enlaces FH2 de microondas, servidores,computadoras, scanner, impresoras; así como edificacio-nes, vehículos y mobiliario; Que, los bienes y el personal del Ministerio, son nece- sarios e indispensables para la prestación de los serviciosesenciales de la institución y según se desprende del refe-rido Informe Técnico han venido siendo asegurados antecualquier eventualidad mediante pólizas multiriesgo, 3D -Deshonestidad, TREC, accidentes personales, entre otros,estando la cobertura de los seguros a cargo del ConsorcioEl Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Rease-guros - El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reasegu-ros, manteniéndose vigente hasta el 12 de setiembre de2004; Que, según refiere el Informe Técnico, no obstante ha- berse adoptado oportunamente las acciones administrativasnecesarias para contratar los seguros por el vencimientode los contratos respectivos, a la fecha al Comité Especialdesignado mediante Resolución Secretarial Nº 075-2004-MTC/10 no le ha sido posible convocar al proceso de selec-ción correspondiente, por las razones expuestas en el refe-rido Informe Técnico; Que, así se señala que las Unidades Ejecutoras 001 - Administración General, 007 - PROVÍAS NACIONAL y 008- PROVÍAS DEPARTAMENTAL participan en forma corpo-rativa en la contratación de las pólizas de seguros querequieren, por este motivo la materia asegurada, sumasaseguradas, coberturas a determinar y especialmente lavalorización de la maquinaria pesada como volquetes, car-gadores frontales, camiones imprimadores, camiones cis-ternas y otros equipos mayores, en su mayoría bajo uso ycustodia de PROVÍAS NACIONAL y PROVÍASDEPARTAMENTAL se encuentran en zonas de difícil acce-so y alejadas de la capital, dificultando dicha circunstancialos criterios a utilizar para determinar los valores a asegu-rar; Que, asimismo, se informa que se requiere el estudio de riesgo y elaboración del Slip Técnico Corporativo, el cualdetalla las coberturas, sumas aseguradas, deducibles, en-tre otros aspectos técnicos que necesita cada una de lasUnidades Ejecutoras, como: Multiriesgo, Deshonestidad,TREC, Vehículos, Accidentes Personales, Seguro Comple-mentario de Trabajo de Riesgo, entre otras coberturas; sien-do el Corredor de Seguros el encargado de diseñarlo, sien-do una de las funciones del corredor consolidar la informa-ción otorgada por cada Unidad Ejecutora y remitir el SlipTécnico corporativo y evitar con ello la duplicidad o dejarde asegurar maquinaria u otros bienes que en un futurogenere responsabilidades;