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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G35/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de setiembre de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ACUERDO REGIONAL Nº 146-2004-GR.LAMB./CR Chiclayo, 13 de septiembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 328 de fecha 10 de septiembre de 2004 de la Embajada de la República Federativa de Brasil; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Gobierno Regional Lambayeque, Dr. Yehude Simon Munaro, en ejercicio de las funciones inhe- rentes a su cargo deberá viajar a la República Federativa de Brasil, donde acudirá desde el día 17 al 25 de septiembre delpresente año, período en el cual estará fuera de la Región Lambayeque, accediendo a la invitación hecha por la Emba- jada de dicho país, en la persona del Excmo. Sr. André Ama-do, promotor del indicado viaje a ese país para, además de servir de ocasión de hermanar nuestros pueblos, llevar a cabo actividades a favor de la Región Lambayeque, conocer pro-yectos actualmente en curso en la República del Brasil que pudieran enriquecer la gestión del Gobierno Regional de Lam- bayeque, como todo lo concerniente al denominado CorredorBioceánico tema sobre el cual se efectuarán las gestiones necesarias para ser tratado directamente con el Presidente Luis Inácio Lula Da Silva, así como efectuar invitación a inver-sionistas brasileros quienes, entre otros rubros, han mostra- do interés en la industria azucarera lambayecana; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos que demande el referido viaje será asumido por el país anfi- trión y la empresa privada, razón por la que el mismo no de- mandará más gasto al Gobierno Regional de Lambayeque queel traslado del Presidente Regional a la Capital de la Repúbli- ca y los gastos tributarios ordinarios por salida al exterior; Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servi- cio, cuando un servidor es destinado para realizar accionesde servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en extranjero; lo que es concordante con los dispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Leyde Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede ha-bitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacio- nal y especialidad alcanzados y que están directamente rela-cionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Re-gional Nº 004-2003-GR.LAMB/CR, modificado por Orde- nanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB/CR, prevé en su Artículo 12º, inciso 1., que es atribución del Consejo Re-gional de Lambayeque autorizar los viajes por comisión de servicios del Presidente Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), in fine, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aproba-dos mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la comi- sión de servicios del Dr. Yehude Simon Munaro, Presiden- te del Gobierno Regional Lambayeque, la misma que de-berá ser autorizada por el Consejo Regional conforme a las atribuciones que le corresponden conforme a ley;Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales, de conformidad con los con- siderandos expuestos, y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Ordina-ria de fecha 10.AGO.2004; SE ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR el viaje a la República Federativa del Brasil en comisión de servicio, del Presi-dente del Gobierno Regional Lambayeque, Dr. Yehude Si- mon Munaro, por los días 17 al 25 de septiembre del pre- sente año, de conformidad con los considerandos expues-tos; precisándose que sólo los gastos que demande el tras- lado del Presidente Regional a la Capital de la República y los gastos tributarios ordinarios por salida al exterior de lapresente comisión de servicios serán de cuenta del Go- bierno Regional de Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del pre- sente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 16754 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 017-2004-GRSM/CR Moyobamba, 12 de agosto de 2004 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Mar- tín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198ºde la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV Del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de laDescentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902, el Reglamento Interno del Consejo Regional del GobiernoRegional de San Martín y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 2º, Título I de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, el Go-bierno Regional emana de la voluntad popular, son perso- nas jurídicas de derecho público, con su autonomía políti- ca, económica y administrativa en asuntos de su compe-tencia, constituyendo, para su administración económica y financiamiento, un pliego presupuestario; Que, tal como lo dispone el inciso "a" del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar normas que regu-len o reglamenten los asuntos materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme lo dispone el inciso "c" del artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 y ratificado por el inciso "c" numeral 1 del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, escompetencia exclusiva del Gobierno Regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional confor- me a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y lasLeyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº