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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G33/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 5 de abril del 2004, la Notaria Cyra Ana Landázuri Golffer da cuenta a la Geren-cia de Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX- SedeLima, la presentación de documentos supuestamentefalsificados presentados ante dicho registro de propiedad,habiéndose adjuntado en la solicitud de inscripción de Títu-lo Nº 233857, de fecha 1 de diciembre del 2003; título ar-chivado que dió mérito al asiento C00004 de la Partida Elec-trónica Nº 43075489 en el mencionado registro; Que, mediante el Informe Nº 002-2004-SUNARP Z.R.Nº IX/OL, de fecha 28 de mayo del 2004, la Jefatura de la Ofi-cina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remitió ala Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judicia-les del Ministerio de Justicia, los respectivos antecedentesde la citada solicitud de inscripción de Título con indicios decomisión de delito, a efecto que se expida la ResoluciónMinisterial que autorice iniciar las acciones penales contralas personas que resulten responsables por la presuntacomisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad defalsedad ideológica, previsto y penado en el artículo 428ºdel Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo quecorresponde autorizar al Procurador Público, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estadointerponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judi-cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes contralos que resulten responsables conforme a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conoci-miento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 16468 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2004-JUS Lima, 10 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1824-2004-JUS/PPMJ, de fecha 3 de agosto del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe Nº 316-2004-ZR-V-S.T-RPV, de fecha 5 de julio del 2004, el Registrador Público BikelAraujo Campos da cuenta a la Gerencia Registral de la ZonaRegistral Nº V- Sede Trujillo, la presentación de documen-tos supuestamente falsificados presentados ante el Regis-tro de Propiedad Vehícular, en la solicitud de inscripción deTítulo Nº 2004-15015 de fecha 12 de mayo del 2004; Que, mediante el Oficio Nº 107-2004-Z.R.Nº V/AL, de fecha 26 de julio del 2004, la Oficina Legal de la Zona Regis-tral Nº V- Sede Trujillo remitió a la Procuraduría Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,los antecedentes de la citada solicitud de inscripción de Tí-tulo con indicios de comisión de delito, a efecto que se expi-da la Resolución Ministerial que autorice iniciar las accio-nes penales contra las personas que resulten responsa-bles por la presunta comisión del delito contra la Fe Públicaen la modalidad de falsificación de documentos, previsto ypenado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo que corres-ponde autorizar al Procurador Público, para que en repre- sentación y defensa de los intereses del Estado interpongalas acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judi-cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estado, inter-ponga las acciones judiciales correspondientes contra losque resulten responsables conforme a los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conoci-miento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 16469 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D /G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G22/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G50/G65/G72/G66/G69/G6C/G20/G79/G20/G6E/GFA/G6D/G65/G72/G6F /G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6F/G22/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G22/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G43/G61/G73/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 454-2004-JUS Lima, 10 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 958, de fecha 29 de julio de 2004, se aprobó el Decreto Legislativo que regu-la el Proceso de Implementación y Transitoriedad del Nue-vo Código Procesal Penal; Que, el artículo 9º del indicado cuerpo legal establece un plazo no mayor de 60 días útiles a partir de la fecha depublicación, para que el Ministerio de Justicia proponga ala Comisión Especial, la organización, perfil y número deDefensores de Oficio, así como el nuevo sistema de trabajoy de asignación de casos; Que, a fin de implementar y proponer oportunamente a la Comisión Especial un adecuado y nuevo “Sistema de tra-bajo y asignación de casos” que reflejen la gestión judicialque cumplen los Defensores de Oficio, se hace necesariola conformación de una Comisión encargada de presentarel proyecto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560- Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993y Decreto Legislativo Nº 958; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión encargada de proponer a la Comisión Especial de Implementación delCódigo Procesal Penal, el proyecto de los lineamientos dela “Nueva Organización, Perfil y número de Defensores deOficio” así como el nuevo “Sistema de Trabajo y Asignaciónde Casos” que permita dar cumplimiento a lo establecidoen el inciso d) del artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 958,la misma que estará conformada por los siguientes funcio-narios y servidores del Ministerio de Justicia: - Dra. Isabel Ráez Pacora, Directora de la Dirección de Defensoría de Oficio y Servicios Jurídicos Populares de laDirección Nacional de Justicia, quien la presidirá - Sr. Fabricio Jorge Terán Ludwick, Director General de la Oficina General de Economía y Desarrollo. - Sr. Mario Edgar Huerta Rodríguez, Director General de la Oficina General de Administración. - Dr. Miguel Carrillo García, Subdirector de la Dirección de Defensoría de Oficio y Servicios Jurídicos Populares.