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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G37/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de setiembre de 2004 señalados en el inciso anterior, para lo cual, la Junta, con arreglo a la legislación vigente, continuará con el procesode conformación iniciado por los departamentos de Ama-zonas, Cajamarca y Lambayeque; asimismo, los departa- mentos de Piura, San Martín y Tumbes, evaluarán su parti- cipación en dicho proceso de conformación de Regiones. Artículo 3º.- Objetivos de la Junta Son objetivos generales de la Junta: a. La integración macrorregional de las áreas geoeco- nómicas de los ámbitos departamentales de Amazonas,Cajamarca, Lambayeque, Piura, San Martín y Tumbes, parael mejoramiento cualitativo, entre otros, en materia de via-lidad, de energía, de comercio e integración, de medioambiente y de construcción del capital humano y social necesario para su desarrollo; y, b. La incorporación de las cadenas productivas en el desarrollo de las actividades económicas que generen lasdistintas potencialidades de cada ámbito departamental,tanto en los mercados nacionales como internacionales. Artículo 4º.- Organización de la Junta La Junta, para el cumplimiento de su finalidad y el logro de sus objetivos, se organiza, con arreglo a los artículos 5ºy 6º de la Ley Nº 28274, a través de una Presidencia Cole-giada y de una Secretaría Técnica. La Junta establecerámediante Estatuto las normas para su funcionamiento. La Presidencia Colegiada tendrá las siguientes funcio- nes generales: a. Supervisar el cumplimiento de la finalidad de la Jun- ta; b. Determinar la prioridad de los proyectos y activida- des que ejecutará; c. Coordinar la ejecución de las acciones necesarias para materializar, a través de convenios, el financiamientode los proyectos y actividades, necesarios para el logro desus objetivos; y, d. Velar por la inclusión de las demandas adicionales que requiera el desarrollo de los proyectos y actividades, en los Planes Estratégicos de Desarrollo Regional Con-certados. La Secretaría Técnica, entre otras, tendrá la función de proponer y supervisar proyectos, planes y acciones a eje- cutarse. Artículo 5º.- Proyectos de Influencia Interregional La Junta para el cumplimiento de su finalidad prioriza- rá, entre otros, los proyectos de influencia interregional quese enuncian a continuación: a. Circuito Turístico del Norte y Oriente. b. Corredor Bioceánico del Norte y Oriente.c. Ejes Agroexportadores del Norte y Oriente.d. Eje Pesquero del Norte.e. Eje Vial Longitudinal de la Sierra Norte. f. Eje Vial Nº 1 - Vía de Evitamiento y Puente Tumbes. g. Explotación de Fosfatos de Bayovar.h. Gestión del Bosque Seco.i. Proyecto Binacional Puyango - Tumbes.j. Reforestación Sierra Verde. Quedan incorporados en el inciso b. del presente artí- culo, en lo que resulte pertinente, los actuados por "Juntade Coordinación Interregional del Corredor Bioceánico NorOriental" formalizada mediante la Resolución PresidencialNº 052-CND-P-2003. Artículo 6º.- Estatuto de la Junta La Junta aprobará su Estatuto en un plazo máximo de treinta (30) días calendario computados a partir de la vi-gencia de la presente Resolución. A solicitud escrita de laJunta, el Consejo Nacional de Descentralización elaboraráel Estatuto antes indicado. Artículo 7º.- Inscripción de la Junta La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Des- centralización, de conformidad con lo establecido por el ar-tículo 7º del Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM, quedaencargada de incorporar la presente Resolución en el Tomo I del Registro Nacional de Juntas de Coordinación Interre- gional, aperturado a la "Junta de Coordinación Interregio-nal del Corredor Bioceánico Nor Oriental", cuya denomina-ción a partir de la vigencia de la misma queda sustituidapor el de "Junta de Coordinación Interregional del Norte y Oriente". Artículo 8º.- Derogatoria Déjese sin efecto la Resolución Presidencial Nº 052- CND-P-2003 que formalizó la constitución de la "Junta deCoordinación Interregional del Corredor Bioceánico NorOriental", así como todas las normas que se opongan a lapresente Resolución. Artículo 9º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 16919 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 068-CND-P-2004 San Isidro, 15 de septiembre de 2004 VISTO: El Acta de Constitución de la Junta de Coordinación Interregional de la Macro Región Sur integrada por los Go-biernos Regionales de los departamentos de Arequipa,Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, el quinto párrafo del artículo 190º de la Constitu- ción Política del Perú modificado por la Ley Nº 27680, dis-pone que mientras dure el proceso de integración de los actuales departamentos, dos o más Gobiernos Regiona- les podrán crear mecanismos de coordinación entre sí, losmismos que serán determinados por ley; Que, el artículo 91º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que a iniciativa de losGobiernos Regionales o del Consejo Nacional de Descen- tralización, los Gobiernos Regionales pueden establecer, de común acuerdo, Juntas de Coordinación Interregionalcomo espacios de coordinación de proyectos, planes yacciones conjuntas, procurando el afianzamiento de corre-dores económicos y ejes de integración y desarrollo, conla finalidad de consolidar futuros espacios macrorregiona- les; Que, en ese contexto, el artículo 3º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación deRegiones, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM, establece que las Juntas de Coordinación In-terregional están integradas por dos o más Gobiernos Re- gionales y su objetivo es la gestión estratégica de integra- ción, para la conformación de Regiones sostenidas, y parala materialización de acuerdos de articulación macrorre-gional, mediante convenios de cooperación dirigidos a con-ducir los proyectos productivos y de servicios y alcanzarsu integración para la conformación de Regiones; Que, los Gobiernos Regionales de los departamentos de Arequipa, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna,reunidos el día 29 de agosto de 2004 en la ciudad de Tac-na, departamento de Tacna, han acordado mediante Acta,que debidamente suscrita fue entregada al Presidente delConsejo Nacional de Descentralización, la constitución de una Junta de Coordinación Interregional con la denomina- ción de "Junta de Coordinación Interregional de la MacroRegión Sur"; Que, conforme al procedimiento establecido por el artí- culo 4º de la Ley Nº 28274, los Gobiernos Regionales an-tes citados le han comunicado al Consejo Nacional de Des- centralización el acuerdo de constituirse en una Junta, a efecto que emita la Resolución Presidencial de reconoci-miento y proceda a la inscripción de la misma en el Regis-tro Nacional de Juntas de Coordinación Interregional a quese refiere el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Se- sión Ordinaria de fecha 13 de septiembre de 2004, en elmarco de las disposiciones establecidas en la ResoluciónPresidencial Nº 053-CND-P-2003, Reglamento del Conse-jo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización; y,