Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2004 (19/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 2004

zando sistemas de transporte publico. En el caso de Regiones ubicadas en la amazonia cuya sede propuesta para el Gobierno Regional no este integrada a la red vial nacional el tiempo MORDAZA de travesia se amplia a cuarenta y ocho (48) horas. - La poblacion total de la Region propuesta debe superar al tres por ciento (3%) de la poblacion nacional, segun cifras del ultimo censo o de proyecciones oficiales del INEI. En el caso de Regiones con frontera internacional, la exigencia poblacional podra reducirse en un cincuenta por ciento (50%), es decir, uno y medio por ciento (1.5%) de la poblacion nacional, siempre y cuando se demuestre la importancia estrategica de la Region propuesta, en funcion de la politica de desarrollo fronterizo que debera ser coordinada por quienes presenten el Expediente Tecnico con el Ministerio de Relaciones Exteriores. 2. Coherencia. Este factor evalua que el contenido del Expediente Tecnico guarde rigurosidad en la logica de su elaboracion, especialmente en lo que se refiere a la fundamentacion de la viabilidad. El Expediente Tecnico contendra un orden explicito y una secuencia logica entre sus partes, identificando claramente lo que corresponde al diagnostico, a la prospectiva y a las propuestas concretas. Se evaluara que este no incluya contradicciones que evidencien diferencias entre sus enunciados y entre estos y la propuesta. 3. Consistencia. Este factor evalua que el contenido del Expediente Tecnico se sustente en informacion base fehaciente y veraz, a cuyo efecto, la informacion estadistica y cartografica en la cual se fundamente la propuesta, y que se presentara en los anexos a que se refiere el numeral 4.1.D.V precedente, sera verificable, es decir, se precisaran las MORDAZA de origen de los datos y de los mapas. 4. Beneficios. Este factor evalua que el contenido del Expediente Tecnico acredite que la fusion potenciara e impulsara el desarrollo economico y social de la Region en su conjunto y de cada uno de los departamentos que la conformen. 5. Sostenibilidad. Este factor evalua que el contenido del Expediente Tecnico acredite el grado de confiabilidad de que la Region propuesta tendra permanencia en un horizonte de largo plazo. A tal efecto, se demostrara que: i. Las proyecciones y estrategias de desarrollo propuestas para el futuro no se encuentren amenazadas por cambios previsibles en las principales variables socio-economicas o por probables conflictos sociales que pudieran generarse como consecuencia del propio MORDAZA de integracion. En el caso de identificarse probables cambios o conflictos, el Expediente Tecnico incluira medidas de contingencia para enfrentarlas. ii. La capacidad de la Region para generar recursos financieros propios a mediano y largo plazo. 5. ROL DEL CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION El Consejo Nacional de Descentralizacion: 5.1 Absolvera consultas y prestara apoyo tecnico al MORDAZA de elaboracion de Expedientes Tecnicos. 5.2 Evaluara la admision a tramite de los Expedientes Tecnicos, notificando, de ser el caso, las observaciones a que MORDAZA lugar. 5.3 Emitira Informe aprobatorio o desaprobatorio sobre los Expedientes Tecnicos que se le presenten y que hayan sido previamente admitidos a tramite, notificando, de ser el caso, las observaciones a que MORDAZA lugar. 5.4 Dictara a traves del Despacho Presidencial las disposiciones que regulen, complementen y/o precisen las normas contenidas en la presente Directiva, asi como, resolvera las situaciones no reguladas ni previstas en la misma. 6. RESPONSABILIDADES Los actos u omisiones que impidan o entorpezcan el cumplimiento de las disposiciones de la presente Directiva, seran puestos en conocimiento, segun sea el caso, de la Contraloria General de la Republica y/o del Ministerio

Publico para la determinacion de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar. ANEXO I GLOSARIO DE TERMINOS 1. ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL: Comprende la ordenacion y la habilitacion fisica del territorio como expresion y resultado de la aplicacion de politicas economicas, sociales, y ambientales en cualquier sociedad. Es a la vez una disciplina cientifica, una tecnica administrativa y una politica concebida como una actuacion interdisciplinaria cuyo objetivo es el desarrollo equilibrado de las Regiones1 . 2. ANALISIS TERRITORIAL: Es el estudio de la distribucion y organizacion de un conjunto de elementos que son localizables geograficamente, entendiendose, como elementos en su forma mas extensa, a las edificaciones, relieve, los MORDAZA, las circunscripciones, las inversiones, las practicas sociales, entre otros. La aplicacion de metodos y tecnicas de caracter territorial permiten evaluar la organizacion de territorio y sus elementos en terminos geograficos, economicos y socio-culturales para lograr mayor operatividad en las relaciones y funciones que desarrollan los centros poblados y/o centros urbanos. De esta manera, se pretende lograr una estructura territorial estable y eficiente en la que MORDAZA un adecuado grado de especializacion, integracion y desarrollo2 . 3. CND: Consejo Nacional de Descentralizacion. 4. COMPETITIVIDAD: Es la capacidad publica y privada para alcanzar niveles de crecimiento economico en el tiempo y en un contexto de competencia globalizada. La Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el numeral 13) del articulo 8º, establece que el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestion estrategica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovacion, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores publico y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboracion entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de MORDAZA productivas y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo y corredores economicos, la ampliacion de mercados y la exportacion. 5. CONTIGUIDAD: Es la caracteristica determinada por los limites territoriales entre las circunscripciones, existiendo un solo limite de contacto entre dos circunscripciones territoriales colindantes. 6. CONTINUIDAD: Es la caracteristica determinada sobre la base de la proximidad de los ambitos territoriales de las circunscripciones politicas, no pudiendo existir ninguna de estas con ambitos separados. 7. DESCENTRALIZACION: Es la politica de Estado dirigida al establecimiento de entidades regionales o locales con autonomia politica, economica y administrativa. Consiste en la transferencia de competencias y funciones y la correspondiente facultad de decision en los aspectos politicos, economicos, y administrativos, del centro (capital de la republica) a la periferia (regiones, provincias y distritos), buscando un desarrollo homogeneo de las Regiones, orientado a superar las desigualdades y desequilibrios existentes en el pais. Dentro de este contexto, la descentralizacion es politica, cuando las entidades responsables tanto de la toma de decisiones como de su ejecucion, estan constituidas por autoridades elegidas por la poblacion (Gobiernos Regionales y Locales). Es economica, cuando la sede principal del agente economico y su actividad productiva y de servicios se ubica fuera del punto geografico central. Es administrativa, cuando las entidades publicas cuentan con personeria juridica propia y autonomia administrativa, economica y financiera. 8. DESCONCENTRACION: Es la decision del Gobierno Nacional de delegar funciones y atribuciones a los Gobiernos Locales y Regionales. 9. INTEGRACION: Es la caracteristica que describe al territorio de la Republica y las circunscripciones politico administrativas de acuerdo a su jerarquia como espacios que se integran economica, cultural, historica y socialmente, garantizando el desarrollo de la poblacion y el territorio. 10. IGN: Instituto Geografico Nacional. 11. INGEMMET: Instituto Geologico Minero y Metalurgico.

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Ver: Carta Europea de la Ordenacion del Territorio, 1983. Directiva Nº 001-2003-PCM/DNTDT, Diagnostico y Zonificacion para Fines de Demarcacion Territorial.

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