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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (13/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G33/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de setiembre de 2004 dos de vivienda, se puede acreditar el ahorro mínimo, me- diante una carta de compromiso emitida por dichas institu-ciones, en las que éstas se obligan a conceder a favor delsolicitante el monto necesario para constituir, complemen-tar o incrementar el ahorro mínimo requerido para su pos-tulación al BFH. La citada carta de compromiso debe emi-tirse a requerimiento del solicitante. El ahorro acreditadode esta manera no otorga puntaje. Mediante Resolución Ministerial de VIVIENDA, se po- drán establecer otras formas de acreditar el ahorro míni-mo. - Apoyo Habitacional del Estado: Apoyo Habitacional que comprende alguno de los siguientes casos: a) Préstamos o créditos con recursos del Fondo Nacio- nal de Vivienda - FONAVI o del Banco de Materiales S.A.C- BANMAT por concepto de autoconstrucción de vivienda,adquisición de vivienda, reconstrucción de vivienda o des-tugurización. No se encuentran comprendidos, los présta-mos o créditos otorgados en caso de emergencia ante fe-nómenos naturales, que hayan sido utilizados para paliati-vos provisionales. b) Préstamos con recursos canalizados por el Fondo MIVIVIENDA - FMV; c) La asignación previa del BFH. - Beneficiario(s): Grupo Familiar Postulante al que se le ha otorgado el BFH, de manera provisional o definitiva. Setrata de grupos familiares, en los ámbitos urbano y rural,que carecen de recursos económicos suficientes para ad-quirir, construir en sitio propio o mejorar una Vivienda úni-ca. - Bono Familiar Habitacional (BFH): Ayuda económica directa, otorgada por el Estado por única vez a los Benefi-ciarios, como complemento a su ahorro y/o esfuerzo cons-tructor, exclusivamente para facilitarles la adquisición, cons-trucción en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda deInterés Social. - Comisión de Transparencia y Fiscalización: Órgano encargado de velar por la transparente asignación del BFH,cuyos integrantes serán designados mediante ResoluciónMinisterial de VIVIENDA. - Comité Ejecutivo: Comité que tiene a su cargo el Re- gistro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio. - Conjunto de Asociados Postulantes (CAP): Conjunto de GFPs de una misma OP que participan en la Postula-ción Colectiva respecto a un Proyecto. - Construcción en Sitio Propio: La realizada sobre el te- rreno o aires independizados de propiedad del Grupo Fa-miliar Postulante o de la Organización Postulante, en casode Postulación Colectiva. El terreno a utilizar puede contarcon obras de habilitación urbana o algún elemento estruc-tural de carácter permanente, mientras no llegue a comple-tar una habitación, sea ésta techada o no. - Cuenta de Ahorros: Para efectos de lo dispuesto en la normas que regulan el BFH, es la Cuenta de Ahorros remu-nerada, abierta en una IFI participante en el Programa, queacredita el Ahorro Mínimo del aspirante al BFH. La Cuentade Ahorro es de carácter no transaccional, es decir, igualpermite depósitos en la periodicidad que se pacte al efectopero sólo admite el retiro total de los recursos y cierre de lacuenta. Se permite el ahorro en dólares o nuevos soles. - Dependiente(s): Se consideran dependientes: al cón- yuge o conviviente, según lo dispone el Código Civil; a loshijos nacidos vivos menores de 18 años, incluidos aquellosque cumplen esta edad durante el año calendario en quese postula; a los hijos mayores de 18 años con discapaci-dad sensorial, física o mentalmente en forma permanente;a los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años in-cluidos aquellos que cumplen esta edad durante el año ca-lendario en que se postula y que se encuentren cursandoestudios escolares o superiores; a los hermanos menoresde edad que no tengan a ninguno de sus padres vivos; alos hermanos mayores de edad con discapacidad que notengan a ninguno de sus padres vivos; a los padres - delJefe de familia o su cónyuge- mayores de 65 años y a lospadres del Jefe de Familia o su cónyuge menores de 65años con discapacidad. Las personas antes indicadas deben además depender económicamente del Jefe(a) o Jefes de Familia y domiciliarcon él, ella o ellos. - Dependientes