Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2004 (13/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 13 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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cion de documentos y falsedad generica, previsto y penado en los articulos 427º y 438º del Codigo Penal; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos contra la Fe Publica, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 16465

interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 16466

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 446-2004-JUS
MORDAZA, 10 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1825-2004-JUS/PPMJ, de fecha 3 de agosto del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 013-2004-ZR-VIII-SHYO/GAR, de fecha 8 de marzo del 2004, la Gerencia del Area Registral da cuenta al Jefe Zonal de la MORDAZA Nº VIII- Sede Huancayo, la MORDAZA de documentos supuestamente falsificados presentados ante el Registro de Personas Juridicas, en las solicitudes de inscripcion de Titulos Nº 4206, 8326 y 9996 de fechas 12 de MORDAZA, 03 de setiembre y 24 de octubre del 2003; Que, mediante el Informe Nº 109-2004-ZRNº VIII-SHYO/ AL, de fecha 7 de MORDAZA del 2004, la Jefatura del Area Legal de la MORDAZA Registral Nº VIII- Sede Huancayo remitio a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los antecedentes de las citadas solicitudes de inscripcion de Titulo con indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito contra la Fe Publica, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 16467

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 445-2004-JUS
MORDAZA, 10 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1983-2004-JUS/PPMJ, de fecha 17 de agosto del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante las Memorandas Nº 307, 261, 255, 254, 251, 250, 245, 241, 240 y 233-2004-SUNARP-Z.R.Nº IXGBM, la Gerencia de Bienes Muebles da cuenta a la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA, la MORDAZA de documentos supuestamente falsificados presentados ante el Registro de Propiedad Vehicular, en las solicitudes de inscripcion de los Titulos Nº 9801, 18305, 35869, 14704, 25794, 10303, 25551, 27321, 20532 y 27122 del ano 2004; Que, mediante Informe Nº 017-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/OL, de fecha 27 de MORDAZA del 2004, la Oficina Legal de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA remitio a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los respectivos antecedentes de las citadas solicitudes de inscripcion de Titulos con indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º del Codigo Penal; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, existen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito contra la Fe Publica, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado,

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 447-2004-JUS
MORDAZA, 10 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1641-2004-JUS/PPMJ, de fecha 12 de MORDAZA del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;

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