económicamente: aquella(s) persona(s) que cumplen con ser Dependiente(s) deacuerdo a los términos establecidos en la presente nor-ma y que asimismo cumplen concurrentemente con lossiguientes requisitos:a) Domicilia(n) con el Jefe(a) o Jefes de Familia al me- nos durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de pos-tulación; y, b) Percibe(n) cada uno un Ingreso Neto Mensual, por cualquier concepto, inferior al ingreso del Jefe(a) de Fami-lia. Este ingreso formará parte del Ingreso Familiar Men-sual del Grupo Familiar Postulante. - Discapacidad: Una o más deficiencias evidenciadas en una persona con la pérdida significativa de alguna o al-gunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, queimpliquen la disminución o ausencia de la capacidad derealizar una actividad dentro de formas o márgenes consi-derados normales, limitándola en el desempeño de un rol,función o ejercicio de actividades y oportunidades paraparticipar equitativamente dentro de la sociedad. - Entidades Técnicas (ET): Profesionales o personas jurídicas que asesoran a los aspirantes del BFH en el desa-rrollo, implementación y construcción de la vivienda en Si-tio Propio o en el Mejoramiento de Vivienda en toda la fasedel Programa. Asimismo, pueden supervisar la obra. - Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fon- do MIVIVIENDA (FMV): Entidad administradora y otorgan-te del BFH, según lo establecido en el artículo 6 de la LeyNº 27829, Ley de creación del BFH, modificada por Ley Nº28210. - Grupos Familiares Accesitarios.- Aquellos que, cum- pliendo con todos los requisitos para ser Beneficiarios delBFH, no alcanzaron el puntaje necesario para ser Benefi-ciarios Provisionales en cada convocatoria, pero puedenacceder al BFH si en la misma convocatoria se determinaque los que tenían mejor puntaje pierden la posibilidad deacceder al BFH. Se determinan una sola vez por convocatoria, accedien- do en estricto orden de puntaje. Los Grupos Familiares Accesitarios serán: a) Postulantes cuando por puntaje no alcanzan a ser Beneficiarios Provisionales; y, b) Beneficiarios Provisionales cuando luego de ser pos- tulantes accesitarios reemplazan a los grupos familiares quepierden la posibilidad de acceder al BFH. - Grupo Familiar Beneficiario (GFB): Aquel previamente calificado como Beneficiario provisional o como Beneficia-rio definitivo para el acceso al BFH. - Grupo Familiar Postulante (GFP): Se constituye por el Jefe o Jefa de Familia, su cónyuge o conviviente si lo hubie-ra, según lo dispone el Código Civil, sus hijos nacidos vivosmenores de 18 años, incluidos aquellos que cumplen esaedad durante el año calendario en que se postula, sus hijosmayores de 18 años con discapacidad. Adicionalmente, ysiempre y cuando dependan económicamente del Jefe(a)o Jefes de familia y domicilien con él, ella o ellos. Asimis-mo, pueden ser considerados como parte del Grupo Fami-liar Postulante: (i) los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años que se encuentren cursando estudios escolares o superio-res; (ii) los hermanos menores de edad que no tengan a nin- guno de sus padres vivos; (iii) los hermanos mayores de edad con discapacidad que no tengan a ninguno de sus padres vivos; y, (iv) los padres - de cualquiera de los cónyuges mayores de 65 años. (v) los padres - de cualquiera de los cónyuges menores de 65 años con discapacidad. - Hacinamiento: Un hogar está hacinado si cada uno de los cuartos con los que cuenta aloja, en promedio, a másde tres personas. A efectos del cálculo, no se considerancomo cuartos a la cocina, el o los baños, los pasillos y elgaraje. - Institución Financiera Intermediaria (IFI): Institución financiera que opera bajo la supervisión directa o indirectade la Superintendencia de Banca y Seguros. - Ingreso Neto Mensual Promedio.- Es el promedio del ingreso mensual de una persona durante los seis (6) me-ses anteriores al de la postulación. A solicitud de los intere-sados puede considerarse el promedio de los doce (12)meses anteriores al de la postulación. No se considera parael cálculo del ingreso neto mensual promedio, los percibi-dos por adeudos, premios, o bonificaciones extraordinarias. El ingreso neto mensual promedio, sea éste formal o informal, se acredita mediante planilla, certificación de lainstitución empleadora - considerando los descuentos de